Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA
Núm. 4212
Aprobación inicial de la Ordenanza reguladora de los horarios de establecimientos, espectáculos públicos y actividades recreativas.
El Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el dia 28 de febrero de 2013, adoptó entre otros el siguiente ACUERDO:
“4º.- APROBACIÓN INICIAL DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LOS HORARIOS DE ESTABLECIMIENTOS, ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS.
es decir por mayoría absoluta de número legal de miembros de la Corporación, se adoptan los siguientes ACUERDOS:
1º.- Aprobar inicialmente la Ordenanza de los horarios de establecimientos, espectáculos públicos y actividades recreativas.
2º.- Exponer el expediente a información pública, una vez publicado en el BOIB y el tablón de anuncios del Ayuntamiento, para que en el plazo de 30 dias, en que los vecinos y las personas legítimamente interesadas, puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
3º.- Conceder audiencia previa a las asociaciones de vecinos y de defensa de las personas consumidoras y usuarios establecidos en su ámbito territorial que estén inscritas en el registro municipal de asociaciones vecinales cuya finalidad guarde relación directa con el objeto de la disposición.
4º.- Requerir al Instituto Balear de la Mujer, dependiente del Govern de les Illes Baleares, que emita el preceptivo informe de Impacto de Género,previsto en el art. 7 g) de la Ley 12/2006, de 20 de septiembre
5º.- Finalizado el plazo de exposición pública y en caso de no presentarse reclamaciones, se entenderá aprobado definitivamente el acuerdo hasta ahora provisional, siendo necesario un nuevo acuerdo plenario”.
Lo que se hace público para general conocimiento, haciendo saber que el texto íntegro de la presente ordenanza se encuentra en información pública en la Secretaría del Ayuntamiento y en la página: www.santjosep-net del Ayuntamiento.
Sant Josep de sa Talaia, 05 de marzo de 2013.
LA ALCALDESA
Maria Nieves Marí Mari.