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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 4231
Resolución del Consejero de Administraciones Públicas por la que se autoriza la concertación de un contrato, para la renovación del depósito de trescientas veintiséis piezas de la Colección Vives Campomar, para que continúen depositadas en el Museo de Menorca (Exp. SENDE 6940/2012)

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Texto

 Hechos

1. El 11 de diciembre de 2012, entró en el Registro de la Consejería de Administraciones Públicas (con núm. de registro de entrada 17857/2012) un oficio la Secretaria General de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades al cual se adjuntaba la documentación relativa al expediente de renovación del contrato de comodato de la Colección Vives Campomar, que se encuentra en el Museo de Menorca, con la finalidad de que la Dirección General de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas lo tramitara.

2. Esta colección está formada por trescientos veintiséis (326) objetos de muy diversa naturaleza: pintura, cerámica, abanicos, vidrio, joyería popular, fotografía, escultura, objetos cotidianos de vestir y objetos ornamentales, entre otros. Esta diversidad hace que cada uno de los objetos sea particular y tenga unas condiciones de conservación particulares (por la utilidad que han tenido, por la antigüedad y por los tratamientos que han recibido).

3. Cuando murió el pintor Joan Vives Llull (Mahón, 1901 - 1982), su viuda, Doña. Antonia Campomar y sus hijos, respetaron una de las decisiones del pintor: que este patrimonio artístico relacionado con Menorca se conservara, se pudiera consultar y que algún día formara parte de los fondos de un museo.

4. En 1989 se llegó a un acuerdo entre la Sra. Campomar y el Director del Museo de Menorca, para inventariar, estudiar y catalogar las piezas y se iniciaran los trámites del depósito.

5. En 1993 pasaban a formar parte del Museo de Menorca todos estos bienes artísticos y, simultáneamente se inició una tasación económica de la colección para presentarla a la Junta de Valoración y Conservación del Ministerio de Cultura.

6. En 1994, una gran parte de estos bienes son adquiridos por el Estado y custodiados en el Museo de Menorca. Ahora bien, otra parte, trescientas veintiséis piezas, quedaron en depósito, el cual se ha ido renovando cada diez años.

7. En 2001, el Museo de Menorca hizo una exposición al cumplirse 100 años del nacimiento del pintor y dentro de los actos del Año Vives Llull, al tiempo que se publicó un catálogo de la exposición con todas las piezas, J. Vives Llull. El hombre y el coleccionista. 2001. Gobierno de las Illes Balears - Museo de Menorca. 292 p. Mahón.

8. El 27 de junio de 2012, Don Joan Vives Campomar (DNI 41.4880,46 W), en nombre y representación de sus hermanos Joana (DNI 41.465.870 K) y Josep (DNI 41.480.983 T), en un escrito presentado en el Museo de Menorca, con núm. de registro 87, de 6 de julio, manifestó su interés por renovar el contrato de depósito de la colección de objetos de su propiedad y mantener estos bienes en el Museo de Menorca.

9. El 3 de julio de 2012, la Conservadora - Restauradora del Museo de Menorca emitió un informe sobre el estado de conservación del depósito de la Colección Vives Campomar, en el que consta que el estado de conservación de la colección, en general, es bueno, todo el conjunto se encuentra en una situación estable y no hay ninguna pieza de la cual peligre su integridad.

10. El 13 de agosto de 2012, la Técnica de Arte del Museo de Menorca emitió un informe de valoración del depósito de la Colección Vives Campomar, en el que consta que el depósito está valorado en cuarenta y ocho mil doscientos cuarenta y dos euros (€ 48.242,00).

11. El 2 de noviembre de 2012, la Secretaria General de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades emitió un informe explicativo sobre la oportunidad y el interés de renovar el contrato de comodato de trescientas veintiséis piezas de la Colección Vives Campomar, para que continúen depositadas en el Museo de Menorca.

12. El 13 de noviembre de 2012, el Consejero de Educación, Cultura y Universidades propuso al Consejero de Administraciones Públicas que ordenara el inicio del expediente de renovación del contrato de comodato de trescientas veintiséis piezas de la Colección Vives Campomar.

13. El 15 de enero de 2013, el Consejero de Administraciones Públicas, a propuesta de la Directora General de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas, dictó la Resolución de inicio del expediente.

14. Además, hay que considerar el resto de documentación que consta en el expediente núm. 341/2012, tramitado por la Dirección General de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 3.1 y 87 k de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 49, de 24 de abril), y el resto de disposiciones aplicables concordantes.

2. El artículo 1768 del Código Civil, en conexión con los artículos 1740-1752 y concordantes de la misma norma.

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

4. El artículo 6 de la Ley 3/2011, de 25 de marzo, de delegación de competencias al Consejo Insular de Menorca de las facultades que, como administración gestora, ejerce ahora la Administración de la CAIB en relación con el Museo de Menorca, la Biblioteca Pública y el Archivo Histórico de Maó, instituciones culturales de titularidad estatal (BOIB núm. 48, de 2 de abril).

5. El Decreto 10/2011, de 18 de junio, del Presidente de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 91 ext., de 20 de junio).

6. El Decreto 11/2011, de 18 de junio, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 91 ext., de 20 de junio).

7. El Decreto 12/2011, de 18 de junio, del Presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 91 ext., de 20 de junio), modificado por el Decreto 23/2011, de 5 de agosto (BOIB núm. 119, de 6 de agosto), y el Decreto 33/2011, de 4 de noviembre (BOIB núm. 166, de 5 de noviembre).

8. El Decreto 81/2011, de 22 de julio, por el que se nombra a la Directora General de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas de la Consejería de Administraciones Públicas (BOIB núm. 112, de 23 de julio).

Propuesta de resolución

Propongo al Consejero de Administraciones Públicas para que dicte una Resolución en los términos siguientes:

1. Autorizar la concertación de un contrato de comodato entre Don Joan Vives Campomar, con DNI 41488046W, y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears como parte comodataria, para la renovación del depósito de trescientas veintiséis (326) piezas, que se describen en el anexo, de la Colección Vives Campomar, con núm. de Inventario CAIB: 100000011972, de conformidad con el contrato de comodato que, a tal efecto, firmen las partes.

2. El comodato tendrá una duración de un año a contar desde el día siguiente de la firma del contrato, prorrogable de manera tácita por anualidades sucesivas hasta un máximo de veinte años (incluida la duración del contrato y las prórrogas), si ninguna de las partes lo denuncia con una antelación mínima de tres meses antes del vencimiento de la vigencia del contrato o de cualquiera de sus prórrogas.

3. Condicionar la eficacia de esta autorización a la tramitación y firma de todos los documentos necesarios para formalizar el comodato con la finalidad y las condiciones que se han expuesto.

4. Notificar esta Resolución a la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, a Don Joan Vives Campomar, al Consejo Insular de Menorca y al Museo de Menorca, para que tengan conocimiento, al efecto que corresponda.

5. Anotar la cesión derivada del comodato en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

6. Publicar esta Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Administraciones Públicas en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haberse publicado la Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, de acuerdo con los artículos 10.1 a y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso - Administrativa.

Palma de Mallorca, 25 de febrero de 2013

 La Directora General de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas

Ana María García Serrano

Conforme con la propuesta. Dicto Resolución.

Marratxí, 25 de febrero de 2013

El Consejero de Administraciones Públicas

José Simón Gornés Hachero

Documentos adjuntos