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AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA
Núm. 3865
Notificación de Resolución de Alcaldía 1493/2012 de imposición de sanción MEDAMBSANCIO 12/2012
Resultando el intento de notificación sin éxito al Sr. VERA MEJIA, LUIS ENRIQUE en repetidas ocasiones, del Decreto de Alcaldía núm. 1493/2012 en cuanto a la incoación del expediente núm. 000012/2012-MEDAMBSANCIO.
Y resultando lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento administrativo común. (LRJAP-PAC), se hace público su contenido por un plazo de 20 días a los efectos que la Ley establece.
Son Servera, 27 de febrero de 2013
El alcalde
Jose Barrientos Ruiz
"Decreto núm. 1493/2012
Referencia: 000012/2012-MEDAMBSANCIO 08. Medio Ambiente
José Barrientos Ruiz, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Son Servera (Islas Baleares).
Visto el decreto 931/2012 de 1 de agosto de 2012, el cual resuelve entre otros iniciar el expediente sancionador contra el Sr. VERA MEJIA, LUIS ENRIQUE, para tener animales potencialmente peligrosos sin licencia, dejar suelto un animal potencialmente peligroso o no haber adoptado las medidas necesarias para evitar su huida, omitir la inscripción en el Registro y no haber contratado el seguro de responsabilidad civil.
Dado que ante la imposibilidad de notificar dicho decreto al interesado, éste fue publicado en el BOIB núm. 156 en fecha 25 de octubre de 2012.
Dado que durante el plazo establecido no se han presentado alegaciones al inicio del expediente sancionador núm. 000012/2012-MEDAMBSANCIO.
Y de acuerdo con las atribuciones que me confiere la legislación vigente.
Resuelvo,
Primero. Imponer al Sr. VERA MEJIA, LUIS ENRIQUE las siguientes sanciones:
- Una sanción de 2.404,05 €, que es la sanción mínima establecida en el artículo 13.5 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos por tener animales potencialmente peligrosos sin licencia, hecho tipificado como infracción administrativa muy grave.
- Una sanción de 300,05 €, que es la sanción mínima establecida en el artículo 13.5 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos por dejar suelto un animal potencialmente peligroso o no haber adoptado las medidas necesarias para evitar su fuga, hecho tipificado como infracción administrativa grave ..
- Una sanción de 300,05 €, que es la sanción mínima establecida en el artículo 13.5 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos por incumplir la obligación de identificar el animal, hecho tipificado como infracción administrativa grave.
- Una sanción de 300,05 €, que es la sanción mínima establecida en el artículo 13.5 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre por omitir la inscripción en el Registro, hecho tipificado como infracción administrativa grave.
Segundo. Aprobar las liquidaciones n. 324822, 324823, 324824 y 324825 de fecha 18 de diciembre de 2012.
Tercero. Apercibir que el pago de dichas sanciones se realizará en el plazo de 30 días contados desde el siguiente a la notificación del presente acuerdo. Transcurrido este plazo, y si no se ha efectuado el pago voluntario de la sanción, este ayuntamiento procederá por la vía del apremio. El pago de las multas se suspenderá si durante el plazo legal para la imposición del recurso se garantiza el importe de la totalidad de la multa.
Cuarto. Notificar la presente resolución al interesado.
Son Servera, 18 de diciembre de 2012
El Alcalde Presidente Don fe: El Secretario
José Barrientos Ruiz Antoni Gual Sureda"
Contra esta resolución que agota la vía administrativa se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:
a. - Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación del presente decreto.
b. - El recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado esta resolución, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 4/1999 de 13 de enero, de modificación de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Son Servera, 27 de febrero de 2013