Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES
Núm. 4420
Resolución del director general de Planificación, Inspección e Infraestructuras Educativas de 5 de marzo de 2013 por la cual se convocan las pruebas de certificación de nivel de determinados idiomas para alumnos libres de las escuelas oficiales de idiomas de las Islas Baleares para el año 2013
El Real decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, por el cual se fijan los aspectos básicos del currículum de las enseñanzas de idiomas de régimen especial que regula la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 4, de 4 de enero de 2007, y suplemento en catalán del BOE núm. 2, de 11 de enero de 2007), establece, en el artículo 4, que las administraciones educativas tienen que organizar, como mínimo, una convocatoria anual de pruebas para obtener los certificados intermedio y avanzado de estas enseñanzas.
La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 8 de enero de 2008 (BOIB núm. 12, de 24 de enero) regula los aspectos generales de la organización de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en las Islas Baleares y, en el artículo 18, establece que la Consejería de Educación y Cultura tiene que regular la organización y los contenidos de las pruebas de certificación.
La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 14 de abril de 2009 por la cual se regula el proceso de admisión y de matriculación de los alumnos a las enseñanzas de régimen especial y a las enseñanzas de personas adultas en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 57 ext., de 20 de abril), en la sección II, regula el acceso a la modalidad de enseñanza libre de las escuelas oficiales de idiomas. El punto 1 del artículo 51 de esta Orden establece que el proceso para matricularse en las pruebas y para llevarlas a cabo se tiene que hacer de acuerdo con una resolución específica de la dirección general de la cual dependen este tipo de enseñanzas.
La Resolución del consejero de Educación y Cultura de 7 de junio de 2010 (BOIB núm. 95, de 24 de junio) autoriza la implantación en todas las escuelas oficiales de idiomas de las Islas Baleares de los niveles C1 y C2 del Consejo de Europa, según se definen estos niveles en el Marco Europeo Común de referencia para el aprendizaje, la enseñanza y la evaluación de lenguas.
Por todo esto, al amparo del artículo 16 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunitad Autónoma de las Islas Baleares, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Convocar las pruebas de certificación de los niveles básico, intermedio, avanzado, C1 y C2 de determinados idiomas autorizados en las escuelas oficiales de idiomas de las Islas Baleares dirigidas a alumnos libres (en adelante, pruebas libres) para el año 2013.
Segundo
Aprobar las bases que tienen que regir esta convocatoria, que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.
Tercero
Abrir el proceso de inscripción para las personas que quieran presentarse a la convocatoria de pruebas libres y establecer las zonas de influencia de las diferentes escuelas oficiales de idiomas, que figuran en el anexo 2.
Quart
Aprobar y publicar el calendario de las pruebas objeto de esta Resolución, que figura en el anexo 3.
Quinto
Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Sexto
Esta Resolución empezará a vigir el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 5 de marzo de 2013
El director general de Planificación, Inspección e Infraestructuras Educativas
Guillem Estarellas Valls
ANEXO 1
Bases de la convocatoria
1.Idiomas, niveles y lugares donde se tienen que llevar a cabo las pruebas
1.1 Se convocan las pruebas de certificación para alumnos libres en las convocatorias ordinaria y extraordinaria de los niveles, los idiomas y los centros que se detallan a continuación:
a) Alemán:
Nivel básico, nivel intermedio, nivel avanzado y nivel C1 en la Escuela Oficial de Idiomas (en adelante, EOI) de Palma, Maó y Ciutadella.
Nivel básico, nivel intermedio y nivel avanzado en las EOI de Inca, Manacor, Calvià, Ibiza, y en la extensión de Formentera.
b) Inglés:
Nivel básico, nivel intermedio, nivel avanzado, nivel C1 y nivel C2 en las EOI de Palma, Calvià, Manacor, e Inca.
Nivel básico, nivel intermedio, nivel avanzado y nivel C1 en las EOI de Maó, Ciutadella e Ibiza.
Nivel básico, nivel intermedio y nivel avanzado en la extensión de Formentera.
c) Árabe:
Nivel básico, nivel intermedio y nivel avanzado en la EOI de Palma.
d) Catalán:
nivel básico, nivel intermedio, nivel avanzado, nivel C1 y C2 en las EOI de Palma e Ibiza.
Nivel básico, nivel intermedio, nivel avanzado, nivel C1 y nivel C2 en la EOI de Maó.
Nivel básico, nivel intermedio, nivel avanzado y nivel C1 en la EOI de Calvià.
Nivel avanzado, nivel C1 y C2 en la EOI de Inca.
e) Español:
Nivel básico, nivel intermedio, nivel avanzado y nivel C1 en la EOI de Palma.
Nivel básico, nivel intermedio y nivel avanzado en la EOI de Ibiza.
f) Francés: nivel básico, nivel intermedio, nivel avanzado y nivel C1 en la EOI de Palma.
Nivel básico, nivel intermedio y nivel avanzado en las EOI de Ibiza, Maó, Manacor e Inca.
g) Italiano:
nivel básico, nivel intermedio y nivel avanzado en la EOI de Palma.
Nivel básico, nivel intermedio y nivel avanzado en la EOI de Ibiza.
Nivel básico y nivel intermedio en la extensión de Formentera. Nivel básico en la EOI de Manacor.
h) Ruso:
nivel básico, nivel intermedio y nivel avanzado en la EOI de Palma.
i) Chino:
nivel básico en la EOI de Palma
1.2. La inscripción da derecho a presentarse a la convocatoria ordinaria (meses de mayo y junio) y a la extraordinaria (mes de septiembre).
1.3.Tanto en la convocatoria ordinaria como en la extraordinaria, la prueba se tiene que hacer en la escuela oficial de idiomas solicitada en la inscripción. El traslado del expediente de los alumnos libres no se puede autorizar en ningún caso.
2. Fechas y lugar de inscripción
2.1.La inscripción a las pruebas se tiene que tramitar telemáticamente en el período comprendido entre los días 11 y 18 de marzo, ambos incluidos. El portal para inscribirse tiene que ser accesible desde la página web de cualquiera de las escuelas oficiales de idiomas (de Palma, Calvià, Manacor, Inca, Ibiza, Formentera, Maó y Ciutadella). También se podrá realizar la tramitación de la inscripción en los centros en el horario que establezca cada centro. Para que el proceso de inscripción se pueda considerar finalizado, se tiene que haber presentado la documentación y la justificación del pago a la escuela oficial de idiomas que corresponda. Cada centro tiene que establecer un horario de atención al público que garantice que las personas interesadas puedan informarse sobre el proceso de inscripción, hacer el trámite telemático y presentar la documentación.
2.2.La inscripción se tiene que hacer en la escuela oficial de idiomas que corresponda a la persona interesada de acuerdo con el área de influencia de cada centro y para cada idioma y nivel, de acuerdo con el que prevé el anexo 2 de esta Resolución.
3. Condiciones para inscribirse a las pruebas
3.1.Para presentarse a las pruebas se deben haber cumplido los dieciséis años o cumplirlos dentro del año natural en el que se hace la inscripción. También se pueden inscribir las personas que tengan catorce años o más para hacer la prueba de un idioma diferente del que cursan como primer idioma extranjero en la educación secundaria obligatoria.
3.2.Las personas que cumplen los requisitos se pueden inscribir para hacer la prueba libre del nivel o de los niveles que les interese de cualquiera de los idiomas que se imparten. Una misma persona se puede inscribir para hacer las pruebas libres de más de un idioma y de más de un nivel. No es necesario tener el certificado del nivel inferior para presentarse a las pruebas libres del nivel siguiente.
3.3. Los alumnos oficiales de las modalidades presencial o de educación a distancia que cursan los niveles básico 1 (o básico 1.1, básico 1.2), intermedio 1 o avanzado 1 se pueden inscribir a las pruebas libres de certificación del mismo idioma o de cualquier otro idioma como alumnos libres. Los alumnos oficiales de las modalidades presencial o de educación a distancia que cursan los niveles básico 2, intermedio 2, avanzado 2, C1 o C2 se pueden inscribir a las pruebas libres de certificación, para certificar niveles del mismo idioma o de cualquier otro idioma como alumnos libres, pero no a las del mismo nivel e idioma que cursan.
3.4. En todos los casos, las pruebas se tienen que hacer de acuerdo con el calendario oficial establecido. En ningún caso se permitirá hacer pruebas fuera de este calendario.
3.5. La imposibilidad de hacer la prueba o la concurrencia de las pruebas no dan derecho a la devolución de las tasas.
3.6. A las pruebas libres de certificación de los niveles básico, intermedio, avanzado, C1 y C2, se pueden inscribir todas las personas, independientemente de su nacionalidad o de su lengua materna, con estas excepciones:
-A las pruebas libres de español sólo se pueden inscribir las personas que tengan la nacionalidad de un país donde el español no sea la lengua oficial
-Los profesores de las escuelas oficiales de idiomas que hayan participado en el proceso de elaboración, pilotaje o validación de las pruebas de un idioma no pueden presentarse a las pruebas de aquel mismo idioma.
-Los profesores que prestan servicios en una escuela oficial de idiomas no pueden matricularse en su centro del idioma que imparten.
4. Documentación
4.1.Para formalizar la inscripción, las personas interesadas tienen que presentar el original y una fotocopia del DNI o del NIE en vigor. Si tienen un NIE provisional, tienen que adjuntar una copia del pasaporte en vigor. En ningún caso se permitirá otro documento para acreditar la identidad. Esta documentación no se requiere a las personas que ya son o han sido alumnos oficiales del centro donde se matriculan (antiguos alumnos).
4.2. Para poder considerar finalizado el proceso de inscripción, se tiene que haber aportado en el centro, dentro del plazo establecido, la documentación y la justificación del pago. No se tiene que aceptar ningún documento fuera de este plazo. Las personas que hagan el pago y/o presenten la documentación fuera de plazo no tienen derecho a la devolución de las tasas.
5. Zonas de influencia de cada centro
5.1.Dado que en las Islas Baleares hay varias escuelas oficiales de idiomas y varias extensiones en localidades diferentes de la sede central, hay que determinar las zonas de influencia de cada escuela para concretar donde se tienen que inscribir los alumnos para hacer las pruebas. La adscripción de los alumnos a cada una de las zonas de influencia se tiene que aplicar en los casos en que un mismo idioma y un mismo nivel se ofrezcan además de una escuela oficial de idiomas. Las zonas de influencia de cada centro figuran en el anexo 2 de esta Resolución.
5.2. La persona interesada se tiene que inscribir para hacer la prueba en el centro que le corresponde según el municipio de las Islas Baleares donde vive, trabaja o estudia.
5.3.Si en el centro que le corresponde según el municipio balear donde vive, trabaja o estudia no convocan pruebas del idioma o del nivel del cual se quiere examinar, se puede inscribir en otra escuela oficial de idiomas.
6. Fecha y lugar de las pruebas
6.1.Las pruebas de certificación de los niveles básico, intermedio, avanzado, C1 y C2 para alumnos libres, presenciales y a distancia tienen que tener lugar en las mismas fechas en todos los centros, tanto en la convocatoria ordinaria como en la extraordinaria.
6.2. Las fechas de las pruebas para el curso 2012-2013 son las que figuran en el anexo 3 de esta Resolución.
6.3.Para poderse presentar a las pruebas, los alumnos se tienen que identificar con el DNI o el NIE original. Si tienen un NIE provisional, tienen que adjuntar una copia del pasaporte en vigor. En ningún caso se permitirá acreditar la identidad mediante otro documento. Si no se pueden identificar en el momento de acceder a la prueba, quedarán excluidos.
7. Contenido de las pruebas
7.1.Las pruebas tienen como referencia los objetivos y los contenidos descritos en el Real decreto 1629/2006, de 29 de diciembre. En el anexo 1 de este Real decreto se fijan las enseñanzas mínimas de los niveles intermedio y avanzado.
7.2. Los objetivos y los contenidos del nivel básico son los que fija el Decreto 6/2010, de 22 de enero, de currículo de las enseñanzas del nivel básico de idiomas en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 16, de 2 de febrero).
7.3. Mientras no se publique el decreto de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares con el currículo de los niveles C1 y C2, los objetivos, los contenidos, la metodología y los criterios de evaluación de estos niveles para todas las lenguas que se imparten en las escuelas oficiales de idiomas de las Islas Baleares son los que figuran en el anexo de la Orden EDU/3377/2009, de 7 de diciembre, por la cual se establecen los currículos y las pruebas correspondientes a los cursos especializados para el perfeccionamiento de competencias en idiomas de los niveles C1 y C2 del Consejo de Europa impartidos en las escuelas oficiales de idiomas ceutís y melillenses.
8. Elaboración y descripción de las pruebas
8.1.Las pruebas se tienen que elaborar de acuerdo con las prescripciones de la Dirección General de Planificación, Inspección e Infraestructuras Educativas.
8.2.Las pruebas de certificación de los niveles básico, intermedio, avanzado, C1 y C2 de los diferentes idiomas autorizados son pruebas unificadas para todas las escuelas oficiales de idiomas de las Islas Baleares.
8.3. Las pruebas constan de actividades de comprensión oral, comprensión lectora, expresión escrita, expresión oral y uso de la lengua. En el nivel básico, el apartado de uso de la lengua está incluido dentro de la comprensión lectora. En este caso, la prueba consta de cuatro partes y no de cinco.
8.4. En el enlace http://www.caib.es/govern/organigrama/area.do?coduo=924793&lang=ca, se pueden consultar modelos de ejercicios y una descripción detallada del formato de las pruebas.
9. Calificaciones
9.1.Para tener derecho a la obtención de la calificación global final, hay que presentarse a todas las partes de la prueba.
9.2.Para obtener la calificación global de apto, hay que superar cada parte de la prueba con una puntuación mínima del 60 %, y la suma total de todas las partes tiene que superar el 60 %.
9.3. Los resultados de las pruebas se tienen que hacer públicos en el lugar donde se lleven a cabo y en la fecha fijada, y se tienen que indicar el procedimiento y el plazo para hacer reclamaciones.
10. Administración de las pruebas
10.1.La dirección de cada centro tiene que velar para que el proceso de administración y corrección de las pruebas se desarrolle correctamente.
10.2.Las pruebas de certificación de las escuelas oficiales de idiomas tienen que administrarlas y corregirlas los profesores de cada departamento.
10.3.Las pruebas de expresión oral y escrita tiene que administrarlas un profesor del departamento correspondiente. En los centros que dispongan de más de un profesor del departamento del idioma que se evalúa, hay que constituir tribunales examinadores.
10.4.En cualquier momento, los profesores responsables de administrar las pruebas pueden requerir a los alumnos que presenten los documentos identificativos (DNI o NIE).
11. Reclamaciones y recursos
11.1. Las reclamaciones, si hay, se tienen que presentar por escrito el mismo día en que se publique la calificación final de la prueba o durante los dos días lectivos siguientes.
11.2.La dirección del centro, a propuesta del departamento, tiene que resolver la reclamación y notificar la resolución a la persona interesada en un plazo máximo de tres días lectivos a contar desde el día siguiente de acabar el plazo para presentar reclamaciones.
11.3.Contra la resolución de la reclamación, la persona interesada puede interponer un recurso de altura ante la Dirección General de Planificación, Inspección e Infraestructuras Educativas en el plazo de un mes a partir del día siguiente de haber recibido la notificación.
12. Resolución de incidencias
LaDirección General de Planificación, Inspección e Infraestructuras Educativas llevará a cabo las actuaciones que estime oportunas para resolver las incidencias que puedan surgir en el proceso de inscripción y mientras se realicen las pruebas libres de las escuelas oficiales de idiomas de las Islas Baleares.
ANEXO 2
Zonas de influencia
Mallorca. Se establecen cuatro zonas de influencia:
a) EOI de Inca: para los municipios del partido judicial de Inca.
b) EOI de Manacor: para los municipios del partido judicial de Manacor.
c) EOI de Palma. Se considera centro de influencia para:
- Las personas que viven, trabajan o estudian en el partido judicial de Palma y que quieran inscribirse para hacer las pruebas de los idiomas y niveles convocados en el centro.
- Las personas que viven, trabajan o estudian en un municipio del partido judicial de Inca, Manacor o en los municipios de Calvià y Andratx, y que quieran inscribirse para hacer las pruebas de los idiomas y niveles no convocados en la EOI de estas localidades.
d) EOI de Calvià: zona de influencia para los municipios de Calvià y Andratx.
Menorca. Se establecen dos zonas de influencia:
a) EOI de Mahón. Se considera centro de influencia para:
- Las personas que viven, trabajan o estudian en cualquier municipio de la isla a excepción de Ciutadella y Ferreries, y que quieran inscribirse para hacer las pruebas de cualquiera de los idiomas y niveles que se convocan en la EOI de Maó.
- Las personas que viven, trabajan o estudian en los municipios de Ciutadella y Ferreries, y que quieran inscribirse para hacer las pruebas de los idiomas y niveles no convocados en la extensión de la EOI de Ciutadella. En este caso tendrán la opción de hacer la inscripción en la extensión de la EOI de Ciutadella.
b)Extensión de la EOI de Ciutadella. Las personas que viven, trabajan o estudian en los municipios de Ciutadella y Ferreries y que quieran inscribirse para hacer las pruebas de cualquiera de los idiomas y niveles que se convocan en la extensión de la EOI de Ciutadella.
Ibiza y Formentera. Se establecen dos zonas de influencia:
a) Sede central de la EOI de Ibiza:
- Para las personas que viven, trabajan o estudian en cualquier municipio de la isla de Ibiza y que quieran inscribirse para hacer las pruebas de cualquiera de los idiomas y niveles que se convocan.
- Para las personas que viven, trabajan o estudian en la isla de Formentera y que quieran inscribirse para hacer las pruebas de cualquiera de los idiomas y niveles que no se convocan en la extensión de Formentera. En este caso tendrán la opción de hacer la inscripción en la extensión de la EOI de Formentera.
b) Extensión de la EOI de Formentera:
- Para las personas que viven, trabajan o estudian en la isla de Formentera, y que quieran inscribirse para hacer las pruebas de cualquiera de los idiomas y niveles que se convocan.
ANEXO 3
Calendario de las pruebas
Las pruebas libres de los diferentes idiomas que se tienen que realizar en las escuelas oficiales de idiomas de Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera en 2013 se tienen que hacer de acuerdo con el calendario siguiente:
CONVOCATORIA ORDINARIA. MAYO- JUNIO 2013
Las pruebas orales de la convocatoria ordinaria se realizarán entre el 20 de mayo y el 26 de junio de 2013 de las 9.00 a las 21.00 horas, en función de la disponibilidad de profesorado y de aulas de cada escuela. Las fechas de las pruebas orales se harán públicas no más tarde del 3 de mayo de 2013.
• Alemán:
-Certificado de Nivel Básico: prueba escrita día 27 de mayo, 16.00 horas.
-Certificado de Nivel Intermedio: prueba escrita día 3 de junio, 16.00 horas.
-Certificado de Nivel Avanzado: prueba escrita día 13 de junio, 16.00 horas.
-Certificado de C1: prueba escrita día 27 de mayo, 16.00 horas.
• Anglès:
-Certificado de Nivel Básico: prueba escrita día 24 de mayo, 17.00 horas.
-Certificado de Nivel Intermedio: prueba escrita día 23 de mayo, 16.00 horas.
-Certificado de Nivel Avanzado: prueba escrita día 22 de mayo, 16.00 horas.
-Certificado de C1: prueba escrita día 21 de mayo, 16.00 horas.
-Certificado de C2: prueba escrita día 20 de mayo, 16.00 horas.
• Árabe:
-Certificado de Nivel Básico: prueba escrita día 28 de mayo, 09.00 horas.
-Certificado de Nivel Intermedio: prueba escrita día 7 de junio, 09.00 horas.
-Certificado de Nivel Avanzado: prueba escrita día 11 de junio, 09.00 horas.
• Català:
-Certificado de Nivel Básico: prueba escrita día 20 de mayo, 17.00 horas.
-Certificado de Nivel Intermedio: prueba escrita día 31 de mayo, 16.00 horas.
-Certificado de Nivel Avanzado: prueba escrita día 12 de junio, 16.00 horas.
-Certificado de C1: prueba escrita día 24 de mayo, 16.00 horas.
-Certificado de C2: prueba escrita día 14 de junio, 16.00 horas.
• Español:
-Certificado de Nivel Básico: prueba escrita día 29 de mayo, 16.00 horas.
-Certificado de Nivel Intermedio: prueba escrita día 18 de junio, 16.00 horas.
-Certificado de Nivel Avanzado: prueba escrita día 29 de mayo, 16.00 horas.
• Francés:
-Certificado de Nivel Básico: prueba escrita día 28 de mayo, 16.00 horas.
-Certificado de Nivel Intermedio: prueba escrita día 10 de junio, 16.00 horas.
-Certificado de Nivel Avanzado: prueba escrita día 17 de junio, 16.00 horas.
-Certificado de C1: prueba escrita día 19 de junio, 16.00 horas.
• Italiano:
-Certificado de Nivel Básico: prueba escrita día 30 de mayo, 16.00 horas.
-Certificado de Nivel Intermedio: prueba escrita día 11 de junio, 16.00 horas.
-Certificado de Nivel Avanzado: prueba escrita día 30 de mayo, 16.00 horas.
• Ruso:
-Certificado de Nivel Básico: prueba escrita día 29 de mayo, 09.00 horas.
-Certificado de Nivel Intermedio: prueba escrita día 10 de junio, 09.00 horas.
-Certificado de Nivel Avanzado: prueba escrita día 13 de junio, 09.00 horas.
• Chino:
- Certificado de Nivel Básico: prueba escrita día 18 de junio, 16.00 horas.
CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA. SEPTIEMBRE 2013.
Las pruebas orales de la convocatoria extraordinaria se realizarán entre el 2 y el 27 de septiembre de 2013 de las 9.00 a las 21.00 horas, en función de la disponibilidad de profesorado y de aulas de cada escuela. Las fechas de las pruebas orales se harán públicas no más tarde del 15 de julio de 2013.
• Alemán:
-Certificado de Nivel Básico: prueba escrita día 5 de septiembre, 18.00 horas.
-Certificado de Nivel Intermedio: prueba escrita día 13 de septiembre, 16.00 horas.
-Certificado de Nivel Avanzado: prueba escrita día 5 de septiembre, 16.00 horas.
-Certificado de C1: prueba escrita día 13 de septiembre, 16.00 horas.
• Inglés:
-Certificado de Nivel Básico: prueba escrita día 3 de septiembre, 16.00 horas.
-Certificado de Nivel Intermedio: prueba escrita día 11 de septiembre, 16.00 horas.
-Certificado de Nivel Avanzado: prueba escrita día 17 de septiembre, 16.00 horas.
-Certificado de C1: prueba escrita día 19 de septiembre, 16.00 horas.
-Certificado de C2: prueba escrita día 12 de septiembre, 16.00 horas.
• Árabe:
-Certificado de Nivel Básico: prueba escrita día 3 de septiembre, 18.00 horas.
-Certificado de Nivel Intermedio: prueba escrita día 2 de septiembre, 16.00 horas.
-Certificado de Nivel Avanzado: prueba escrita día 2 de septiembre, 16.00 horas.
• Catalán:
-Certificado de Nivel Básico: prueba escrita día 6 de septiembre, 16.00 horas.
-Certificado de Nivel Intermedio: prueba escrita día 2 de septiembre, 16.00 horas.
-Certificado de Nivel Avanzado: prueba escrita día 10 de septiembre, 16.00 horas.
-Certificado de C1: prueba escrita día 3 de septiembre, 16.00 horas.
-Certificado de C2: prueba escrita día 4 de septiembre, 16.00 horas.
• Español:
-Certificado de Nivel Básico: prueba escrita día 6 de septiembre, 18.00 horas.
-Certificado de Nivel Intermedio: prueba escrita día 16 de septiembre, 16.00 horas.
-Certificado de Nivel Avanzado: prueba escrita día 10 de septiembre, 16.00 horas.
• Francés:
-Certificado de Nivel Básico: prueba escrita día 6 de septiembre, 16.00 horas.
-Certificado de Nivel Intermedio: prueba escrita día 2 de septiembre, 16.00 horas.
-Certificado de Nivel Avanzado: prueba escrita día 4 de septiembre, 16.00 horas.
-Certificado de C1: prueba escrita día 16 de septiembre, 16.00 horas.
• Italiano:
-Certificado de Nivel Básico: prueba escrita día 3 de septiembre, 18.00 horas.
-Certificado de Nivel Intermedio: prueba escrita día 2 de septiembre, 16.00 horas.
-Certificado de Nivel Avanzado: prueba escrita día 2 de septiembre, 16.00 horas.
• Ruso:
-Certificado de Nivel Básico: prueba escrita día 2 de septiembre, 16.00 horas.
-Certificado de Nivel Intermedio: prueba escrita día 2 de septiembre, 16.00 horas.
-Certificado de Nivel Avanzado: prueba escrita día 4 de septiembre, 16.00 horas.
• Chino:
-Certificado de Nivel Básico: prueba escrita día 2 de septiembre, 18.00 horas.