Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE EIVISSA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 3 DE EIVISSA
Núm. 2419
Juicio Verbal 0000419/2011 Sobre Otras Materias
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA:
En Ibiza a veintiséis de septiembre de dos mil doce.
Vistos por mí SERGIO GONZÁLEZ MALABIA, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Ibiza, los presentes autos de Juicio Verbal 419/2.011, sobre reclamación de cantidad, seguidos a instancias de GENERALI ESPAÑA, SA, representada por el Procurador de los Tribunales Sra. Roig Domínguez con asistencia Letrada a cargo del Letrado Sr. Pedro Coll Pons, contra UNIVERSAL ASISTENCIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Vall Cava de Llano y asistida del Letrado Sr. Mariano Ramón Suñer, y contra CONSTANTIN MUNTEANU, declarado en situación procesal de rebeldía; vengo a resolver sobre la base de los siguientes:.- ANTECEDENTES DE HECHO.- FUNDAMENTOS DE DERECHO.- FALLO.-
FALLO
ESTIMO la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Sra. Roig Domínguez en nombre y representación de GENERALI ESPAÑA, SA, contra CONSTANTIN MUNTEANU y UNIVERSAL ASISTENCIA DE SEGUROS Y REASEGUROS y, en consecuencia, CONDENO solidariamente a los demandados a abonar a la actora la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA EUROS (3.540 euros), más los intereses legales correspondientes, con condena en costas a la parte demandada.
Notifíquese la presente sentencia a las partes, contra la que cabe formular recurso de apelación conforme a lo previsto por el artículo 455 LEC, a interponer conforme a lo previsto por los art. 458 y ss LEC, previa consignación del preceptivo depósito para recurrir en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado.
Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero de CONSTANTIN MUNTEANU, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
IBIZA/EIVISSA a treinta y uno de Enero de dos mil trece.
LA SECRETARIA JUDICAL.