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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

VICEPRESIDENCIA ECONÓMICA, DE PROMOCIÓN EMPRESARIAL Y DE OCUPACIÓN

Núm. 3302
Notificación del acuerdo de inicio de expedientes sancionadores por infracción de la normativa en materia de comercio.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De acuerdo con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y dado que se ha intentado dos veces la notificación y no se ha podido efectuar, mediante este anuncio se notifica a las personas que se enumeran a continuación, que se ha dictado el acuerdo de inicio de expedientes sancionadores en materia de comerio.

Núm. exp.: DGC CM 1/2012

Presunto infractor: (datos personales ocultos)

Normativa infringida: art. 13.1 y 15.1 de la Ley 11/01, de 15 de junio

Cuantía de la sanción: 300.000,00 euros

 

Núm. exp.: DGC CM 2/2012

Presunto infractor: (datos personales ocultos) (datos personales ocultos)

Normativa infringida: art. 7.4 y 8.3 de la Ley 11/01, de 15 de junio

Cuantía de la sanción: 3.000,00 euros

 

Núm. exp.: DGC CM 4/2012

Presunto infractor: (datos personales ocultos)

Normativa infringida: art. 7.4 de la Ley 11/01, de 15 de junio

Cuantía de la sanción: 21.000,00 euros

 

Núm. exp.: DGC CM 5/2012

Presunto infractor: (datos personales ocultos)

Normativa infringida: art. 7.4 de la Ley 11/01, de 15 de junio

Cuantía de la sanción: 1.501,00 euros

 

Núm. exp.: DGC CM 6/2012

Presunto infractor: (datos personales ocultos)

Normativa infringida: art. 26.e) de la Ley 11/01, de 15 de junio

Cuantía de la sanción: 7.000,00 euros

 

Núm. exp.: DGC CM 9/2012

Presunto infractor: (datos personales ocultos)

Normativa infringida: art. 32.1 de la Ley 11/01, de 15 de junio

Cuantía de la sanción: 1.501,00 euros

 

Núm. exp.: DGC CM 11/2012

Presunto infractor: (datos personales ocultos)

Normativa infringida: art. 32.1 de la Ley 11/01, de 15 de junio

Cuantía de la sanción: 2.501,00 euros

Las personas interesadas disponen de un plazo de quince días hábiles, para ejercer su derecho a realizar las alegaciones que crean convenientes y a la audiencia en el procedimiento, así como a proponer pruebas durante el mismo plazo, especificando los medios de los que se pretendan valer, de acuerdo con el artículo 8.3 del Decreto 14/1994, 10 de febrero, por el que se aprueba el reglamento del procedimiento a seguir por la administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora.

En el supuesto de que no se hagan alegaciones sobre el contenido del acuerdo de inicio en el plazo antes mencionado, el inicio del procedimiento podrá considerarse propuesta de resolución siempre que contenga un pronunciamiento preciso sobre la responsabilidad imputada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.4 del Decreto mencionado en el apartado anterior.

En cualquier momento anterior a la resolución, si el interesado reconoce su responsabilidad, se podrá resolver el procedimiento con la imposición, sin más, de la sanción que proceda.

Los expedientes se hallan en la Dirección General de Comercio y Empresa (Plaça de Son Castelló, 1, 07009 Palma).

Órgano competente para resolver: el Vicepresidente Económico, de Promoción Empresarial y de Ocupación.

La instructora: Marta Vanrell Antón

 

Palma, a 20 de febrero de 2013

 

El Director General de Comercio y Empresa

César Nuño Pacheco Cifuentes