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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 2955
Sanidad - Notificación de resolución de expedientes sancionadores incoados por infracciones a la Ordenanza municipal para la inserción de los animales de compañía a la sociedad urbana

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por no haberse podido realizar las preceptivas notificaciones en los domicilios que constan  en los expedientes relacionados, no haber contestado a los avisos dejados y no tener otros donde llevarlas a cabo, por  el presente edicto se comunica que,  en relación a los expedientes que se instruyen en el Servicio de Sanidad de la Secretaría General de este Excmo. Ayuntamiento, como consecuencia de las denuncias formuladas por la  Inspección por infracciones a la Ordenanza Municipal para la Inserción de Animales de Compañía en la Sociedad Urbana (B.O.I.B. nº 93, de 27-06-2009), y/o Decreto 56/94 de 13 de marzo, Conselleria de Agricultura y Pesca (BOIB nº 65, de 28/05/94), i/o Ley 50/1999 de 23 de diciembre , sobre régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos,  habida cuenta que no se han presentado alegaciones a la  propuesta de resolución de éstos, o si se han presentado, éstas no desvirtúan el hecho imputado, la  Regidora del área delegada de Sanidad y Consumo , por delegación de la Junta de Gobierno de Palma de fecha 21-12-2011 (BOIB núm. 5, de 12-1-2012), haciendo uso de la potestad sancionadora atribuida legalmente, ha dispuesto imponer las siguientes sanciones:

- Tener un perro suelto incumpliendo lo que establece el articulo 54 de la OOMM para la Inserción de los Animales de Compañía a la Sociedad Urbana y/o art 47 Decreto 56/94 de 13 de marzo, Conselleria de Agricultura y Pesca (BOIB nº 65, de 28/05/94):

Exp.: 62/12 Zoe Cazzola, X6940230A, sanción de multa en cuantía 180 euros.

Exp.: 620/12 Mónica Fernández Romero, 43106449X, sanción de multa en cuantía 120 euros.

Exp.: 744/12 Daniel Yarce Alvarez, X7893827C, sanción de multa en cuantía 150 euros.

Exp.: 725/12 María del Mar García González, 43044071P, sanción de multa  cuantía 150 euros.

-Acceso de un perro a una playa, incumpliendo lo establecido en el art. 60 de la OOMM para la Inserción de los Animales de Compañía a la Sociedad Urbana, :

Exp.: 578/12 Antonio Paloma Ametler, 41499185D, sanción de multa en cuantia 160 euros.

Exp.: 637/12 María Cristina Bas Más, 74181773B, sanción de multa en cuantia 90 euros.

-Tener un perro sin cartilla sanitaria, incumpliendo lo establecido en el art.  22 decreto 56/94 13 de mayo Conselleria Agricultura y Pesca (BOCAIB 65, 28-05-1994) y/o art. 54 de la OOMM para la Inserción de los Animales de Compañía a la Sociedad Urbana:

Exp.: 412/12 Miguel Tomás Romero, 42959230Z, sanción de multa en cuantia 80 euros.

Exp.: 690/12 Poza Yanenko, X5438726P,  sanción de multa en cuantia 100 euros.

-Irrogar molestias por contaminación sonora ambiental producida por ladridos de perro, art. 43 Decreto 56/1994, y/o art 41 y 46 de la OOMM para la Inserción de los Animales de Compañía a la Sociedad Urbana:

Exp.: 411/12  Miguel Tomás Romero, 42959230Z, sanción de multa en cuantia 90 euros.

Exp.: 568/12 Carolina Rodríguez Pfefferkorn, 43094055J, sanción de multa cuantia 180 euros.

Exp.: 775/12 Víctor José Cozar García de Quirós, 43123955J,sanción multa cuantia 200 euros.

Exp.: 748/12 Noemí García Medina, 43187191E, sanción de multa en cuantia 180 euros.

-Abandonar excrementos de perro en vía o espacio público, incumpliendo lo establecido en el art. 68 de la OOMM para la Inserción de los Animales de Compañía a la Sociedad Urbana:

Exp.: 615/12 Rafael Cortés Cladera 43208810K, sanción de multa en cuantía 500 euros.

-Tener un canino en el interior de un vehículo estacionado, sin la temperatura adecuada, incumpliendo lo establecido en el art.  52 decreto 56/94 13 de mayo Conselleria Agricultura y Pesca (BOCAIB 65, 28-05-1994) i/o art 65 inciso 2 de la OOMM para la Inserción de los Animales de Compañía a la Sociedad Urbana:

Exp.: 599/12 Nicolás Balle Sastre, 41369319R, sanción de multa en cuantía 120 euros.

-No formalizar el cambio de propietario de un canino en el Registro de Identificación de Animales de Compañía de las Islas Baleares, incumpliento lo establecido en el art. 23 y 24 decreto 56/94 13 de mayo Conselleria Agricultura y Pesca (BOCAIB 65, 28-05-1994):

Exp.: 649/12 Franciso Moliné Adrover, 43058029M, sanción de multa en cuantía 90 euros.

-Tener un perro, raza potencialmente peligrosa, sin identificar mediante microchip, incumpliendo lo que establece el art 13-2º b), de la Ley 50/1999 sobre el régimen jurídico de la  tenencia de animales potencialmente peligrosos (BOE núm 307, de 24/12/1999):

Exp.: 703/12 Alberto Duque Muñiz, 53281203R, sanción de multa en cuantia 500 euros.

-Tener un perro, raza potencialmente peligrosa, por via o espacio público, sin sujetar con cadena, incumpliendo lo que establece el art 13-2º a), de la Ley 50/1999 sobre el régimen jurídico de la  tenencia de animales potencialmente peligrosos (BOE núm 307, de 24/12/1999):

Exp.: 646/12, José Antonio García Saa, 43062963T, sanción de multa en cuantia 2000 euros.

Exp.: 473/12 Francisco David Jordán Roca, 43166625H, sanción de multa cuantia 2000 euros.

Exp.: 517/12 José Antonio García Saa, 43062693T, sanción de multa en cuantia 1500 euros.

-No llevar consigo la licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, de un perro raza potencialmente peligrosa,  incumpliendo lo establecido en el artículo 8, 1º y anexo I Real Decreto  287/2002 de 22 de marzo, reglamento Ley 50/1999 sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos (BOE núm 74, de 27/03/2002):

Exp.: 702/12 Alberto Duque Muñiz, 53281203R, sanció de multa en quantia 200 euros.

Exp.: 418/12 Luís Campos Suárez, 46396103C, sanció de multa en quantia 225 euros.

- Tener un perro, raza potencialmente peligrosa, sin licencia, incumpliendo lo que establece el art 3 y 13, 1º B, de la Ley 50/1999 sobre el régimen jurídico de la  tenencia de animales potencialmente peligrosos (BOE núm 307, de 24/12/1999) en relación art 2, 1º y anexo I Real Decreto  287/2002 de 22 de marzo:

Exp.: 538/12 Ismael Zammar Gracia, 30950750H, sanción de multa en cuantia 5000 euros.

Exp.: 516/12 José Antonio García Saa, 43062693T, sanción de multa en cuantia 5000 euros.

Exp.: 463/12 Isabel Moreno López, 14630940L, sanción de multa en cuantia 5000 euros.

Exp.: 572/12 Juan Pedro Cladera Barceló, 43148326G, sanción de multa en cuantia 5000 euros.

Exp.: 644/12 José Antonio García Saa, 43062693T, sanción de multa en cuantia 5000 euros.

Exp.: 657/12 Antonio Valle Martí, 34066730G, sanción de multa en cuantia 2600 euros.

- Tener un perro, raza potencialmente peligrosa, por via o espacio público, sin bozal, incumpliendo lo que establece el art 13-2º d), de la Ley 50/1999 sobre el régimen jurídico de la  tenencia de animales potencialmente peligrosos (BOE núm 307, de 24/12/1999):

Exp.: 581/12 Diego Federico Villareal Blanco, 43463212C sanción de multa cuantia 500 euros.

Exp.: 401/12 Liliana Mabel Vila Brañeiro, 43229723G, sanción multa en cuantia 1200 euros.

Exp.: 656/12 Antonio Valle Martín, 34066730G, sanción de multa en cuantia 500 euros.

Exp.: 474/12 Francisco David Jordan Roca, 43166625H,  sanción de multa cuantia 2000 euros.

Exp.: 645/12 José Antonio Garcia Saa, 43062693T, sanción de multa en cuantia 1500 euros.

El importe de estas multas debe hacerse efectivo, en período voluntario, en el plazo de quince días contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto, en el  Servicio de Recaudación, sito en la Pl. Sta. Eulalia, 9.

Contra este resolución, que agota la vía administrativa,, cabe interponer el recurso de reposición  ante el mismo órgano que la ha dictado,  conforme a lo establecido en el artículo 116  de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen  Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 e enero. El plazo para interponerlo es de un mes, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente edicto. En este caso, no se pondrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.

El recurso potestativo de reposición  deberá presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que hace referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su presentación. En este caso quedará abierta la vía contencioso-administrativa, todo ello sin perjuicio de la utilización de cualquier otro recurso o acción que se considere pertinente.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición , se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, conforme a lo establecido en el artículos 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, ante el Juzgado contencioso-administrativo , el plazo de dos meses, contados desde el siguiente al de la publicación del presente edicto,  esto sin perjuicio de  cualquier otro recurso o acción que considere conveniente. La interposición de recurso no paraliza la vía de apremio, salvo se garantice el pago de la multa. Se ha ce público en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 4º del artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

Palma, 12 de febrero de  2013

La jefe de departamento
Rosa Llinàs Bosch