Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 8 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 2324
Juicio de Faltas 828/2012
D/Dª. JESUS MACEIN RODERO, Secretario de JDO. INSTRUCCION N. 8 de PALMA DE MALLORCA.
POR EL PRESENTE HAGO CONSTAR: Que en los autos de JUICIO DE FALTAS nº 0000828 /2012 ha recaído sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
“En Palma, a treinta de enero de dos mil trece
Vistos por mi, D. TOMÁS MÉNDEZ LÓPEZ, Magistrado-Juez de Refuerzo del Juzgado de Instrucción nº 8 de los de Palma y su partido, los autos del JUICIO DE FALTAS nº 828/2012, incoados por una presunta falta de LESIONES POR IMPRUDENCIA, siendo denunciante, FRANCISCA LLINÁS MOREY, asistida del letrado D. Ricardo González Zayas, y denunciada, LIDIA ESTER CORTÉS SÁNCHEZ, y la entidad aseguradora ALLIANZ como responsable civil directa, defendida por la letrada Dña. Maciana Salvà Hernández; ha recaído la siguiente resolución
FALLO: Debo ABSOLVER y ABSUELVO a LIDIA ESTER CORTÉS SÁNCHEZ de los pedimentos en su contra dirigidos, declarando de oficio las costas del presente procedimiento, y dejando abierto el derecho de la parte denunciante de acudir a la vía civil correspondiente.
Contra la presente resolución cabe recurso de apelación a interponer en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y que se formalizará conforme a lo dispuesto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Y para que así conste, sirva de notificación a LIDIA ESTER CORTÉS SÁNCHEZ y su publicación en el B.O.I.B., extiendo y firmo el presente testimonio en PALMA DE MALLORCA, a treinta de Enero de dos mil trece.
EL/LA SECRETARIO JUDICIAL