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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 13 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 2460
Procedimiento Ordinario 0002085/2009 Sobre Procedimiento Ordinario

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Texto

En el juicio referenciado, se ha dictado la Sentencia cuyo Fallo literal es el siguiente:

FALLO

Que debo ESTIMAR y ESTIMO parcialmente la demanda interpuesta por Doña. MARIA. DEL CARMEN GARCIA. BURGOS, representada por el Procurador de los Tribunales Doña Eulalia Arbona Niell, contra la entidad promotora ASSESSORAMENT I PROMOCIONS CASTELLITX, S.L., la entidad constructora NOVA PALMA ANTIGUA, S.A. y el arquitecto técnico Don OSCAR MENÉNDEZ VINENT, sin representación procesal rni defensa técnica, habiéndose declarado su situación de rebeldía procesal:

- DECLARANDO la existencia de los daños materiales por 1 defectos o vicios constructivos que afectan a los requisitos de habitabilidad exigidos en la LOE, que se contemplan en el informe pericial de Don JAUME BERNARDO OLIVER, que consta como Doc. Nº 6 de la demanda,

- CONDENANDO SOLIDARIAMENTE a la promotora ASSESSORAMENT I PROMOCIONS CASTELLITX, S.L., la entidad constructora NOVA PALMA ANTIGUA; S.A. y el arquitecto técnico Don OSCAR MENENDEZ VINENT “a llevar a cabo a su costa y expensas la total reparación de los daños existentes en la vivienda propiedad de Doña MARÍA DEL CARMEN GARCÍA BURGOS, adoptando y llevando a cabo todas las obras y trabajos técnicos necesarios así como la aportación de materiales que fueren necesarios”,

- CONDENANDO SOLIDARIAMENTE a ASSESSORAMENT I PROMOCIONS CASTELLITX, S.L., a 1a entidad constructora NOVA PALMA ANTIGUA, S.A. y el arquitecto técnico Don OSCAR MENENDEZ VINENT, a abonar a Doña MARIA DEL CARMEN GARCIA BURGOS la cantidad de 475,60 euros (CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO EUROS CON SESENTA CENTIMOS DE EURO), con los intereses procesales del artículo 576 LEC desde el día en que se dicta esta sentencia.

- ABSOLVIENDO del resto de lo peticionado.

Se condena en costas a .ASSESSORAMENT I PROMOCIONS CASTELLITX, S.L., la entidad constructora NOVA PALMA ANTIGUA, S.A. y el arquitecto técnico Don OSCAR MENENDEZ VINENT.

Se SOBRESEEN las actuaciones por desistimiento de la parte demandante frente al codemandado Doña CAROLINA MORALEDA OLIVAR.

Sin expresa condena en costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, y  que contra ella cabe interponer recurso de APELACION ante este Juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación, y para ante la Audiencia Provincial de Palma. Para la admisión a tramite del recurso de apelación deberá acreditarse haber consignado en la cuenta de la entidad bancaria Banesto de este Juzgado, el importe para recurrir en la cuantía de 50 euros, de conformidad con la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Líbrese testimonio de la presente sentencia que se unirá a los presentes autos, quedando el original en el libro de sentencias de este Juzgado.

Así, por esta mi Sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por Diligencia de Ordenación de fecha 1 de febrero de 2013, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, del Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto.

 

En PALMA DE MALLORCA a uno de Febrero de dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.