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Boletín Oficial de las Illes Balears

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AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

Núm. 4435
Notificación expediente sancionador núm. 4/2012-OE

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Intentada la notificación en expediente núm. 000004/2012-OE a (datos personales ocultos). a CALLE LIBERTAD,   34   - 07150 ANDRATX (ILLES BALEARS) habiendo  resultado infructuosa la misma y en virtud de lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen JuriDio de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, por medio de la presente se procede a notificar lo siguiente:

A la Entidad A & Z NETWORK INVESTMENT AND CONSULTING TRUST, S.L.

NOTIFICACIÓN DECRETO NÚM. 212/2013

De acuerdo con lo que dispone el art. 192.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprovo el Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, le comunico que el Regidor de Urbanismo en fecha de hoy ha dictado la siguiente Resolución:

 

DECRETO 212/2012

DECRETO RESOLUCIÓN EXPEDIENTE POR INFRACCIÓN URBANÍSTICA

DECRETO DEL REGIDOR DE URBANISMO

Vista la propuesta de resolución emitida por la Instructora de los expedientes de infracción urbanística, Sra. Francisca Frontera Carbonell de fecha 16/01/2012 y que dice así:

En relación con el expediente relativo a la orden de ejecución de obras de conservación del inmueble situado en Calle Libertad, 34- 07150 ANDRATX ( ISLAS BALEARES), emito el informe-propuesta de resolución siguiente, en base a los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

En fecha 17 de septiembre de 2012, los servicios técnicos competentes emitieron informe de comprobación.

Emitido el informe de comprobación por los servicios técnicos competentes en fecha 17 de septiembre de 2012, se emitió informe jurídico y en fecha 19 de septiembre de 2012, se dicto propuesta de orden de ejecución.

Intentada la notificación por correo de la propuesta de orden de ejecución a los interesados afectados la misma resulto infructuosa, por tanto se publico edicto en el BOIB número 173 de fecha 22 de noviembre de2012 y se publico en el tablón de edictos municipales por un plazo comprendido entre el día 15 de noviembre y día 4 de diciembre de 2012. Habiendo transcurrido el plazo para presentar alegaciones, sin que estas se haya realizado.

LEGISLACIÓN APLICABLE

La Legislación aplicable es la siguientes:

.- Los artículos 10 y siguientes de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de Disciplina Urbanística de las Islas Baleares.

.- El artículo 10 del Real Decreto 2187, de 23 de junio, por el cual se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística para el despliegue y aplicación sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.

.- La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Vistos los antecedentes, se considera que el expediente se ha tramitado de acuerdo con la Legislación aplicable y corresponde al Alcalde su resolución, de conformidad con aquello que establece el artículo 21.1 s) de la Ley de Bases del Régimen Local, no obstante tiene delegada esta competencia el Regidor delegado del Área de Urbanismo mediante Decreto de Alcaldía número 1253/2011 de fecha 14 de junio de 2011.

Por todo esto quien suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución:

PRIMERO.- Ordenar la ejecución en el inmueble propiedad de NETWORK INVESTMENT AND CONSULTING TRUST S.L. situado en CALLE LIBERTATD, 34 .- 07150 ANDRATX ( LSLAS BALEARES), de esta localidad, de las obras siguientes necesarias para conservar el inmueble en condiciones de seguridad, salubridad, ornato publico y  calidad ambiental, cultural y turística son:

1.-Demolición parcial de la misma (demolición de la fachada y elementos inestables una vez demolida la misma) para mantener la edificación en condiciones de seguridad, además de la ejecución del cerramiento del solar colindante, afectado por la demolición, según formativa vigente.

La adopción de esta propuesta de orden de ejecución de obras de conservación y de mejora, se justifica por los motivos  siguientes: La adopción por parte del órgano competente de la nueva orden de ejecución, según descripción anterior, se justifica por el riesgo inminente de desplome de la fachada lateral afectada por la demolición de la vivienda medianera.

CUARTO.- El coste  estimado de las obras necesarias a realizar en el inmueble es de 14.000,00€ .

QUINTO.- El plazo para la ejecución de las obras es de 48 horas.

SEXTO.- Se adoptaran las medidas cautelares siguientes:

Visto el peligro inminente de la caída de la fachada en que se encuentra actualmente la vivienda ( ver fotos adjuntas) se notifica la necesidad de ejectuar nuevas actuaciones de seguridad, consistentes en el precinto del tramo completo de la vía pública que podría estar afectada en caso de caída ( Estas actuaciones han de ser realizadas de forma caultelar por parte del Ayuntamiento, el día 14 de septiembre de 2012.

SÉPTIMO.- Notificar esta propuesta de orden de ejecución al propietario interesado  , con la advertencia de que en caso de incumplimiento injustificado de la orden de ejecución, la Administración actuante puede adoptar cualquier medida de ejecución forzosa.

No obstante, la Corporación acordará aquello que considere conveniente.

Visto el artículo 25 de la Ley 10/1990 y artículo 17 del Decreto 14/1994, y en virtud de la delegación otorgada por la Alcaldía mediante Decreto núm. 1253/2011, tengo a bien dictar lo siguiente:

DECRETO

PRIMERO.-  Ordenar la ejecución en el inmueble propiedad de NETWORK INVESTMENT AND CONSULTING TRUST S.L. situado en CALLE LIBERTATD, 34 .- 07150 ANDRATX ( LSLAS BALEARES), de esta localidad, de las obras siguientes necesarias para conservar el inmueble en condiciones de seguridad, salubridad, ornato publico y  calidad ambiental, cultural y turística son:

1.-Demolición parcial de la misma ( demolición de la fachada y elementos inestables una vez demolida la misma) para mantener la edificación en condiciones de seguridad, además de la ejecución del cerramiento del solar colindante, afectado por la demolición, según formativa vigente.

La adopción de esta propuesta de orden de ejecución de obras de conservación y de mejora, se justifica por los motivos  siguientes: La adopción por parte del órgano competente de la nueva orden de ejecución, según descripción anterior, se justifica por el riesgo inminente de desplome de la fachada lateral afectada por la demolición de la vivienda medianera.

CUARTO.- El coste  estimado de las obras necesarias a realizar en el inmueble es de 14.000,00€ .

QUINTO.- El plazo para la ejecución de las obras es de 48 horas.

SEXTO.- Se adoptaran las medidas cautelares siguientes:

Visto el peligro inminente de la caída de la fachada en que se encuentra actualmente la vivienda ( ver fotos adjuntas) se notifica la necesidad de ejectuar nuevas actuaciones de seguridad, consistentes en el precinto del tramo completo de la vía pública que podría estar afectada en caso de caída ( Estas actuaciones han de ser realizadas de forma caultelar por parte del Ayuntamiento, el día 14 de septiembre de 2012.

SÉPTIMO.- Notificar esta propuesta de orden de ejecución al propietario interesado  , con la advertencia de que en caso de incumplimiento injustificado de la orden de ejecución, la Administración actuante puede adoptar cualquier medida de ejecución forzosa.

La cual cosa se le comunica para su conocimiento y demás efectos, y se señala que contra la presente resolución se podrá interponer :

a)En el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción del presente notificación, recurso potestativo de reposición delante el mimo órgano. Transcurrido un mes desde la presentación del recurso sin que se haya resuelto expresamente y sin que se haya  notificado, s entenderá desestimado, y se podrá interponer recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente al de la desestimación presunta.

b)En el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la recepción de la presente notificación , recurso contencioso administrativo delante del Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, excepto en el caso que se haya interpuesto recurso potestativo de reposición, caso que se habrá de esperar a su resolución.

Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que considere procedente a derecho

 

Andratx a 29 de septiembre de 2012.

El Secretario “”

 

Andratx, a 26 de febrero de 2012

 

El Alcalde-Presidente,

Lorenzo Suau Simo