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AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA
Núm. 3207
Notificar resolución 74 del 2013, iniciar expediente para el mantenimiento de seguridad y salubridad de un solar.
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Que, no habiendo sido posible la práctica de la notificación al interesado que aparece en el expediente de orden de ejecución, incoado el 11 de febrero de 2013 (expt. 7971/2012 OE39/2012), y que se tramita en el Departament de Disciplina Urbanística de este ayuntamiento, por el presente edicto se notifica al Sr. (datos personales ocultos) la resolución de esta alcaldía del día señalado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 50.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común:
RESUELVO
PRIMERO.- Iniciar, de conformidad con lo que dispone el artículo 10 de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de Disciplina Urbanística, un expediente para mantener en las debidas condiciones de seguridad y salubridad el solar propiedad del Sr. (datos personales ocultos), situado en el paseo marítimo de la urbanización de Cap d’Artrutx , con referencia catastral (datos personales ocultos), el cual no se encuentra en las debidas condiciones de seguridad/salubridad al no tener un mantenimiento adecuado, tal y como indica el informe técnico de fecha 26 de septiembre de 2012. En este sentido, la actuación a realizar por el particular obligado seria la siguiente: se debe requerir al propietario que en un plazo de 1 mes lleve a cabo la construcción de la acera; habrá que aportar, una vez ejecutada la tarea ordenada, el comprobante del correcto tratamiento de los residuos de obra, de conformidad con el artículo 28 del PDS para la gestión de los residuos no peligrosos de Menorca.
SEGUNDO.- Otorgar al propietario del inmueble un plazo de 15 días hábiles para que pueda alegar lo que estime procedente y/o aportar los documentos y las justificaciones que considere oportunos.
TERCERO.- Advertir al mencionado propietario que, en caso de incumplimiento de la orden que en su caso se dicte, falta de presentación de la documentación exigida o realización de obras que no se ajusten a las determinaciones de la misma, se procederá a la ejecución subsidiaria a cargo de la propiedad respectiva, de acuerdo con lo que prevén el artículo 95 y siguientes de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, sin perjuicio de la incoación del procedimiento sancionador que pueda corresponder, el cual podrá acabar con la imposición de una sanción de hasta 3.000 euros, todo de conformidad con los artículos 33 y 36 y el anexo I de la Ordenanza municipal reguladora de la limpieza viaria de Ciutadella de Menorca.
De la misma manera, dado que, a juicio del órgano que suscribe el presente edicto, constan en este expediente datos que pueden lesionar los derechos e intereses legítimos de los interesados, como podrían ser los derechos que garantiza el art. 18 de la Constitución, es por lo que conforme al art. 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, la presente publicación se limita a una sucinta indicación del acto, emplazando a los interesados al Área de Urbanismo del Excmo. Ajuntament de Ciutadella de Menorca, situada en la plaza des Born, 7 2º, de 9 a 14 h, para que, si procede, procedan al conocimiento íntegro del mencionado acto.
En todo caso, la comparecencia deberá producirse en el plazo de 15 días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Butlletí Oficial de les Illes Balears. Transcurrido este plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales el día siguiente del vencimiento del plazo señalado.
Ciutadella de Menorca, 19 de febrero de 2013
El alcalde
José María de Sintas Zaforteza