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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ

Núm. 3167
Exp 121-12 expediente sancionador medi ambiente

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por supuesta infracción medioambiental, y al haber intentado la notificación sin resultado positivo, por la presente notificación de resolución de expediente sancionador se notifica al interesado el Sr. Pau Romera Calvin de conformidad con lo que dispone  el articulo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el escrito de fecha 11 de abril de 2012, que trascrito dice: “De conformidad con lo que dispone el artículo 192.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, le comunico que el Sr. Alcalde, en fecha 11 de abril de 2012, ha dictado la siguiente Resolución:

Puesto que, en fecha 20 de septiembre/12, se dictó Resolución de la Alcaldía contra el señor PAU ROMERA CALVIN, referente a peleas de gallos el dia 19 de abril/12 a las 20:30 horas, imponiéndole una sanción de 3.000.-euros, calificando la citada infracción como GRAVE.

Visto el recurso de reposición presentado por el señor Romera con fecha de entrada 10 de diciembre/12 núm. 18986 y donde se comunica que no tiene nada ver con los hechos imputados.

Según el artículo 112 de la Ley 30/92 no se admitirán en la resolución de los recursos alegaciones, pruebas o documentos cuando habiéndose podido presentar en el plazo de alegaciones concedido no se haya hecho, asimismo se comprueba que no se ha presentado, en ningún momento, pruebas o documentación donde se pueda exculpar al señor Romera Calvin de los hechos que se le imputan.

Vistos los artículos 127 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Bases de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, artículos 13 y siguientes del Decreto Autonómico 10/1994, de 10 de febrero, antes citado, y atendiendo todo lo que se ha expuesto, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que le confiere la normativa vigente (art.5 del Decreto 10/1994) tiene a bien dictar la siguiente

RESOLUCION

1.- Atendiendo todo lo que se ha expuesto anteriormente, procede desestimar el recurso de reposición interpuesto por el Sr. Pau Romera Calvin, de conformidad con el artículo 112 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de bases de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

2.- Notificar el contenido de esta resolución a la interesada, en forma reglamentaria.

De acuerdo con lo que dispone el artículo 89.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se expresa que:

Contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de DOS MESES, contados desde el dia siguiente al de la notificación de la resolución desestimatoria, si fuera expreso. Si no lo fuera el plazo será de SEIS MESES contados a partir del dia siguiente a aquel en que, el referido recurso de reposición se entenderá desestimado de forma presunta.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si lo cree conveniente.

Lo ordena y firma el Sr. Alcalde. Sr. Tomeu Oliver Palou.”

Lo que le comunico para su conocimiento y efectos”

 

Marratxí, 5 de febrero de 2013

El Alcalde,
Tomeu Oliver Palou