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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 3224
Publicación del. Convenio de colaboración entre el Consell Insular d’Eivissa, la Fundació de Promoció Turística d’Eivissa y l’Associació de Bars, Restaurants i Cafeteries de la PIMEEF para la implantación de un distintivo para la gastronomía de Eivissa

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Texto

De conformidad con lo previsto en el art. 8 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre, a continuación se hace público el siguiente Convenio núm. 87/12:

Convenio de colaboración entre el Consell Insular d’Eivissa, la Fundació de Promoció Turística d’Eivissa y l’Associació de Bars, Restaurants i Cafeteries de la PIMEEF para la  implantación de un distintivo para la gastronomía de Eivissa.

Partes

Antonio Marí Marí, consejero ejecutivo del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Caza y Cooperación Municipal, actuando en nombre y representación del Consell Insular d’Eivissa (en adelante CIE), en virtud de lo dispuesto en el art. 52.4 del Reglamento orgánico del Consell Insular en relación con el artículo 9 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consells insulars, y en virtud de lo que disponen los Decretos de Presidencia de 1 de julio de 2011 (BOIB nº 102 Ext., de 04-07-2011) de estructura del gobierno del Consell Insular d’Eivissa, creación de Departamentos y nombramiento de consejeros ejecutivos, y de 4 de julio de 2011 (BOIB nº 104, de 07-07-2011) de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular d’Eivissa.

Carmen Ferrer Torres, presidenta de la Fundació de Promoció Turística d’Eivissa, quien actúa en virtud de la delegación efectuada por Decreto de la Presidencia del Consell d’Eivissa de fecha 19 de julio de 2011 y en conformidad con las competencias atribuidas según lo que dispone el artículo 17 de los Estatutos de la mencionada Fundación, con CIF número G57409328 y domicilio en la avenida de España, 49, de la ciudad de Eivissa.

Joan Riera Ripoll, presidente de la Associació de Bars, Restaurants i Cafeteríes d’Eivissa i Formentera, con CIF G-07203623 y dirección en la avda. de España, 18-20, de la ciudad de Eivissa, nombrado en Asamblea General de la Asociación en fecha de 10-6-2011.

Antecedentes

I. La gastronomía de Eivissa es uno de los atractivos turísticos que puede ofrecer la isla a los visitantes y, además, por basarse en productos del sector primario, su promoción tiene repercusiones positivas sobre la oferta turística, el sector restaurador, el comercio y el sector primario y agroalimentario de Ibiza. Por estos motivos, el Consell Insular con la colaboración de la Fundació de Promoció Turística d’Eivissa han acordado crear un distintivo para identificar los establecimientos de restauración que apuestan por los productos y por los sabores tradicionales de Eivissa como base de su cocina, y difundir su conocimiento a través de la página web de esta Fundación.

II. La Ley 8/99, de 12 de abril, de atribución de competencias a los consells insulars de Menorca y de Eivissa y Formentera en materia de agricultura, ganadería, pesca y artesanía (BOIB núm. 51, de 24-04-99), en su artículo nº 2, I 2 apartado k, establece que los consells insulars mencionados podrán desarrollar en su ámbito territorial, entre otros, en materia de agricultura y ganadería, los consejos reguladores o cualquier tipo de protección territorial de productos agroalimentarios.

III. La Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de autonomía de las Islas Baleares establece en su artículo 70.12 como competencia propia del Consell Insular d’Eivissa la agricultura, la ganadería y la pesca; la calidad, la trazabilidad y las condiciones de los productos agrícolas y ganaderos y de los productos alimentarios que se deriven y, en consecuencia, en virtud de lo que se establece en su artículo 73, su fomento.

IV. La Fundació de Promoció Turística d’Eivissa, según el artículo número 4 de sus estatutos, tiene como objetivo el fomento de la promoción de la oferta turística de la isla de Eivissa en los mercados nacional e internacional, dentro del marco competencial de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares.

V. La generación de sinergias motiva el Consell Insular d’Eivissa y la Fundació de Promoció Turística d’Eivissa a implantar el distintivo que identificará los establecimientos de restauración que apuestan por los productos y por los sabores tradicionales d’Eivissa como base de su cocina, y a difundir su conocimiento a través de la página web de esta Fundación, con el apoyo de la Associació de Bars, Restaurants i Cafeteríes de la PIMEEF como entidad representativa del sector restaurador de Eivissa.

VI. Es voluntad de las tres entidades que intervienen colaborar con el objetivo de implantar el distintivo mencionado para identificar la gastronomía de Eivissa, con los objetivos de reforzar la imagen de la gastronomía de Eivissa por sus aspectos diferenciadores: los platos, los ingredientes y la tradición cultural, fomentar la gastronomía tradicional como atractivo turístico y como elemento identificativo de los ibicencos, así como establecer un nexo entre los productos identificativos del sector primario agrario y pesquero y el sector restaurador, para difundir su conocimiento y acompañar en su mejora.

Las tres partes nos reconocemos mutuamente la capacidad legal necesaria para formalizar este Convenio, de acuerdo con las siguientes

Cláusulas

1.Objeto

Este Convenio tiene por objeto establecer los términos y las condiciones de colaboración entre el Consell Insular d’Eivissa, la Fundació de Promoció Turística d’Eivissa y la Associació de Bars, Restaurants i Cafeteríes para implantar un distintivo para identificar la gastronomía de Eivissa.

2. Compromisos de las partes

Obligaciones del Consell Insular de Eivissa:

a) Colaborar en el control de las inscripciones de los establecimientos de restauración y del cumplimiento de los requisitos.

b) Actuar de nexo comunicación entre el sector productor primario y agroalimentario de Ibiza y el sector restaurador.

 

Obligaciones de la Associació de Bars, Restaurants i Cafeteríes:

a) La recogida de las inscripciones de los socios de la Asociación para el uso del distintivo y la posterior remisión a la Fundació de Promoció Turística d’Eivissa.

b) Actuar como interlocutor del sector restaurador y colaborar en la difusión y la organización de las actividades de promoción del distintivo de la gastronomía de Eivissa.

 

Obligaciones de la Fundació de Promoció Turística d’Eivissa:

a) La gestión del registro de los establecimientos de restauración inscritos para el uso del distintivo con la inscripción y la baja de los establecimientos que así lo soliciten o que no cumplan con los requisitos de uso.

b) La promoción de la campaña al portal web www.ibiza.travel con su adaptación para presentar de forma destacada información sobre la campaña así como introducir los datos de los restaurantes inscritos, y su mantenimiento y actualización en el tiempo.

3. Comisión de seguimiento

Cada una de las partes designará un mínimo de una persona para formar una comisión de seguimiento para asegurar la coordinación de los objetivos de este Convenio, acordar actuaciones de promoción y modificar los requisitos de uso del distintivo. La convocatoria podrá realizarse por la solicitud expresa de una de las partes.

4. Vigencia y extinción

Este Convenio será efectivo desde el día en que se firme y tendrá una duración indefinida excepto denuncia expresada por escrito por cualquiera de las partes firmantes.

Como muestra de conformidad, firmamos este Convenio en tres ejemplares.

Eivissa, 23 de octubre de 2012

 

Eivissa, 6 de febrero de 2013

La Secretaria Técnica de Cultura, Turismo y Agricultura
Conchita Rebollo Laserna