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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 2543
Recurso de Suplicación 323/2012

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Texto

Cédula de notificación de sentencia

     En las actuaciones núm. 323/2012, de referencias en el encabezamiento, seguidas ante la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, dimanante de los autos de instancia Nº 1575/10 del Juzgado de lo Social Nº 4  de Palma de Mallorca, promovidos por D. William Andrés Severi, contra YELLOW COMPANY, CENTRO APUESTAS PUSECA, S.L., HARDWARE 2010, S.L., sobre Sucesión de Empresas, con fecha 19 de octubre de dos mil doce se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

“Se estima el recurso de suplicación que formula D. Wiliam Andrés Severi contra la sentencia dictada el día 2 de mayo de 2011 por el juzgado de lo social núm. 4 de los de esta ciudad en los autos 1575/2010, cuyo fallo se modifica en el particular relativo a los salarios de tramitación que se deja sin efecto y en su lugar se condena a la empresa Yellow Company Developements 2009 S.L. al pago de los salarios de tramitación devengados desde el 21 de noviembre de 2010.

     Notifíquese la presente sentencia a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares.

ADVERTENCIAS LEGALES

Contra esta sentencia cabe RECURSO DE CASACION PARA LA UNIFICACION DE DOCTRINA ante la Sala IV de lo Social del Tribunal Supremo, que necesariamente deberá prepararse por escrito firmado por abogado dirigido a esta Sala de lo Social y presentado dentro de los DIEZ DIAS hábiles siguientes al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 218 y 220 y cuya forma y contenido deberá adecuarse a los requisitos determinados en el artº. 221 y con las prevenciones determinadas en los artículos 229 y 230 de la Ley 36/11 Reguladora de la Jurisdicción Social.“

     Y para que sirva de notificación y advertencia en forma a HARDWARE 2010, S.L., hoy en ignorado paradero, se expide el presente edicto en PALMA DE MALLORCA, a 11 de diciembre de dos mil doce.

EL SECRETARIO JUDICIAL