Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 8 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 2657
Juicio Verbal 0000382/2012
D./Dª. CATALINA MARÍA PIERAS SUREDA , Secretario/a Judicial, delJDO. PRIMERA INSTANCIA N. 8 de PALMA DE MALLORCA, por el presente,
ANUNCIO:
En el presente procedimiento seguido a instancia de ELFRIEDE MANDL frente a SONJA KARIN SCHWEITZER se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA
En Palma de Mallorca a nueve de enero del año dos mil doce.
Vistos por Dª. CLARA BESA RECASENS, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia num. Ocho de esta Ciudad y su Partido Judicial, los autos seguidos en el Juicio Verbal num:382/2012, promovido por ELFRIEDE MANDL como parte actora, representada por Dº. Francisco Arbona Casasnovas, asistido pro Letrado Dº. Fernando Tapia Castillo , en ejercicio de una acción de indemnización por vicios ocultos , dirigida contra el demandado, KADUR AZAR, declarado en situación de rebeldía procesal .
FALLO
ESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda presentada por ELFRIEDE MANDL, representada pro el Procurador de los Tribunales Dº. Francisco Arbona Casasnovas y asistido del Letrado Dº. Fernando Tapia Castillo, dirigida contra SONJA KARIN SCHWEITZER, declarado en situación de rebeldía procesal, acordando los siguientes pronunciamientos.
1º) Se declara que el apartamento num. 403, bloque A, edificio Bel Air del Parque residencial Silver Point, sito en la calle Torrente num. 4 de la Urbanización Porto Portal, adolecía de los vicios ocultos y defectos relacionados por el perito Arquitecto Dº.Luis Garcia Anaya, al tiempo de suscribir la compraventa entre la actora Dª Elfriede Mandl como parte compradora y Dª Sonja Karim Schweizter como parte vendedora.
2º) Se declara que el coste de la reparación de dichas deficiencias y vicios ocultos, asciende a cinco mil setecientos setenta y cinco euros y catorce céntimos( 5775,14€) .
3º) Se condena a la demandada Dª. Sonja Karin Schwheitzer a pagar a la actora el importe de cinco mil setecientos setenta y cinco euros y catorce céntimos ( 5775,14€), en concepto de disminución del precio o indemnización .
4º) Se condena a la demandada al pago de las costas causadas.
Así por esta mi sentencia , la pronuncio , mando y firmo.
MAGISTRADO-JUEZ
Modo de Impugnación: Notifíquese a las partes la presente resolución, informándolas que contra esta sentencia cabe recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación, que se interpondrá ante este órgano judicial.
Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J., para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 50 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente.
El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el BANESTO, en la cuenta de este expediente , indicando en el campo ‘concepto’ la indicación ‘Recurso’ seguida del código ‘02 Civil-Apelación’.
Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio la indicación ‘recurso’ seguida del código ‘02 Civil-Apelación’.
En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.
DILIGENCIA.- Leída y Publicada la anterior resolución en el día de la fecha . Doy Fe.
Y encontrándose dicho demandado, SONJA KARIN SCHWEITZER, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
PALMA DE MALLORCA a diez de Enero de dos mil trece.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.