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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 2956
Rollo: Recurso de Apelación (LECN) 0000227/2011

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

DOÑA PAULA ORELL MARCÚS, SECRETARIA DE LA SECCION CUARTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PALMA DE MALLORCA, DOY FE Y TESTIMONIO QUE EN EL ROLLO DE SALA. NÚMERO 227/2011, SE HA. DICTADO SENTENCIA QUE, COPIADA EN SU PARTE NECESARIA, ES DEL TENOR LITERAL SIGUIENTE:

Ilmos. Sres.: Presidente: D. Miguel Ángel Aguiló Monjo

Magistrados: Dª. Mª del Pilar Fernández Alonso y Dª. Carmen Odoñez Delgado.

SENTENCIA Nº 398/2012.

En Palma de Mallorca, a diecisiete de Septiembre de dos mil once.

VISTOS en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial los autos de JUICIO ORDINARIO n° 1099/07 , procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Palma de Mallorca, a los que ha correspondido El ROLLO N° 227/11, en los que aparece como parte demandante-apelada D. FRANCISCO JOSE GARCIA AGUILO y DOÑA ILUMINADA MOTA PELAEZ, representada por el Procurador D. Sebastia Coll Vidal, asistidos por el Letrado D. Jesus Mª. Meneses Capellán, y como demandando-apelante D. JOSE LUIS MARIN HERNANDEZ, representado por la Procuradora Dª. Cristina Sampol, asistido del abogado D. Josep Binimelis Vidal y, como demandados-apelados todos ellos en situación de rebeldía procesal, HERENCIA YACENTE de D. GUILLERMO MANSITO CABALLERO, BUDOWA S.L. y TRATEC MALLORCA S.L. Es ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª. Juana Mª. Gelabert Ferragut.

FALLAMOS

Que debemos DESESTIMAR Y DESESTIMAMOS el recurso de apelación interpuesto por la. Procuradora Cristina. Sampol. Schenk; ennombre y representación de D. JOSE LUIS MARIN HERNANDEZ, contra la sentencia de fecha 29 de abril de 2010, dictada por la Ilma. Magistrada del Juzgado de Primera Instancia n° 5 de Palma , en el procedimiento del cual el presente Rollo dimana, cuya sentencia, en su consecuencia, debemos CONFIRMAR Y CONFIRMAMOS en todos sus extremos; con expresa imposición de las costas causadas en esta alzada.

Así, por esta nuestra sentencia, la pronunciamos, mandamos y firmamos.

LO RELACIONADO ES COPIA EXACTA Y FIEL DE SU ORIGINAL AL QUE ME REMITO CASO NECESARIO. Y PARA QUE CONSTE Y SURTA A LOS EFECTOS DE SU PUBLICACION EN EL BOLETIN OFICIAL DE ESTA COMUNIDAD AUTONOMA, Y SU NOTIFICACION EN FORMA A: LA HERENCIA YACENTE DE D. GUILLERMO MANSITO CABALLERO, BUDOWA, S.L. y TRACTEC MALLORCA S.L., EXPIDO EL PRESENTE EN PALMA DE MALLORCA, A VEINTISIETE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DOCE.

 

LA SECRETARIA JUDICIAL