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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ

Núm. 3616
Exp 195-12 expediente sancionador medio ambiente

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Texto

Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por supuesta infracción medioambiental, y al haber intentado la notificación sin resultado positivo, por la presente notificación de archivo de expediente sancionador se notifica al interesado el Sr. Juan C. Cardenas Florit de conformidad con lo que dispone  el articulo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el escrito de fecha 30 de noviembre de 2012, que trascrito dice: “De conformidad con lo que dispone el artículo 192.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, le comunico que el Sr. Alcalde, en fecha 30 de noviembre de 2012, ha dictado la siguiente Resolución:

“Mediante Decreto de Alcaldía de fecha 3 de octubre/12 se inició expediente sancionador contra el señor Jorge Castillo Rosselló, referente a la tenencia de un perro potencialmente peligroso suelto en la calle Francesc Valcaneres Vicari.

Se ha comprobado que antes de la Resolución final del presente expediente sancionador el señor Castillo ha procedido al pago de 300,10.- euros, el dia 22 de noviembre/12, de conformidad con la propuesta de fecha 25 de octubre/12.

Por todo, esta Alcaldía en uso a las atribuciones que le confiere la normativa vigente tiene a bien en dictar la siguiente:

RESOLUCIÓN

PRIMERO.- Archivar el presente expediente sancionador número 195/12, incoado contra el señor Jorge Castillo Rosselló por haber procedido al pago de la sanción impuesta de 300,10.- euros el dia 22 de noviembre/12.

SEGUNDO.- Comunicar esta resolución al interesado a los efectos necesarios.

De acuerdo con lo que dispone el artículo 89.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se expresa que:

Contra el referido Decreto, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer el recurso de reposición que establece el artículo 108 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local núm. 7/1985, de 2 de abril, (texto modificado por la Ley 57/03, de medidas para la modernización del Gobierno Local, de 16 de diciembre), en relación al artículo 14.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas  Locales aprobado por RDL 2/2004 de 5 de marzo, ante el Sr. Alcalde, en el plazo de UN MES contado a partir del día siguiente al de la recepción del presente escrito.

El citado recurso se entenderá desestimado si transcurriera otro mes sin que se notifique su resolución.

Contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución desestimatoria, si fuera expreso. Si no lo fuera el plazo será de SEIS MESES contados a partir del día siguiente a aquel en que, el referido recurso de reposición se entenderá desestimado de forma presunta.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si lo cree conveniente.

Lo ordena y firma el Sr. Alcalde. Sr. Tomeu Oliver Palou.”

Lo que le comunico para su conocimiento y cumplimiento del mismo.”

 

Marratxí, 8 de febrero de 2013

El Alcalde
Tomeu Oliver Palou