Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA
Núm. 2913
Regulació de situacions que afecten als empleats públics de l’Ajuntament de Son Servera, en casos d’absència motivada per malaltia o accident i que no donen lloc a situació d’incapacitat temporal.
José Barrientos Ruiz, alcalde presidente del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears), ha resuelto mediante el decreto de Alcaldía núm. 243/2013, de dia 8 de febrero, lo siguiente:
Asunto: regulación de situaciones que afectan a los empleados públicos del Ajuntament de Son Servera, en casos de ausencia motivada por enfermedad o accidente y que no dan lugar a situación de incapacidad temporal.
Dado lo dispuesto en el artículo 3 de la Orden HAP/2802/2012 de 28 de diciembre, por la que se desarrolla para la Administración del Estado y los organismos y entidades de derecho público dependientes de la misma, el previsto en la disposición adicional 38 de la Ley 17/2012 de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, en materia de ausencias por enfermedad o accidente que den lugar a incapacidad temporal, que literalmente dice:
"Artículo 3 Días de ausencia sin deducción de retribuciones
El descuento en nómina regulado en el artículo anterior no será de aplicación a cuatro días de ausencia a lo largo del año natural, de las cuales sólo tres podrán tener lugar en días consecutivos, siempre que estén motivadas en enfermedad o accidente, y no den lugar a incapacidad temporal. Esto exigirá la justificación de la ausencia en los términos estaberts en las normas reguladoras de la jornada y el horario de aplicación en cada ámbito "
Vista el acta de la mesa de negociación conjunta del convenio de personal funcionario y laboral del jueves, de día 11 de enero de 2013, aprobada en fecha 08 de febrero de 2013, a la que lo consta la intervención que a continuación se transcribe:
"Lectura y aprobación del acta anterior (14 de diciembre de 2012)
"...
En este punto, sin seguir el orden del día, Natalia Troya comunica a los trabajadores que el Ajuntament de Son Servera acoge a la Orden HAP/2802/2012 de 28 de diciembre, que, según explica, posibilita a los trabajadores que hasta 4 días al año (máximo 3 consecutivos), y en caso de indisposición leve, puedan no ir a trabajar, con la presentación de un justificante del médico que justifique la imposibilidad del trabajador de ir a trabajar por motivos de salud, sin que se les descuente el 50% del salario correspondiente a los días de indisposición tal y como prevé el Real Decreto-ley 20/2012 de 13 de julio. Guillem Balaguer, Antonia Lechón y Roser Rojo argumentan que el médico no hace justificantes de imposibilidad de ir a trabajar sin que sea una baja, a lo que Natalia Troya responde que idó se justifique sólo la asistencia al médico.
De hecho, tal y como se transcribe el artículo 3 de la Orden HAP/2802/2012 de 28 de diciembre, por la que se desarrolla para la Administración del Estado y los organismos y entidades de derecho público dependientes de la misma, lo previsto en la disposición adicional 38 de la Ley 17/2012 de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, en materia de ausencias por enfermedad o accidente que den lugar a incapacidad temporal.
Artículo 3 Días de ausencia sin deducción de retribuciones
El descuento en nómina regulado en el artículo anterior no será de aplicación a cuatro días de ausencia a lo largo del año natural, de las cuales sólo tres podrán tener lugar en días consecutivos, siempre que estén motivadas en enfermedad o accidente, y no den lugar a incapacidad temporal. Esto exigirá la justificación de la ausencia en los términos estaberts en las normas reguladoras de la jornada y el horario de aplicación en cada ámbito ".
De acuerdo con lo previsto en la legislación vigente en materia de personal, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y el el artículo 41.14, apartado d), del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de Régimen Jurídico de las Entidades locales, así como al resto de normativa aplicable vigente en materia de régimen local,
RESUELVO
Primero. - Aprobar la regulación en el ámbito de esta Administración Local de las situaciones que afectan a los empleados públicos del Ayuntamiento de Son Servera, en casos de ausencia motivada por enfermedad o accidente y que no dan lugar a situación de incapacidad temporal, estableciendo el siguiente acuerdo, en el mismo sentido como se expuso en el acta de la mesa de negociación conjunta del convenio de personal funcionario y laboral del jueves, de día 11 de enero de 2013, aprobada en fecha 08 de febrero de 2013, y que es el que a continuación se transcribe:
Días de ausencia sin deducción de retribuciones
El descuento en nómina regulado en el artículo 2 de la Orden HAP/2802/2012 de 28 de diciembre, por la que se desarrolla para la Administración del Estado y los organismos y entidades de derecho público dependientes de la misma nO será de aplicación a cuatro días de ausencia a lo largo del año natural, de las cuales sólo tres podrán tener lugar en días consecutivos, siempre que estén motivadas en enfermedad o accidente, y no den lugar a incapacidad temporal. Esto exigirá la justificación de la ausencia en los términos establecidos en las normas reguladoras de la jornada y el horario de aplicación en cada ámbito
Segundo. - Someter el presente acuerdo a la ratificación del Pleno del Ayuntamiento de Son Servera, en la próxima sesión que se celebre.
Tercero. - Notificar el presente acuerdo a los representantes de personal funcionario y los de personal laboral, y dar traslado al departamento de Personal y al departamento de Intervención, para su conocimiento y efectos.
Cuarto. - Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Son Servera, 11 de febrero de 2013
El alcalde presidente
José Barrientos Ruiz