Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 15 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 2193
Procedimiento Ordinario 0000271/2012/3. Sobre Otras Materias

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D./Dª. AURORA FRUCTUOSO HERNANDEZ , Secretario/a Judicial, del JDO. PRIMERA INSTANCIA DL 15 de PALMA de MALLORCA, por el presente,

ANUNCIO:

En el presente procedimiento Seguido a instancia de SANTANDER. CONSUMER. ESTABLECIMIENTON FINANCIERO DE CREDITO SA frente a MARIA MELINA MARCOS LUDUENA, GUILLERMO JAVIER SASIAN se ha dictado Sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

En Palma de Mallorca, a treinta de enero de dos mil trece, el Sr. D. Carlos Augusto de la Fuente de Iracheta, Magistrado-Juez de Primera Instancia del Juzgado n° Quince de los de esta Ciudad, ha visto los presentes autos de JUICIO ORDINARIO, seguidos ante este Juzgado con el n° 271/2012, a instancia de la entidad "SANTANDER CONSUMER ESTABLECIMIENTO FINANCIERO DE CRÉDITO, S.A.", representada por la Procuradora Sra. Segura Seguí, y dirigida por la Letrada Dª. Concepción Villalonga Trujillo, contra Dª. MARÍA MELINA MARCOS LUDUEÑA, con N.I.F. 43.190.861-N, Y D.GUILLERMO JAVIER SASIAN, con N.I.F. X-04843185-Y, ambos en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que ESTIMANDO íntegramente la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Segura Seguí, en representación de la entidad mercantil "SANTANDER CONSUMER ESTABLECIMIENTO FINANCIERO DE CRÉDITO, S.A.”, DEBO CONDENAR Y CONDENO a los demandados Dª. MARÍA MELINA MARCOS LUDUEÑA, con N.I.F. 43.190.861-N, Y D. GUILLERMO JAVIER SASIAN, con N.I.F. X-04843185-Y, a pagar a la actora, de forma solidaria, la Suma de OCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA YNUEVE EUROS CÓN NOVENTA YCINCO CÉNTIMOS (8.279,95 euros), más intereses de demora pactados en el contrato de préstamo objeto de la presente litis, desde el día 8 de marzo de 2012, respecto de la suma de 8.279,05 euros, hasta su completo pago, condenándoles, asimismo, de forma solidaria, al pago de las costas causadas en el presente juicio.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que, contra la misma cabe interponer RECURSO DE APELACION, para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, el cual se interpondrá por medio de escrito presentado ante este Juzgado dentro del plazo de VEINTE DIAS, a partir del siguiente al de su notificación en la forma establecida en el artículo 458 de la Ley 1/2000 de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Asimismo, adviértase a las partes que el recurso no se admitirá a trámite si no acreditan, al interponerlo, haber constituido, mediante su consignación en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, un depósito por importe de 50 euros, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial, así como el importe de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en el orden jurisdiccional civil establecida por la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (BOE núm. 280, de 21 de noviembre de 2012).

Así por esta mi Sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada que ha sido la anterior sentencia, en el mismo día de su fecha, por el Sr. Magistrado-Juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública. Doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, MARÏA MELINA MARCOS LUDUEÑA  GUILLERMO JAVIER SASIAN , en paradero desconocido, se el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

 

PALMA DE MALLORCA a treinta de ero de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.