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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGALIDA

Núm. 4472
Notificación por caducidad del expediente.Exp. 12-2009

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por no haber podido ser efectuada la preceptiva notificación en el domicilio que consta en el expediente que se relaciona a continuación y que se tramita en el Departamento de Actividades de este Ayuntamiento, por el presente anuncio se notifica al Sr. Faustino Cortes López, la siguiente notificación:

“Que la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria de día 26 de noviembre de 2012, adoptó el acuerdo que a continuación se transcribe:

“EXAMEN Y ARCHIVO PROVISIONAL DEL EXPEDIENTE DE ACTIVIDAD 12/2009, INSTADO POR EL SR. FAUSTINO CORTES LÓPEZ, SOLICITANDO PERMISO DE INSTALACIÓN DE LA ACTIVIDAD PERMANENTE MENOR DE RESTAURANTE 1 TENEDOR SITUADO EN LA C/ JOSE TRIAS, 25 DE CAN PICAFORT.

Visto y examinado el expediente instruido a instancia del Sr. Faustino Cortés López, solicitando  permiso de instalación de la actividad permanente menor de restaurante 1 tenedor situado en la Avenida José Trias, 25 de Can Picafort.

Visto que en fecha  29 de abril de 2009 se notificó la necesidad de aportar la siguiente documentación:

- La dirección especificada en la instancia, José Trias, 25, no coincide con la referencia catastral especificada en el recibo de contribución aportado, José Trias, 29. Se tendrá que aclarar el emplazamiento en el cual se quiere ubicar la actividad solicitada.

- Ficha resumen visada por el Colegio Oficial correspondiente, adjuntando planos especificados en la misma según el anexo II título IV de la Ley 16/2006, de 17 de octubre.

- Autoliquidación”.

Dado que a día de hoy todavía no se ha complementado el expediente.

Visto el contenido del artículo  71 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas  y del  Procedimiento Administrativo Común, con su redacción conforme a la Ley 4/1999 de 13 de enero, por dejación del  interesado al no haber enmendado las deficiencias de documentación notificadas.

La Junta de Gobierno Local brevemente delibera y seguidamente por unanimidad acuerda:

PRIMERO. -Archivar el expediente de solicitud de transmisión de la licencia municipal de apertura y funcionamiento de la actividad de restaurante 1 tenedor, instruido a instancia del Sr. Faustino Cortés López, en conformidad con  el que dispone el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del  Procedimiento Administrativo Común, con su redacción conforme a la Ley 4/1999 de 13 de enero, por dejación del interesado por no haber completado el expediente.

SEGUNDO.-Notificarlo al promotor a los efectos oportunos”. 

Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa se podrá interponer potestativamente en reposición ante la Junta de gobierno Local. El plazo para interponer el recurso de reposición será de un mes, contado desde la fecha de su notificación de la presente resolución, y significándole que si interpone el recurso de reposición, no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por silencio.

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo y quedará expedita la vía contenciosa administrativa, y podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de seis meses contados desde el día siguiente a aquel en que se produce el acto presunto.

Contra la resolución del recurso de reposición, podrá interponer recurso ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición.

El recurso contencioso administrativo podrá ser interpuesto directamente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses contados desde el siguiente día al de la notificación de la presente resolución.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si lo creéis conveniente.

Por lo cual se notifica la presente por efectos oportunos.

Santa Margalida, 28 de noviembre de 2012

El Secretario

Joan Seguí Serra”.

 

Santa Margalida, 28 de febrero de 2013

 

El Regidor Delegado de Urbanismo

Antonio Reus Darder