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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES

Núm. 3670
Notificación relativa a a posibles ineresados en el expediente de responsabilidad patrimonial por daños en la embarcación PEMAR en el Puerto de San Antoni de Portmany.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Al haberse intentado infructuosamente la notificación personal del requerimiento formulado al Sr.José Torres Tur al objeto de que proceda a subsanar varias deficiencias en el expediente de responsabilidad patrimonial iniciado por daños sufridos en la embarcación PEMAR el 4-5 de febrero de 2012 en el Puerto de San Antoni de Portmany, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica a quien pueda resultar interesado en este expediente:

Que deberá  subsanar la solicitud inicial con la aportación de la siguiente documentación:

a)   Copia DNI del reclamante.

b) Acreditación titularidad embarcación (Copia compulsada Hoja de Asiento Registro Capitania)

Visto, además, que no se ha propuesto ningún medio de prueba, le recordamos que, de acuerdo con el citado artículo 6 del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, los interesados podrán acompañar junto con su escrito de reclamación cuantas alegaciones, documentos e informaciones se estimen oportunas y podrá proponer la práctica de prueba, concretando los medios que pretenda hacer valer.

En virtud de lo expuesto, se requiere a la interesada para que aporte la citada documentación en el plazo de DIEZ (10) días hábiles a contar desde el día siguiente al de la recepción de este escrito, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con expresa indicación de que si no lo hiciera, se le tendrá por desistida de cualquier reclamación, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la citada ley.

 

Palma, 20 de febrero de 2013

El Director-Gerente de Ports de les Illes Balears
Daniel Ramis Melero