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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 4170
CONSELL EXECUTIU - Notificación de la resolución del expediente sancionador de transportes SAN 31/2011

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 
Visto que se desconoce el domicilio o ha sido imposible contactar vía correos con la personas interesadas y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se comunica a las personas que se relacionan en el anexo adjunto que en fecha 19/11/2012 el Consell Executiu del Consell Insular de Menorca en sesión extraordinaria acordó, entre otros, la resolución del expediente que se instruye por presunta infracción de la normativa de transportes vigente, (artículos 140 i 148 de la ley 16/87 de 30 de julio (LOTT), 197.11 del ROTT y Annexo 2 de el ATP) y que se encuentra a su disposición en el departamento de Movilidad y Proyectos del Consell Insular de Menorca, Pl. de la Biosfera, 5, 07703 – Maó, haciendo constar que: 
 
El pago de la sanción administrativa se hará mediante el ingreso en una de las cuentas bancarias que se relacionan a continuación:
 
0487-2215-25-2000001170 Banco Marenostrum
2100-0055-57-0200528411 La Caixa
 
PLAZOS PARA EFECTUAR EL INGRESO
(Art. 62 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre)
 
a) Si recibe la notificación entre el 1 y el 15 de cada mes, ambos inclusive: hasta el 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el primer día hábil inmediato.
b) Si recibe la notificación entre el 16 y el 31 de cada mes, ambos inclusive: hasta el 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el primer día hábil inmediato.
 
Una vez efectuado el ingreso, deberá de comunicarlo al Departamento de Movilidad y Proyectos del CIM mediante el envío de copia del documento de ingreso debidamente diligenciado por la entidad bancaria.
Si al haber transcurrido los plazos antes mencionados no se ha hecho el ingreso, se iniciará el procedimiento de apremio con los recargos que correspondan.
 
Lo que comunicamos para su conocimiento y a los efectos que correspondan, al mismo tiempo que se hace saber que contra el acuerdo precedente, que no agota la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la fecha de recepción de esta notificación, con la advertencia de que una vez transcurrido el plazo indicado sin interponer recurso se continuará la tramitación por el cobro de la sanción.
 
Dicho recurso se entenderá desestimado si no se le ha notificado la resolución cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de seis meses contados desde el día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
 
 
ANEXO
 
Expediente núm Titular Importe
SAN 31/2011 VOLCATRANS CIUTADELLA, SLU 4.601,00 €
 
 
Maó, 18 de febrero de 2013
 
EL SECRETARIO DEL CONSELL EXECUTIU DEL CONSELL INSULAR DE MENORCA
Octavi Pons Castejón.