Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 9 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 4223
Juicio Verbal (desahucio precario) 0000213/2012 Sobre Otras Materias
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CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento de referencia se ha dictado la SENTENCIA, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO
ESTIMAR la demanda formulada por D. MIGUEL PEDRO SASTRE WIRSHING contra Dña. ANTONIA DÍAZ VARGAS, D. FRANCISCO JAVIER MANGANO JIMÉNEZ, D. RAMÓN CAMPOS SANTIAGO, Dña. MARíA COVASA, D. JUAN SALVADOR VALCANERAS ROCA, Dña. ESMERALDA PACHE LAGUNA, D. BARTOLOMÉ BALAGUER EGEA y OCUPANTES DESCONOCIDOS, declarando que los mismos ocupan la vivienda sita en Calle Camí de Can Soler nº 7, 9 y 11 de Palma en situación de precario, y condenándolos a desalojar dicho inmueble y a dejarlo libre, expedito y a disposición de la actora, bajo apercibimiento de lanzamiento en caso contrario.
Con imposición de las costas del procedimiento a los condenados.
Notifíquese a las partes esta sentencia, contra la que podrán interponer RECURSO DE APELACIÓN en ambos efectos dentro de los VEINTE DIAS siguientes a su notificación con arreglo a lo prevenido en el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000 de 7 de Enero y su Disposición Transitoria Segunda. El recurso de apelación no se admitirá si no se acredita una consignación de 50 euros en la Cuenta de Depósitos de este Juzgado.
Llévese testimonio literal de la presente a los autos de su razón y archívese la original en el Libro de Sentencias.
Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada que ha sido la anterior sentencia por el mismo Juez que la ha dictado en audiencia pública y en el día de la fecha. Doy fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de Dña. ANTONIA DÍAZ VARGAS, D. FRANCISCO JAVIER MANGANO JIMÉNEZ, D. RAMÓN CAMPOS SANTIAGO, Dña. MARíA COVASA, D. JUAN SALVADOR VALCANERAS ROCA, Dña. ESMERALDA PACHE LAGUNA, D. BARTOLOMÉ BALAGUER EGEA y OCUPANTES DESCONOCIDOS, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
PALMA DE MALLORCA a veintiocho de Febrero de dos mil trece.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICAL.