Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE MANACOR
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 1 DE MANACOR
Núm. 2550
Procedimiento Ordinario 0001001/2010 Sobre Otras Materias
CELULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:ç
SENTENCIA
En Manacor, a 9 de noviembre de dos mil doce.
Vista por mí, Ángel Mateo Goizueta, el procedimiento seguido en este Juzgado como Juicio Ordinario Número 1001/2010 promovido por CHRISTIAN PIEPER Y URSULA CECILIA WOLFGANG MARIA PIEPER representados por procurador y defendidos por Letrado, contra HEREDEROS DE ANTONIO ALBERICH LLABERIA en situación de rebeldía procesal
FALLO
Que estimando la demanda formulada por la representación procesal de CHRISTIAN PIEPER Y URSULA CECILIA WOLFGANG MARIA PIEPER debo condenar y condeno a los HEREDEROS DE ANTONIO ALBERICH LLABERIA:
- A emitir declaración de voluntad de otorgamiento de escritura pública y en consecuencia de elevación a público del contrato privado de compraventa celebrado el 21 de Abril de 1981 entre CHRISTIAN PIEPER Y URSULA CECILIA WOLFGANG MARIA PIEPER y JUANS FONS FERRAGUT, actuando este en nombre y representación de ANTONIO ALBERICH LLABERIA, sobre la 1/5 indivisa de la finca 9.223 inscrita al tomo 3356, libro 103, folio 158 y 159 de Sant Llorenc de Cardassar, dividida en la actualidad en las fincas 12.119, 12.120, 12.121, 12.122, 12.123 y 12.124 a los folios 90 a 110 del tomo 3.978 libro 158 de Sant Llorenc de Cardassar, por tanto 1/5 parte de cada una de esas fincas, y para el caso de no verificarlo deberá sustituirse esa voluntad por la de este Juzgado otorgando dicha escritura pública.
Las costas devengaran en la forma estipulada en el funcionamiento jurídico tercero de esta resolución.
Notifíquese la presente sentencia a las partes.
Líbrese testimonio de la misma para su unión a la causa llevándose el original al libro de sentencias.
Esta resolución no es firme, y, contra la misma cabe interponer Recurso de Apelación (art. 455LEC2000) que se interpondrá en este Juzgado en el plazo de 20 DÍAS desde su notificación a las partes (art. 457LEC2000), siempre que previamente haya acreditado haber efectuado la consignación de cincuenta euros (50 euros) en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado de la entidad BANESTO.
Y como consecuencia del ignorado paradero de HEREDEROS DESCONOCIDOS DE ANTONIO ALBERICH LLABERIA, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
MANACOR a cuatro de Diciembre de dos mil doce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.