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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 4250
Bases que han de regir la concesión de las ayudas para la convocatoria de becas de estudios para estudiantes universitarios de Formentera, curso 2012-2013

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Texto

La Comisión de Gobierno Insular de Formentera, en sesión de 22 de febrer de 2013, aprobó las bases que seguidamente se transcriben

BASES QUE HA DE REGIR LA CONCESIÓN DE LAS AYUDAS PARA LA CONVOCATORIA DE BECAS DE ESTUDIOS PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS DE FORMENTERA, CURSO 2012–2013.

1.- Justificación.

Atendida la importancia del estudio en la formación de las personas y atendiendo el elevado coste que tienen para las familias de la isla de Formentera los estudios de sus hijos e hijas, teniendo en cuenta el importante gasto en matrícula y materiales, y atendiendo asimismo que Formentera no tiene una oferta universitaria y, por tanto hay un gran numero de personas que cursan sus estudios fuera de la isla, es por eso que el Consell Insular de Formentera quiere poner en marcha una línea de ayudas para fomentar los estudios de los estudiantes de Formentera.

Esta convocatoria quiere contribuir a hacer que, por un lado, los y las nuestros estudiantes puedan enriquecer su curriculum educativo y, por otro lado, que se puedan garantizar las condiciones de igualdad en el ejercicio del derecho a la educación por tal que todos los y las estudiantes disfruten de las mismas oportunidades cursando estudios universitarios fuera de la isla, con título de carácter oficial y con validez oficial en todo el Estado español.

2.- Objeto.

Es objeto de esta convocatoria la concesión de becas, para el curso académico 2012–2013 a las personas, con domicilio familiar en la isla de Formentera, que cursen estudios universitarios presénciales en centros públicos, con titulo de carácter oficial y con validez en todo el Estado español.

3.- Dotación económica.

El importe que se destina a esta convocatoria es de ocho mil setecientos cincuenta euros (8.750,00 euros), a cargo de la partida 334.48000 de los presupuestos correspondientes al ejercicio 2013. La cuantía de las becas convocadas será de 1.250€ (mil doscientos cincuenta euros) cada una.

4.- Personas beneficiarias.

Únicamente pueden ser beneficiarios de esta convocatoria los estudiantes con domicilio familiar en la isla de Formentera que se hayan matriculado, durante el curso 2012–2013, de los estudios previstos en la base segunda tanto si son matrículas anuales como si son cuatrimestrales.

En ningún caso podrán obtener beca:

a) Los/Las estudiantes que, en formalizar la matrícula, no lleguen al 80% del número entero que resulte de dividir el total de asignaturas o créditos de que conste el plan de estudios entre el número de años que lo componen. Las asignaturas o créditos convalidados y adaptados no se tendrán en cuenta a ningún efecto.

b) Las personas que incurran en algunos de los supuestos de exclusión previstos en la cláusula décima de estas bases.

c) Aquellas personas en que concurra alguna de las causas previstas en el artículo 9 del decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, texto refundido de la ley de subvenciones de las Illes Balears, y el articulo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

5.- Régimen jurídico y justificación.

La concesión de la subvención se llevará a cabo mediante el régimen de concurrencia competitiva.

Esta convocatoria se rige por las presentes bases, por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de 12 diciembre, que aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones y por la Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, en aquello que sea de aplicación.

En el marco de aquello que prevé el artículo 39.7 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, la justificación de estas ayudas se produce por el hecho de reunir los requisitos para ser beneficiario.

Las becas concedidas en esta convocatoria serán incompatibles con otras becas concedidas por el mismo concepto por otras administraciones u otras entidades públicas o privadas. No obstante esto, serán compatibles con las ayudas destinadas a sufragar gastos por desplazamiento desde la isla de Formentera hasta la localidad de estudio.

En el caso que se conceda la beca objeto de esta convocatoria, la persona beneficiaria deberá presentar una declaración jurada (Anexo II de esta convocatoria) en que conste que no ha recibido ninguna otra por el mismo concepto o, por el contrario, si prefiere obtener alguna de otra institución o entidad, deberá renunciar a la beca que le haya concedido el Consell Insular de Formentera, mediante escrito dirigido a este.

6.- Documentación a presentar con la solicitud.

Las solicitudes deberán formularse en el impreso que se facilitará por el Consell Insular de Formentera en la oficina de atención al Ciudadano O.A.C, y en la página web www.consellinsulardeformentera.cat. Para poder optar a la beca, juntamente con el citado impreso, se deberá de acompañar la siguiente documentación original o copia compulsada:

Documentación Obligatoria:

1.- Presentar cumplimentado el impreso normalizado (Anexo V) con los datos pertinentes de todas las personas que conviven en el mismo domicilio. En este impreso se indica la posibilidad de dar autorización al Consell Insular de Formentera para acceder a la información fiscal, si esta no se concede, se debera presentar certificado de ingresos expedido por la agencia tributaria de todas las personas que conviven en el mismo domicilio i que sean mayores de 16 años. Respecto a la presentación de este certificado de ingresos, será expedido por la agencia estatal de la administración tributaria validado: por el banco, agencia tributaria, confirmación validada por Internet.

2.- Certificación académica de las notas del último curso realizado por la persona solicitante.

3.- Certificación de matrícula del curso académico en que se encuentra, expedida por la secretaria del centro.

4.- Plan de estudios.

5.- Fotocopia del DNI. En el caso de alumno extranjero: fotocopia del pasaporte juntamente con el NIE, o tarjeta de residencia. En el caso que el DNI no figure la localidad del domicilio el municipio de Formentera, certificado de convivencia que acredite la vecindad administrativa de la persona solicitante y el numero de personas.

6.- Declaración responsable de la persona solicitante de no estar sometida a ninguna causa de responsabilidad o prohibición de obtener ayudas o subvenciones, de acuerdo con el articulo 9 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, y el articulo 13 de la nombrada Ley 38/2003 (incluida en la redacción del Anexo I).

7.- Declaración responsable en relación con la solicitud de beca a otra administración o entidad pública o privada (Anexo II)

8.- Además, el/la cabeza de familia deberá de presentar una declaración jurada (Anexo III de esta convocatoria) de todos los miembros que conviven en el domicilio familiar, en la cual consten el nombre y los apellidos de cada uno de los miembros, la edad y el número de documento nacional de identidad si lo tienen (lo tendrá que firmar el/la cabeza de familia)

9.- Impreso de solicitud de transferencia bancaria del Consell Insular de Formentera. El/la solicitante tiene que figurar necesariamente como titular o cotitular de la cuenta bancaria.

Documentación Opcional:

1.- Matrícula de los hermanos o hermanas que también estudien fuera de Formentera, al efecto de poder puntuar según los baremos que se detallan en esta convocatoria (base novena, 1º b), si es el caso.

2.- En el caso de situaciones de riesgo, la documentación que lo acredite.

7.- Plazo y lugar de presentación de solicitudes.

1.- El plazo de presentación de solicitudes se iniciara el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOIB, hasta el 30 de abril de 2013.

Las solicitudes y la información complementaria para obtener la beca regulada en esta convocatoria podrán presentarse:

- En el Registro General del Consell Insular de Formentera, Oficina de Atención al Ciudadano O.A.C

- Así mismo, se podrá emplear cualquiera de los medios previstos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC).

8.- Enmienda de la solicitud.

Dentro del plazo de 30 días, contados desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el Consell dará a conocer, mediante la publicación en el tablón de anuncios del Consell, una lista donde se requerirá a las personas interesadas para que en el plazo de 10 días, si la solicitud y/o la documentación tiene algún defecto, la enmienden de acuerdo con lo que dispone el art. 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), y se les advertirá que, en el caso de no hacerlo, se considerará desestimada su petición.

También se hará publicidad de estos requerimientos en la pagina web www.consellinsulardeformentera.cat.

9.- Criterios que han de servir de base a la concesión de las subvenciones.

Para la obtención de puntos con el criterio de renta de la unidad familiar, la Administración (Anexo V) ha de solicitar de la agencia estatal de la Administración Tributaria el certificado de la declaración anual del IRPF correspondiente al ejercicio 2011 a los efectos pertinentes. En el caso de que la persona interesada exprese su negativa para esta consulta, ha de presentar certificado o los certificados de la Agencia estatal de la Administración Tributaria donde se haga constar la casilla 455 de la declaración del IRPF del ejercicio 2011. A efectos de baremación, se ha de tener en cuenta el salarió mínimo interprofesional del 2011.

Criterios que deben servir de base a la concesión de las subvenciones Se tendrán en cuenta a la hora de valorar las peticiones los siguientes criterios o valoraciones:

1º.- La situación económica familiar:

a) Renta anual de la unidad familiar:

1.- Renta anual familiar por cápita inferior o igual a 8.979,60€. 20 puntos

2.- Renta anual familiar por cápita inferior o igual a 17.959,20€. 10 puntos

3.- Renta anual familiar por cápita inferior o igual a 26.938,80€. 5 puntos

b) Número de hermanos del solicitante que realicen sus estudios fuera de Formentera:

1.- Tres o más estudiantes 10 puntos

2.- Dos estudiantes 8 puntos

3.- Un estudiante 6 puntos

c) Situaciones familiares con necesidades especiales o de riesgo (siempre que estas necesidades sean comprobables y las hayan demostrado documentalmente los interesados) Se podrá otorgar hasta un máximo de 6 puntos. A los efectos de este apartado, se entiende por situaciones de riesgo los siguientes:

1.- Variaciones socioeconómicas evidentes entre el año fiscal anterior y el actual (si el estudiante acontece huérfano / huérfana, si algún miembro de la unidad familiar acontece viudo / viuda o padece algún tipo de discapacidad temporal o enfermedad de larga duración): 2 puntos

2.- Cabeza de familia con discapacidad 2 puntos

3.- Cónyuge del cabeza de familia con discapacidad 2 puntos

4.- Hermano/a con discapacidad 2 puntos

5.- Estudiante con discapacidad física o sensorial 2 puntos

2º.- Nota media del último curso realizado:

1.- Matrícula de honor (10), que se valorará como 10: 20 puntos

2.- Excelente (de 9 a 9,99), que se valorará como 9: 15 puntos

3.- Notable (de 7 a 8,99), que se valorará como 7: 10 puntos

4.- Bien (de 6 a 6,99), que se valorará como 6: 5 puntos

5.- Aprobado (de 5 a 5,99), que se valorará como 5: 2 puntos

[Cualquier calificación entre 0 i 4,99 se considerará como suspenso]

Las asignaturas a las cuales el solicitante no se haya matriculado o presentado se considerarán como una asignatura más y se baremarán, para la nota media, como una asignatura suspendida.

Atendiendo a lo anterior y de acuerdo con la puntuación que resulte tras la valoración de las peticiones, se formularan las propuestas correspondientes.

En caso de empate en el número obtenido en la puntuación total y no habiendo consignación suficiente para todas las solicitudes, se dirimirán los empates haciendo prevalecer los expedientes académicos.

10.- Circunstancias en las que no se baremarán las solicitudes de beca.

Son causas de exclusión y no se baremarán aquellas solicitudes en las qué concurra cualquiera de estos supuestos:

1.- Casos en los que la renta de la unidad familiar sea superior a los 26.938,80€.

2.- Cursos con nota media de suspenso.

3.- Solicitudes que no aporten toda la documentación requerida, una vez cumplido el trámite previsto en la base octava de esta convocatoria.

11.- Casos especiales.

Las solicitudes de casos especiales no previstos en estas bases serán objeto de resolución puntual por parte de la Comisión de Gobierno, a propuesta de la consejería encargada de la instrucción.

12.- Instrucción.

El órgano instructor del procedimiento es el área de Cultura i Patrimonio del Consell, que debe llevar a término las actuaciones necesarias para la determinación, el conocimiento y la comprobación de los datos en virtud de los cuales se debe dictar resolución, en el marco del artículo 16 Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.

En concreto, corresponde al órgano instructor:

1. Determinar las personas admitidas a la convocatoria.

2. Resolver las dudas de interpretación que puedan surgir en relación a las bases reguladoras de la subvención y la convocatoria.

3. Solicitar el informe propuesta de la Comisión Evaluadora.

4. Solicitar los informes que sean necesarios para elaborar la propuesta de resolución.

5. Requerir los documentos complementarios que se consideren necesarios para tener conocimiento de las circunstancias peculiares de cada caso, al efecto de garantizar la inversión correcta de los recursos presupuestarios destinados a las ayudas.

13.- Comisión Evaluadora resolución y publicidad.

Se constituye una Comisión Evaluadora, que debe ejercer las funciones siguientes:

a) Evaluar y calificar las solicitudes de acuerdo con los criterios y los requisitos establecidos en esta convocatoria.

b) Formular informe propuesta de concesión de las ayudas, debidamente motivada, que debe servir de base para elaborar la resolución.

La composición de esta Comisión Evaluadora será la siguiente:

a) President/a: consejero/a de Cultura y Patrimonio del Consell Insular de Formentera.

b) Secretaria: la secretaria del Consell o persona a quien delegue.

c) Vocales: se designarán 3 vocales relacionados con el mundo educativo y cultural de la isla de Formentera.

14.- Resolución.

Con fundamento en el informe propuesta de la Comisión Evaluadora, corresponde a la Comisión de Gobierno, como órgano competente, la resolución de concesión y denegación de las ayudas, que expresará la lista de personas beneficiarias propuestas para el otorgamiento de subvención y su cuantía, así como de las solicitudes excluidas, con indicación de la causa de exclusión.

La resolución de las becas de estudio se hará pública en el tablón de anuncios de la corporación, a los efectos previstos en el art. 59,6 b de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, y de conformidad con el art. 34, 2c del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.

También se hará publicidad de la resolución de concesión de becas de estudios en la página web www.consellinsulardeformentera.cat.

15.- Recursos.

La resolución de concesión de las ayudas por desplazamiento agota la vía administrativa y se podrá interponer recurso de reposición delante la Comisión de Gobierno del Consell Insular.

16.- Pago.

Las ayudas que otorgue el Consell Insular se harán efectivas mediante transferencia bancaria.

17.- Compatibilidad.

Estas ayudas serán compatibles con otras que se puedan recibir de otras administraciones o entidades, públicas o privadas, pero no por el mismo concepto.

18.- Verificación y control.

Las personas beneficiarias de las ayudas quedarán en general sometidas al régimen de obligaciones, intervenciones y sanciones que establecen la Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones y otra normativa que sea de aplicación.

Son obligaciones de las personas beneficiarias, las estipuladas en el articulo 11 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, y concretamente:

1. Someterse a las actuaciones de comprobación de la entidad que concede la ayuda y las de control financiero.

2. Acreditar la realización de la actividad al Consell Insular así como el cumplimiento de los requisitos y las condiciones que determinen la concesión de la ayuda.

3. Cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para conceder la ayuda podrá dar lugar a la modificación de la resolución de la concesión. El importe de la ayuda otorgada por el Consell en ningún caso no podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas procedentes de cualquier administración o ente publico o privado, supere el coste de la actividad a realizar por la persona beneficiaria.

El incumplimiento de estas obligaciones por parte de las personas beneficiarias, o la alteración sustancial de las condiciones determinantes del otorgamiento de la ayuda o la concurrencia de las causas de reintegro previstas en el articulo 44 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la ley de subvenciones y en el artículo 37 de la ley 38/2003, podrá dar lugar al reintegro de la subvención.

19.- Publicación.

Estas bases se publicarán en el BOIB y entrarán en vigor al día siguiente de su publicación.

 

 

Anexo I

Modelo de solicitud

CONVOCATÒRIA DE BECAS DE ESTUDIOS PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS DE FORMENTERA, PARA EL CURSO 2012 – 2013.

 

APELLIDOS Y NOMBRE:

DNI/NIE :

DIRECCIÓN ELECTRÓNICA:

TLF. MOVIL:

DIRECCIÓN FAMILIAR:

Nº:

LOCALIDAD:

C POSTAL:

 

ESTUDIOS QUE REALIZAIS:

CURSO:

UNIVERSIDAD:

DOMICILIO DEL CENTRO:

NUMERO DE ASIGNATURAS O CRÉDITOS DE LOS QUÈ OS HABEIS MATRICULADO:

DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA

(  ) Fotocopia del DNI

(  ) En el caso de alumno estrangero: fotocopia del pasaporte juntamente con el NIE, o targeta de residencia

(  ) En caso que el DNI no figure con la localidad del domicilio el municipio de Formentera, certificado de convivencia que acredite la vecindad administrativa de la persona solicitante y el número de persones

(  ) Compulsa / Original Certificacion academica de las notas del último curso realitzado por la persona solicitante

(  ) Compulsa / Original Certificacion de la matrícula del curso que hace referencia la convocatoria expedida por la secretaria del centro

(  ) Impreso de solicitud de transferencia bancaria del Consell Insular. La persona solicitante ha de figurar necesariament como titular o cotitular de la cuenta bancaria (Anexo IV)

(  ) Declaracion responsable en relacion a la solicitud de beca con otra administracion o entidad pública o privada (Anexo II)

(  ) Compulsa / Original Plan de Estudios

(  ) Declaracion jurada del o la cabeza de família de todos los miembros que conviven en el domicilio (Anexo III)

(  ) Compulsa / Original Certificado de ingresos expedido por la Agencia Estatal de la administración tributaria, o (Anexo V)

(  ) Fotocopia del DNI

(  ) En el caso de alumno estrangero: fotocopia del pasaporte juntamente con el NIE, o targeta de residència.

DOCUMENTACIÓ OPCIONAL

(  ) Compulsa / Original Matrícula de los hermanos/as que tambien estudien fuera de Formentera

(  ) Compulsa / Original En caso de situaciones familiares con necesidades especiales o de riesgo, la documentación que lo demuestre

  • Declaro que los datos anteriores son ciertos y que CONOZCO y acepto las bases de esta convocatoria.
  • Declaro que tengo conocimiento que la ocultación de cualquier información sobre los requisitos dará lugar a la denegación de la ayuda solicitada.
  • Declaro que estoy al corriente de las obligaciones tributarias con el Consell, Comunidad autónoma y Administración del Estado, así como de las obligaciones con la seguridad social.
  • Declaro que tengo conocimiento que el falseo de la declaración responsable que se adjunta como Anexo II supondrá la obligación de reintegrar la ayuda obtenida y la pérdida del derecho a obtener esta ayuda en las convocatorias de los años académicos 2012 – 2013 y 2013 – 2014.
  • Declaro que no incurro en ninguna de las causas de incompatibilidades o prohibición para obtener subvenciones que figuren en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18 de noviembre de 2003).
  • Autorizo al Consell Insular a acceder a la información fiscal de la persona o persones interesadas. (anexo V)

________________________, ________ d ________________ de 20____

Firma

A LA PRESIDÈNCIA DEL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA

 

Anexo II

Modelo de declaración responsable

CONVOCATORIA DE BECAS DE ESTUDIOS PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS DE FORMENTERA, PARA EL CURSO 2012–2013.

 

APELLIDOS Y NOMBRE:

 

DNI/NIE :

 

INFORMO

(  ) Que, además de ésta, no he solicitado ninguna otra ayuda del Ministerio de Educación, Política Social y Deportes, de la Comunidad Autónoma o de cualquier otra administración o entidad pública o privada.

(  ) Que, además de ésta, he solicitado otra ayuda a:

El Ministerio de Educación, Política Social i Deportes

La Comunidad Autónoma

Otra entidad _______________________________

Y Tipo de ayuda ____________________________

DECLARO

Que es cierta y completa la información que se hace constar en este anexo.

Que me comprometo a comunicar por escrito al Consell Insular de Formentera, en un plazo inferior a 15 días a partir de la fecha de solicitud, las nuevas ayudas que pida para la misma finalidad durante el presente año académico.

Que tengo conocimiento que, de acuerdo con lo que prevé la cláusula decimocuarta de la convocatoria (BOIB nº ........... de ..............), el falseamiento de esta declaración responsable supone la obligación de reintegrar la ayuda obtenida y la pérdida del derecho a obtener esta ayuda en las convocatorias de los años académicos 2013–2014 y 2014–2015.

................................, ............, d..................... de 20............

Firma

 

 

 

 

 

 

 

 

 

A LA PRESIDENCIA DEL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA

 

Anexo III

Modelo de declaración responsable

CONVOCATORIA DE BECAS DE ESTUDIOS PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS DE FORMENTERA, PARA EL CURSO 2012–2013.

 

APELLIDOS Y NOMBRE:

DNI/NIE :

CABEZA DE FAMILIA DEL SOLICITANTE:

DNI/NIE :

DIRECCIÓN ELECTRÓNICA:

TELF. MOVIL:

DIRECCIÓN FAMILIAR:

Nº:

LOCALIDAD:

C. POSTAL:

DECLARO

Que vivo en mi domicilio ubicado en la calle / venda ........................................................................., número ......................, localidad...................................................................................................., código postal................, y que conviven los siguientes miembros:

NOM I LLINATGES

EDAT

NÚMERO DNI

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Declaración jurada que efectúa al efecto de la Convocatoria de becas de estudios para los estudiantes de Formentera que cursen estudios universitarios el curso académico 2012–2013.

 

................................, ............, d..................... de 20............

 

Firma

 

 

 

 

 

A LA PRESIDÈNCIA DEL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA

 

Anexo IV

Modelo de transferencia bancaria

SOLICITUD DE TRANSFERENCIA BANCARIA

 

DNI / NIF DEL PERCEPTOR

DC

 

 

DADES PERSONALS / DATOS PERSONALES

LLINATGES I NOM - RAO SOCIAL / APELLIDOS Y NOMBRE – RAZON SOCIAL

 

VIA PUBLICA / NUM / PIS

 

LOCALITAT / LOCALIDAD

D. POSTAL / C. POSTAL

 

 

 

BANC SUCURSAL / BANCO SUCURSAL

BANC

SUCURSAL

DC

NÚM. COMPTE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                                             

Sota la meva responsabilitat faig declaració que les dades antecedents corresponen al Compte obert al meu nom.

Sobre mi responsabilidad hago declaración que los datos antecedentes corresponden a la Cuenta abierta con mi nombre.

Formentera, ................... de ................................. de 20............

DILIGENCIA DE CONFORMITAT DE L’ENTITAT BANCÀRIA

Les dades antecedents coincideixen amb les que consten en aquesta oficina

Firmat:

El Director

(firmat i segellat)

Validat per Tresoreria

Data

funcionari

 

 

 

 

 

A LA PRESIDÈNCIA DEL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA

 

ANEXO V

AUTORITZACIÓN DE OBTENCIÓN DE DATOS FISCALES

 

Autorizar al Consell Insular de Formentera para que pueda efectuar cuantas consultas, informáticas o para cualquier otro procedimiento legalmente establecido, sea necesario para obtener el certificado de renta de 2011 delante la AEAT, en relación a la solicitud de becas de estudios para estudiantes universitarios de Formentera, curso 2012–2013.

Sr. / Sra. ________________________________________________ DNI_________________

Actúa en representación de:

Sr. / Sra. ________________________________________________ DNI_________________

Sr. / Sra. ________________________________________________ DNI_________________

Sr. / Sra. ________________________________________________ DNI_________________

Sr. / Sra. ________________________________________________ DNI_________________

Sr. / Sra. ________________________________________________ DNI_________________

Sr. / Sra. ________________________________________________ DNI_________________

Sr. / Sra. ________________________________________________ DNI_________________

Formentera, ................... de ................................. de 20...........

Firma

 

 

 

 

 

A LA PRESIDENCIA DEL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA

 

 

 

 

 

 

Lo cual se hace público para general conocimiento.

 

Formentera, 25 de febrer de 2013

El Presidente
Jaume Ferrer Ribas