Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 2828
Ejecución de Títulos Judiciales 135/2010
Que en este JDO. DE LO SOCIAL N. 3 se tramita EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000135 /2010, a instancia de MIGUEL ANGEL ANDREU CREUS, DANIEL OFFERRALL MARTINEZ , PEDRO ANTONI ROSIQUE ALEMANY , JUAN JOSE PEREZ GUERRERO , PEDRO ROSIQUE ALEMANY , JOSE SERVERA CECILIA , ALFONSO SANZ REQUENA , contra MARIA DOLORES FERNANDEZ RODRIGUEZ, en el que por resolución de esta fecha se ha acordado sacar a pública subasta, los lotes de bienes / bienes que más abajo se dirán, señalándose para que tenga lugar en la Secretaría de este Juzgado el próximo día 8/3/2013 a las 10:00 y a las 10:30 horas, con las condiciones siguientes:
PRIMERO.- Que los licitadores, a excepción del ejecutante, para tomar parte en la subasta, deberán presentar resguardo acreditativo de haber depositado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este tribunal, o de haber prestado aval bancario, por el 20 por 100 del valor de tasación de los bienes objeto de la subasta, haciendo constar, en su caso, si se hace en nombre de tercero.
SEGUNDO.- Que podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado, desde el anuncio de la subasta hasta su celebración haciéndose el depósito al que se ha hecho mención anteriormente.
TERCERO.- Que podrá hacerse posturas superiores al 50 por 100 del avalúo, pero ofreciendo pagar a plazos con garantías suficientes, bancarias o hipotecarias, del precio del remate.
CUARTO.- Que no se podrá proceder a la inmediata aprobación del remate si la cantidad ofrecida no superare el 50 por 100 del valor de tasación, o siendo inferior, no cubriere, al menos la cantidad por la que se ha despachado ejecución, incluyendo la previsión para intereses y costas.
QUINTO.- Que únicamente el ejecutante o de los responsables legales solidarios o subsidiarios podrán concurrir reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero, pudiendo tomar parte en la subasta, sólo cuando existan licitadores, mejorando las posturas que se hicieren.
SEXTO.- En caso de que la subasta quede desierta, sólo el ejecutante o en su defecto, los responsables legales solidarios o subsidiarios, el derecho a adjudicarse el bien por el 30 por ciento del avalúo del bien
SÉPTIMO.- Para el supuesto en que la notificación del señalamiento al ejecutado resultare negativa por encontrarse en ignorado paradero, sirva el presente de notificación edictal.
BIENES QUE SE SACAN A SUBASTA Y VALOR:
VEHÍCULO CON MATRÍCULA 6300 FHZ, valorado en 8.900 euros.
VEHÍCULO CON MATRÍCULA 7520 DVF, VALORADO EN 8.300 EUROS.
Dado en PALMA DE MALLORCA, a cuatro de Febrero de dos mil trece.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL,