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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE SA POBLA

Núm. 3197
Edicto decreto orden ejecucion Joana Serra Rodriguez

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D.GABRIEL SIERRA BARCELÓ ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SA POBLA, BALEARES, de acuerdo con las atribuciones que me confiere la vigente Ley de Régimen Local, y normativa concordante;

Visto el Decreto de Alcaldía de fecha 5 de octubre de 2012 por el que se iniciaba expediente en orden a adoptar las medidas necesarias para mantener el inmueble situado en la C / Traginers n. 21, de este término municipal, en las condiciones oportunas de seguridad y salubridad;

Vista que se ha acreditado en el expediente que dicho inmueble resulta ser propiedad de JUANA SERRA RODRIGUEZ.

Visto el informe de los servicios técnicos municipales de fecha 02/24/2011 y el Informe emitido por la Policía Local de fecha 06/05/2012, en el que se indica la necesidad de que se adopten, bajo dirección facultativa, las medidas cautelares y precautorias para garantizar la seguridad y salubridad de las personas y bienes, entre los que se recogen.

Visto el contenido del Decreto de Inicio del expediente de fecha 5 de octubre de 2012, notificado a JUANA SIERRA RODRIGUEZ mediante publicación en el BOIB de fecha 13/11/12, sin que haya realizado ningún tipo de alegaciones.

Haciendo uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

RESUELVO:

 

PRIMERO. - Ordenar, en virtud de lo previsto en el art. 19 de la Ley 6/1998, de 13 de abril, de régimen del suelo y valoraciones, y los arts. 10 y 11 de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de disciplina urbanística, a JUANA SERRA RODRIGUEZ propietario / a del inmueble situado en la calle Traginers n. 21, de este término municipal, el cual no se encuentra en las condiciones adecuadas de seguridad y salubridad en cuanto a los ELEMENTOS DE LA FACHADA QUE SUPONEN UN PELIGRO PARA LOS PEATONES Y tape los PORTALES Y VENTANAS PARA EVITAR LA ENTRADA A DENTRO, de De acuerdo con los informes esmesos, que en el plazo de 10 días realice, bajo la dirección de técnico competente, las obras siguientes: ASEGURAR LOS ELEMENTOS DE LA FACHADA QUE SUPONEN UN PELIGRO PARA LOS PEATONES Y tape los PORTALES Y VENTANAS PARA EVITAR LA ENTRADA DENTRO. Todo ello, sin perjuicio de que se aporte la documentación exigida por las Normas urbanísticas para las obras que se le ordenen, las cuales pueden comenzar inmediatamente con la previa comparecencia del técnico competente que las dirige. Igualmente, al haberse terminado las obras, se aportará un certificado emitido por el técnico / a director / a que acredite que éstas se han ejecutado conforme a la presente orden de ejecución.

SEGUNDO. - Advertir al citado propietario / a que, en caso de incumplimiento de la orden en el plazo fijado, falta de presentación de la documentación exigida o realización de obras que no se ajusten a las determinaciones de esta orden de ejecución, se impondrá una multa coercitiva o, en su caso, se ncoar un expediente sancionador, según lo previsto en el capítulo V del título III de la Ley de Disciplina Urbanística; previéndose, además, la ejecución subsidiaria a cargo de la propiedad respectiva, de acuerdo con lo previsto en los arts. 95 y ss. de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

TERCERO. - Dar traslado del presente decreto al interesado.

 

Sa Pobla, 28 de noviembre de 2012.

 

EL ALCALDE
Biel Serra Barcelo