Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 3853
Resolución del consejero de Educación, Cultura y Universidades y presidente del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares del 4 de febrero de 2013 por la cual se deniegan ayudas para transporte y/o becas para personas con discapacidad y ayudas a la conciliación dirigidas prioritariamente a trabajadores desocupadas de la convocatoria de 16 de mayo de 2011
Hechos
1. Las personas que se indican en el anexo adjunto, como alumnos de una acción formativa dirigida prioritariamente a trabajadores desocupados, han presentado solicitudes de concesión de ayudas para transporte y/o de becas para personas con discapacidad y de ayudas a la conciliación, en el marco de la Resolución de la consejera de Turismo y Trabajo de 16 de mayo de 2011 (BOIB nº. 73, de 19 de mayo).
2. Una vez examinadas estas solicitudes se ha considerado que tienen que ser objeto de denegación por los motivos que se exponen en el anexo I de esta Resolución.
Fundamentos de derecho
1. El Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (SOIB) fue creado mediante la Ley 7/2000, de 15 de junio (BOIB nº. 80, de 29 de junio), modificada por la Ley 8/2004, de 23 de diciembre (BOIB nº. 186, de 30 de diciembre), y para la Ley 9/2009, de 21 de diciembre, de presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2010 (BOIB nº. 189, de 29 de diciembre). La finalidad del SOIB es planificar, gestionar y coordinar las políticas de ocupación, con funciones concretas de informar, orientar e interceder en el mercado laboral, así como de fomentar la ocupación en todas las vertientes y de desarrollar la formación profesional para la ocupación.
2. De acuerdo con los apartados g e i del artículo 15.2 del Decreto 30/2001, de 23 de febrero, de constitución y régimen jurídico del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (BOIB nº. 28, de 6 de marzo), modificado por el Decreto 9/2005, de 28 de enero (BOIB nº. 17, de 1 de febrero), es función del presidente del SOIB autorizar gastos, contraer obligaciones y proponer pagos del servicio, así como conceder ayudas y subvenciones.
3. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE nº. 276, de 18 de noviembre, y suplemento en catalán del BOE nº. 23, de 24 de noviembre), tiene por objeto regular el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por las administraciones públicas.
4. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB nº. 196, de 31 de diciembre), tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones cuya gestión corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares o a las entidades públicas que dependen.
5. La Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 7 de marzo de 2008 (Orden TAS/718/2008), por la cual se despliega el Real decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el cual se regula el subsistema de formación profesional para la ocupación en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a financiarla (BOE nº. 67, de 18 de marzo de 2008).
6. El Real decreto 357/2006, de 24 de marzo, por el cual se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en los ámbitos de la ocupación y de la formación profesional ocupacional (BOE nº. 83, de 7 de abril, y suplemento en catalán del BOE nº. 9, de 17 de abril).
7. Mediante la Resolución de la consejera de Turismo y Trabajo y presidenta del SOIB de 16 de mayo de 2011 (BOIB núm. 73, de 19 de mayo), se convocan subvenciones para cursos dirigidos prioritariamente a trabajadores desocupados y también se convocan los alumnos de estos cursos para que presenten solicitudes de ayudas para transporte, manutención y alojamiento, y/o solicitudes de becas cuando se trate de personas desocupadas con discapacidad y de ayudas a la conciliación. En el apartado 8 del anexo II se regulan los importes de las becas para personas con discapacidad desocupadas, de las ayudas para transporte y manutención y de las ayudas para manutención y alojamiento y de ayudas de conciliación. En el apartado 9 del mismo anexo se dispone que la resolución de concesión y denegación se tiene que publicar en el BOIB y en el tablero de edictos del SOIB.
8. De acuerdo con el artículo 39.7 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, las subvenciones que se conceden en consideración a la concurrencia de una determinada situación en el perceptor no requieren ninguna otra justificación que la acreditación de esta situación, previamente a la concesión, por cualquier medio admisible en derecho, sin perjuicio de los controles que se puedan establecer para verificar la existencia.
9. El Decreto ley 4/2011, de 5 de agosto, de modificación de la Ley 7/2000 (BOIB nº. 119, de 6 de agosto), dispone que el SOIB queda adscrito a la consejería competente en materia de educación.
Por todo eso, dicto la siguiente
Resolución
1. Denegar una subvención en concepto de ayuda para transporte y/o de becas para personas con discapacidad, y/o de ayudas a la conciliación para trabajadores desocupados en el marco de la Resolución de la consejera de Turismo y Trabajo de 16 de mayo de 2011 (BOIB nº.73, de 19 de mayo), a las personas que figuran en el anexo I de esta Resolución y por los motivos que se exponen en el mismo.
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición delante del consejero de Educación, Cultura y Universidades y presidente del SOIB en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de 'haber-se publicado en el BOIB, de acuerdo con los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haber-se publicado, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 4 de febrero de 2013
El consejero de Educación, Cultura y Universidades y presidente del SOIB
Rafael Àngel Bosch i Sans
Por delegación de competencias de acuerdo con la Resolución del presidente del SOIB
de 28 de noviembre de 2011 - BOIB núm.180, de 1 de diciembre
El vicepresidente del SOIB
Onofre Ferrer Riera P
ANEXO I
AYUDAS DE TRANSPORTE DENEGADAS |
|||
DNI/nie |
SOLICITANTE |
CURSO |
MOTIVO |
43128922N |
MARIA ISABEL MONTERO ESCUDERO |
121/11 |
ESTAR OCUPADA/DO AL INICIO DEL CURSO |
X6879063Q |
ELVIRA FERNANDEZ |
331/11 |
ESTAR OCUPADA/DO AL INICIO DEL CURSO |
Y0217368D |
MARY NELZY BLANCO CAMACHO |
710/11 |
ESTAR OCUPADA/DO AL INICIO DEL CURSO |
Y1701721B |
MADELEYNE YANET TORRES DEZA |
750/11 |
ESTAR OCUPADA/DO AL INICIO DEL CURSO |
41514237L |
YOLANDA RECASENS BRUÑO |
951/11 |
ESTAR OCUPADA/DO AL INICIO DEL CURSO |
AYUDAS DE DISCAPACIDAD DENEGADAS |
|||
DNI/nie |
SOLICITANTE |
CURSO |
MOTIVO |
46389126N |
MARIA INES CLAVEL CASTRO |
743/11 |
NO TENER EL 33% RECONOCIDO |
AYUDAS DE CONCILIACIÓN DENEGADAS |
|||
DNI/nie |
SOLICITANTE |
CURSO |
MOTIVO |
X4319140Q |
CAMILO DE UVAROW ALBRECHT |
613/11 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
38150763L |
ENRIC VARRA GRANERO |
613/11 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
36130009E |
MANUEL MIGUEL ARGIBAY GONZALEZ |
710/11 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
34068286L |
EDUARDO ESCOBEDO IBAÑEZ |
743/11 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
18233979Q |
MARIA MAGDALENA GARCIA JOVER |
743/11 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
76030718D |
ISABEL MARIA CABALLERO ALVAREZ |
750/11 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
43040300D |
MARIA INMACULADA CASTRO SERRA |
876/11 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
X6690695H |
JOCELYN ANDREA CID MUÑOZ |
876/11 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
41506394L |
ESTEFANIA A. VINENT MILLAN |
945/11 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
20425346N |
EMILIO ABARGUES BATALLER |
974/11 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
X3545205P |
IKRAM BENSADDIK |
974/11 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
29192469H |
MARCEL MORENETE MARÍ |
974/11 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
41740253Z |
HILARIO JANER RIUDAVETS |
1115/11 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
43070255H |
MARÍA LUISA MORA ESTEVE |
1534/11 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
X8056354Y |
MARCO ANTONIO ACOSTA TEJADA |
1691/11 |
ESTAR OCUPADA/DO AL INICIO DEL CURSO |