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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 3853
Resolución del consejero de Educación, Cultura y Universidades y presidente del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares del 4 de febrero de 2013 por la cual se deniegan ayudas para transporte y/o becas para personas con discapacidad y ayudas a la conciliación dirigidas prioritariamente a trabajadores desocupadas de la convocatoria de 16 de mayo de 2011

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Texto

 Hechos

1. Las personas que se indican en el anexo adjunto, como alumnos de una acción formativa dirigida prioritariamente a trabajadores desocupados, han presentado solicitudes de concesión de ayudas para transporte y/o de becas para personas con discapacidad y de ayudas a la conciliación, en el marco de la Resolución de la consejera de Turismo y Trabajo de 16 de mayo de 2011 (BOIB nº. 73, de 19 de mayo).

2. Una vez examinadas estas solicitudes se ha considerado que tienen que ser objeto de denegación por los motivos que se exponen en el anexo I de esta Resolución. 

Fundamentos de derecho

1. El Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (SOIB) fue creado mediante la Ley 7/2000, de 15 de junio (BOIB nº. 80, de 29 de junio), modificada por la Ley 8/2004, de 23 de diciembre (BOIB nº. 186, de 30 de diciembre), y para la Ley 9/2009, de 21 de diciembre, de presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2010 (BOIB nº. 189, de 29 de diciembre). La finalidad del SOIB es planificar, gestionar y coordinar las políticas de ocupación, con funciones concretas de informar, orientar e interceder en el mercado laboral, así como de fomentar la ocupación en todas las vertientes y de desarrollar la formación profesional para la ocupación.

2. De acuerdo con los apartados g e i del artículo 15.2 del Decreto 30/2001, de 23 de febrero, de constitución y régimen jurídico del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (BOIB nº. 28, de 6 de marzo), modificado por el Decreto 9/2005, de 28 de enero (BOIB nº. 17, de 1 de febrero), es función del presidente del SOIB autorizar gastos, contraer obligaciones y proponer pagos del servicio, así como conceder ayudas y subvenciones.

3. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE nº. 276, de 18 de noviembre, y suplemento en catalán del BOE nº. 23, de 24 de noviembre), tiene por objeto regular el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por las administraciones públicas.

4. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB nº. 196, de 31 de diciembre), tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones cuya gestión corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares o a las entidades públicas que dependen.

5. La Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 7 de marzo de 2008 (Orden TAS/718/2008), por la cual se despliega el Real decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el cual se regula el subsistema de formación profesional para la ocupación en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a financiarla (BOE nº. 67, de 18 de marzo de 2008).

6. El Real decreto 357/2006, de 24 de marzo, por el cual se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en los ámbitos de la ocupación y de la formación profesional ocupacional (BOE nº. 83, de 7 de abril, y suplemento en catalán del BOE nº. 9, de 17 de abril).

7. Mediante la Resolución de la consejera de Turismo y Trabajo y presidenta del SOIB de 16 de mayo de 2011 (BOIB núm. 73, de 19 de mayo), se convocan subvenciones para cursos dirigidos prioritariamente a trabajadores desocupados y también se convocan los alumnos de estos cursos para que presenten solicitudes de ayudas para transporte, manutención y alojamiento, y/o solicitudes de becas cuando se trate de personas desocupadas con discapacidad y de ayudas a la conciliación. En el apartado 8 del anexo II se regulan los importes de las becas para personas con discapacidad desocupadas, de las ayudas para transporte y manutención y de las ayudas para manutención y alojamiento y de ayudas de conciliación. En el apartado 9 del mismo anexo se dispone que la resolución de concesión y denegación se tiene que publicar en el BOIB y en el tablero de edictos del SOIB.

8. De acuerdo con el artículo 39.7 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, las subvenciones que se conceden en consideración a la concurrencia de una determinada situación en el perceptor no requieren ninguna otra justificación que la acreditación de esta situación, previamente a la concesión, por cualquier medio admisible en derecho, sin perjuicio de los controles que se puedan establecer para verificar la existencia.

9. El Decreto ley 4/2011, de 5 de agosto, de modificación de la Ley 7/2000 (BOIB nº. 119, de 6 de agosto), dispone que el SOIB queda adscrito a la consejería competente en materia de educación.

Por todo eso, dicto la siguiente

Resolución

1. Denegar una subvención en concepto de ayuda para transporte y/o de becas para personas con discapacidad, y/o de ayudas a la conciliación para trabajadores desocupados en el marco de la Resolución de la consejera de Turismo y Trabajo de 16 de mayo de 2011 (BOIB nº.73, de 19 de mayo), a las personas que figuran en el anexo I de esta Resolución y por los motivos que se exponen en el mismo.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición delante del consejero de Educación, Cultura y Universidades y presidente del SOIB en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de 'haber-se publicado en el BOIB, de acuerdo con los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haber-se publicado, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 4 de febrero de 2013

 

El consejero de Educación, Cultura y Universidades y presidente del SOIB

Rafael Àngel Bosch i Sans

Por delegación de competencias de acuerdo con la Resolución del presidente del SOIB

de 28 de noviembre de 2011 - BOIB núm.180, de 1 de diciembre

 

El vicepresidente del SOIB

Onofre Ferrer Riera P


 

ANEXO I

AYUDAS DE TRANSPORTE DENEGADAS

DNI/nie

SOLICITANTE

CURSO

MOTIVO

43128922N

MARIA ISABEL MONTERO ESCUDERO

121/11

ESTAR OCUPADA/DO AL INICIO DEL CURSO

X6879063Q

ELVIRA FERNANDEZ

331/11

ESTAR OCUPADA/DO AL INICIO DEL CURSO

Y0217368D

MARY NELZY BLANCO CAMACHO

710/11

ESTAR OCUPADA/DO AL INICIO DEL CURSO

Y1701721B

MADELEYNE YANET TORRES DEZA

750/11

ESTAR OCUPADA/DO AL INICIO DEL CURSO

41514237L

YOLANDA RECASENS BRUÑO

951/11

ESTAR OCUPADA/DO AL INICIO DEL CURSO

 

 

 

AYUDAS DE DISCAPACIDAD DENEGADAS

DNI/nie

SOLICITANTE

CURSO

MOTIVO

46389126N

MARIA INES CLAVEL CASTRO

743/11

NO TENER EL 33% RECONOCIDO

 

AYUDAS DE CONCILIACIÓN DENEGADAS

DNI/nie

SOLICITANTE

CURSO

MOTIVO

X4319140Q

CAMILO DE UVAROW ALBRECHT

613/11

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

38150763L

ENRIC VARRA GRANERO

613/11

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

36130009E

MANUEL MIGUEL ARGIBAY GONZALEZ

710/11

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

34068286L

EDUARDO ESCOBEDO IBAÑEZ

743/11

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

18233979Q

MARIA MAGDALENA GARCIA JOVER

743/11

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

76030718D

ISABEL MARIA CABALLERO ALVAREZ

750/11

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

43040300D

MARIA INMACULADA CASTRO SERRA

876/11

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

X6690695H

JOCELYN ANDREA CID MUÑOZ

876/11

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

41506394L

ESTEFANIA A. VINENT MILLAN

945/11

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

20425346N

EMILIO ABARGUES BATALLER

974/11

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

X3545205P

IKRAM BENSADDIK

974/11

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

29192469H

MARCEL MORENETE MARÍ

974/11

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

41740253Z

HILARIO JANER RIUDAVETS

1115/11

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

43070255H

MARÍA LUISA MORA ESTEVE

1534/11

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

X8056354Y

MARCO ANTONIO ACOSTA TEJADA

1691/11

ESTAR OCUPADA/DO AL INICIO DEL CURSO