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AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ
Núm. 3173
Exp 157-12 expediente sancionador medio ambiente
Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por supuesta infracción medioambiental y al haber intentado la notificación sin resultado positivo, por la presente notificación de la resolución se notifica al interesado INVERSIONES MOYCO, S.L de conformidad con lo que dispone el articulo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el escrito de fecha 5 de diciembre de 2012, que trascrito dice: “De conformidad con lo que dispone el artículo 192.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, le comunico que el Sr. Alcalde, en fecha 28 de noviembre de 2012, ha dictado la siguiente Resolución:
“ASUNTO: 16 SOLARES EN MALAS CONDICIONES EN SA VINYA DE SON VERI.
Marratxí, 5 de diciembre de 2012
Puesto que, la Celadora de Medio Ambiente de este Ayuntamiento, mediante escrito de fecha 21 de agosto de 2012, informa lo siguiente:
“Informe celadora de Medio Ambiente
Puesto que los días 06/07/12 y 09/07/12 el Área de Medio Ambiente de este Ayuntamiento intentó informar al propietario de 16 solares situados en la urbanización de Sa Vinya de Son Verí con referencias catastrales 6556401-02-03-04-05-06-07-08-09-10, 6558601-03-15-17-19, de les deficiencias que presenta.
Realizada visita de inspección en fecha de hoy, tengo a bien informar lo siguiente:
- Descripción de la deficiencia: solares cerrados ubicados en suelo urbano que se encuentran en malas condiciones de higiene y salubridad debido principalmente a la presencia de abundante vegetación.
Se observan algunas rejas caídas que dificultan el paso de los peatones por la acera.
- Medidas necesarias para subsanar las deficiencias: tal y como establece el artículo 18 de la Ordenanza municipal de protección del medio ambiente del 2 de septiembre de 2006: “Los propietarios de solares tendrán que mantenerlos en óptimas condiciones de higiene y salubridad. Asimismo tendrán que estar cerrados o vallados con una altura mínima de 1,80 metros y en cumplimiento de la normativa urbanística de aplicación vigente.”
Lo que emito para que conste y produzca los efectos que se consideren oportunos.”
Visto el artículo 18 de la Ordenanza municipal de Medio Ambiente, esta Alcaldía en uso a las atribuciones que le confiere la normativa vigente tiene a bien dictar la siguiente:
RESOLUCIÓN
1º Ordenar al INVERSIONES MOYCO, S.L propietario de los solares situados en Sa Vinya de Son Verí, a la limpieza de abundante vegetación. Además, algunas rejas caídas dificultan el paso de los peatones por la acera.
2º Conceder a INVERSIONES MOYCO, S.L un plazo de 30 días (treinta) para llevar a cabo la citada limpieza. Además, algunas rejas caídas dificultan el paso de los peatones por la acera.
3º Advertir a INVERSIONES MOYCO, S.L que, transcurrido el citado plazo, si no he ejecutado la orden de ejecución trascrita en el parágrafo 1º que encabeza esta Resolución, se procederá a la incoación del expediente sancionador, en la resolución del cual además de la imposición de la multa que sea procedente, si procede, se concederá un último e improrrogable plazo para la ejecución ordenada, que, si no se cumple se realizará por el mismo Ayuntamiento, a costa de INVERSIONES MOYCO, S.L, a través del procedimiento de ejecución subsidiaria regulado por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Lo que le comunico para su conocimiento y efectos.-
Lo manda y firma el Alcalde Sr. Tomeu Oliver Palou. Doy fe.”
Marratxí, 6 de febrero de 2013
El Alcalde,
Tomeu Oliver Palou