Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 3247
Ejecución de Títulos Judiciales 0000328/2012
D/Dª FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000328 /2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JOSE PEDRO CAÑIBANO CALVO contra la empresa TALLERES Y COMPLEMENTOS DE AUTOMOCION SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
DECRETO
Secretario/a Judicial D/Dª FRANCISCA MARIA REUS BARCELO
En PALMA DE MALLORCA, a quince de Febrero de dos mil trece
PARTE DISPOSITIVA
En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:
Se decreta el embargo de bienes propiedad de la ejecutada TALLERES Y COMPLEMENTOS DE AUTOMOCION SL por un importe de 8825,12 euros, más 1765 euros calculados provisionalmente para costas e intereses.
Se decreta el embargo telemático sobre los ingresos que se produzcan en la c/c de las parte ejecutadas, así como de los saldos acreedores existentes en las cuentas corrientes en las entidades bancarias ; depósitos de ahorro o análogos y cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada, en los que la entidad bancaria actúe como depositaria o mera intermediaria, hasta cubrir el importe total del principal adeudado más intereses y costas calculadas. Líbrese la oportuna comunicación para la retención y transferencia de las indicadas cantidades y sucesivas que se abonen hasta cubrir el total importe a la cuenta de consignaciones de este Juzgado.
Asimismo requiérase la aportación del extracto de la cuenta corriente, de la cartilla u otros análogos que pudiera tener el ejecutado a la fecha.
No ha lugar a practicar el embargo del vehículo matrícula PM9813AW por tener éste mas de diez años y carecer de valor en el mercado.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a 15 de febrero 2013.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.