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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALAIOR

Núm. 2977
Elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la disolución y liquidación del Consorcio del Pati de Sa Lluna, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 47.2 de la Ley 20/2006 de 15 de diciembre, Municipal y de Règimen Local de las Islas Balears

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Texto

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la disolución y liquidación del Consorcio del Pati de Sa Lluna, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 47.2 de la Ley 20/2006 de 15 de diciembre, Municipal y de Règimen Local de las Islas Balears

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer, alternativamente, recurso de reposición potestativo, en el plazo de una mes a contar desde el día siguiente de la recepción de esta notificación, ante la alcaldía de este Ayuntamiento de Alaior, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimento administrativo común o bien recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio de la jurisdicción contenciosa administrativa.

Si optase por interponer el recurso de reposición potestativo, no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquel no se haya resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo esto sin perjuicio que pueda interponer cualquier otro recurso que pueda estimar más conveniente a su derecho.

  

En Alaior, a 13 / febrer / 2013.

Batlessa,
Misericordia Sugrañes Barenys.