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AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ
Núm. 3626
Notificación prescripción expt. Sancionador inf. Urbanística 000077/2010 - SAN.
Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por supuesta infracción urbanística, a I. RUFARO ( Promotor) i CONSTRUCCIONES GABRIEL FUSTER ( Empresa Constructora), y al haber intentado la notificación por correo sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a, I. RUFARO ( Promotor) i CONSTRUCCIONES GABRIEL FUSTER ( Empresa Constructora),de conformidad con lo que se dispone en el artículo 59.4 de la Ley 30/1192, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el escrito de fecha 06/11/12, que transcrito dice:
“NEGOCIADO: INFRACCIONES URBANÍSTICAS.
ASUNTO: PRESCRIPCION INFRACCIÓN URBANÍSTICA DEL EXPEDIENTE SANCIONADOR NÚM. 000077/2010 - SAN.
D E C R E TO D E LA A L C A L D I A
Marratxí, 06 de Noviembre de 2012.
Considerando que, advertida la existencia del expediente sancionador núm. 000077/2010 – SAN (expte. caducado núm. 251/02) incoado contra I. RUFARO, SL (promotor) i CONSTRUCCIONES GABRIEL FUSTER, SL (empresa constructora), el cual ha sido declarado caducado por decreto de Alcaldía de fecha 26 de enero de 2010, no obstante al haber caducado se le informa que al no haber prescrito la acción se empieza la tramitación de un nuevo procedimiento administrativo de infracción urbanística de conformidad con la normativa en vigor.
Considerando que en fecha 28 de septiembre de 2010 se solicitó informe al aparejador municipal solicitando una revisión de la valoración realizada en el expte. 251/02, por poder proceder a iniciar nuevo expte.
Considerando que en fecha 01/06/2012, el técnico de administración general emite el siguiente informe:
“Informe jurídico relativo a la tramitación del expediente por infracción urbanística 77/10.
Se solicita del Técnico que subscribe que se emita informe jurídico sobre el asunto de referencia, cumpliendo informar lo siguiente:
En data 17 de octubre de 2002 el Celador municipal emitió informe sobre excavación de 300 m2 por 1 metro de altura para la construcción de 4 muelles de carga en la C/ Celleters, nº 150, sin disponer de la correspondiente licencia de obras. Posteriormente, en fecha 20 de agosto de 2003, se emitió informe de inspección en el que se señalaba que se había realizado la construcción de un porche–voladízo- adosado a la nave de carga con unos 250 m2.
El 5 de febrero de 2008 se inició expediente sancionador por las referidas obras, expediente que se declaró caducado por no haberse resuelto dentro del plazo.
Considerando estos antecedentes, y visto que las obras podrían tener una antigüedad de más de 8 años, procede solicitar informe al Celador municipal al respecto. En este caso, i por aplicación del articulo 73 de la Ley 10/90 de Disciplina Urbanística, procedería la declaración de prescripción de la posible infracción y el archivo de les actuaciones.
A lo que se informa a los efectos oportunos.
Marratxí, a 1 de junio de 2012. El Técnico de Administración General.”
Considerando que en fecha 07 de julio de 2012, el Celador municipal emitió el siguiente informe: “Informe de inspección
Peticionario: I. Urbanísticas. Asunto: Inspección obras.
Realizada visita de inspección a: Celleters nº solar 150, se observa i fa constar que: les obras que constan en el expediente sancionador 77/10, iniciada por caducidad del expediente sancionador 251/02, tienen una antigüedad de más de 8 años ya que les mismas acabaron en el año 2003.
Y para que conste a los efectos oportunos, se emite el presente informe.
El Oficial Celador Municipal. Marratxí, 7 de julio de 2012.”
Visto el informe emitido por el Técnico de Administración Genera sobre el particular en fecha 05 de noviembre de 2012, el tenor literal del cual es el siguiente:
“Informe jurídico relativo a la tramitación del expediente de infracción urbanística77/10.
Se solicita del Técnico que subscribe que se emita informe jurídico sobre el asunto de referencia, cumpliendo informar lo siguiente:
El 7 de julio de 2012 el Celador municipal ha informado que las obras que constan en el expediente sancionador 77/10, iniciado por caducidad del expediente 251/02, tienen una antigüedad de más de 8 años, ya que las mismas acabaron en el año 2003.
Visto el informe del Celador municipal, y de conformidad con lo que dispone el artículo 73 de la Ley 10/1990 de Disciplina Urbanística, se considera que procede declarar la prescripción de la posible infracción y el archivo de las actuaciones.
Lo que se informa a los efectos oportunos.
Marratxí, a 5 de noviembre de 2012. El Técnico de Administración General.”
En consecuencia esta Alcaldía en uso de las atribuciones que le confieren la normativa vigente y al amparo de lo que dispone el artículo 73 de la Ley Autonómica 10/1990, de 23 de octubre de Disciplina Urbanística y el artículo 23 del Decreto Autonómico 14/1994, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento a seguir en el ejercicio de la potestad sancionadora; y demás normativa aplicable, tiene a bien dictar lo siguiente:
RESOLUCIÓN.
1.- Declarar la prescripción de la posible infracción y el archivo de las actuaciones realizadas en el expediente sancionador por infracciones urbanísticas expte. 000077/2010-SAN, instruido contra I. RUFARO, SL (promotor) y CONSRUCCIONES GABRIEL FUSTER, SL (empresa constructora), por haber realizado excavación y construcción de 4 muelles de descarga de vehículos, en C/ Celleters, 150, de conformidad con el informe emitido por el Celador municipal en fecha 07/07/2012 y el Técnico de administración general en fecha 05/11/2012, anteriormente transcrito.
2.- Notificar esta resolución a los interesados a los efectos reglamentarios.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde, Sr. Tomeu Oliver Palou.- Doy fe.”
Contra la resolución del recurso de reposición, podrá interponer recurso ante el juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición.
No obstante, podrá utilizar cualquiera de los otros recursos, si lo cree conveniente.
Marratxí, 18 de gener de 2013. LA SECRETARIA."
Marratxí, 11 de febrero de 2013.
EL ALCALDE,
Tomeu Oliver Palou.