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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 2692
Disciplina y seguridad de los edificios-ite multas. Notificación del Decreto de resolución del recurso de reposición ITM 2011/1339-0002
Como consecuencia del expediente ITM 2011/1340-0002 referente a la Inspección técnica de Edificios, y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a Sabater Tous Juan, de conformidad con el Art. 59-4 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, que transcrito dice:
Le notifico que por Decreto del Presidente del Consejo de Gerencia de Urbanismo con núm. 21656 en fecha 05/12/2012 ha dictado lo siguiente:
I. Visto que por Decreto del Presidente del Consejo de Gerencia de Urbanismo núm. 17387 de 22 de septiembre de 2011, se impuso multa coercitiva a los propietarios del inmueble ubicado en la CE Málaga, 10, con RC 1615606DD7811F como consecuencia del incumplimiento de los deberes de conservación de los inmuebles establecidos en la ordenanza Municipal de Inspección Técnica de Edificios (BOIB nº 185-Ext, 31.12.2008) por no haber presentado el informe de ITE del citado inmueble en el plazo correspondiente.
II. Visto el recurso de reposición presentado en fecha de 08 de noviembre de 2012 y núm. de documento 235.878 por el Sr. Rafael Morales García, con DNI 41401181-P, como copropietario del inmueble situado en la CE Málaga, 10 contra el Decreto de imposición de multa coercitiva de fecha 22 de septiembre de 2011 donde se solicita que le sea retirada la multa.
III. Visto el informe emitido por la TAG del Servicio de ITE en fecha 30 de noviembre de 2012, que se transcribe en la parte dispositiva de este decreto.
Teniendo en cuenta la normativa de aplicación, art. 9.1 del Texto Refundido de la ley del suelo, aprobado por R.D. legislativo 2/2008, de 20 de junio, artículos 10 y 11 de la ley 10/1990 de disciplina urbanística de la CAIB, artículos 83 y 84 de la ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma de Mallorca, artículo 84 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 31, 42 y 93 y ss. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ordenanza municipal de inspección técnica de edificios publicada en el BOIB núm. 185, 31 de diciembre de 2008, y artículos 4.2-j) y 12-b) del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo y otra normativa aplicable, cabe formular propuesta para la aprobación del siguiente,
Decreto
1º) Estimar el recurso de reposición interpuesto en fecha de 08 de noviembre de 2012 por el Sr. Rafael Morales García, con DNI 41401181-P, como copropietario del inmueble situado en la CE Málaga, 10 contra el Decreto núm. 17387 de fecha 22 de septiembre de 2011, visto lo que dispone el informe de la TAG de fecha 30 de noviembre de 2012, que transcrito dice:
“(...) INFORMA
A. El Sr. Morales García presenta un escrito una vez recibida la notificación de imposición de multa coercitiva y solicita que se paralice el procedimiento de multa por no haberse llevado a cabo el aviso previo a la multa. Una vez vista la tramitación del citado expediente ITM 2011/1339 se constata que en el procedimiento de imposición de la multa coercitiva ha faltado la advertencia previa al acto administrativo de resolución que se prevé como trámite legal pertinente y el acto de imposición de la multa se puede declarar nulo de pleno derecho.
En consecuencia los hechos alegados y la buena fe de la recurrente desvirtúan las circunstancias derivadas de la no presentación del informe de ITE en este ayuntamiento. Así y todo, se advierte de la obligación de los propietarios de la presentación del informe de ITE en el plazo de 3 meses, sin perjuicio de que en caso de incumplimiento puede dar lugar a la imposición de la citada multa coercitiva.”
2º) Anular las multas coercitivas a los propietarios del inmueble ubicado en C/ Málaga, 10, Sr. Rafael Morales García, Sra. Ramona Arcas Arcas y Juan Sabater Tous impuesta por Decreto del Presidente del Consejo de Gerencia de Urbanismo núm. 17387 de fecha 22 de septiembre de 2011.
3º) Advertir al Sr. Rafael Morales García, Sra. Ramona Arcas Arcas y Sr. Juan Sabater Tous, de la exigencia de presentación del informe de ITE en el plazo de 3 meses, sin perjuicio de que en caso de incumplimiento se le podrá imponer una multa coercitiva de acuerdo con la O.M.
4º) Dar cuenta al Departamento Financiero.
5º) Notificar el presente decreto a los interesados.”
Lo que le comunico a los efectos oportunos. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso administrativo de acuerdo con los arts. 109 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, art. 52 de la Ley 7 / 85, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, y 45 y siguientes de la ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación del presente edicto, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que considere pertinente
Cualquier documentación o escrito debe presentarse en cualquiera de las oficinas de Atención a la Ciudadanía en: OAC Cort en plaza de Santa Eulàlia, 9, 07001, tfn 971225971; OAC Sant Ferran en avenida Sant Ferran 42, 07013, edificio Policía Local, tfn 971225511; OAC Avingudes en avenida Gabriel Alomar, 18, 07006, edificio Avingudes, tfn 971225900; OAC Pere Garau en calle Pere Llobera 9, 07007, tfn 971225900; OAC S’escorxador en calle Emperadriu Eugènia, 6, 07010, 971201362; OAC Son Ferriol en avenida del Cid 8, 07198, 971426209; OAC Sant Agusti en calle de Margaluz 30, 07015, 971708733; OAC S'Arenal en avenida América, 11, 07600, 971225891; mediante instancia dirigida al Ajuntament de Palma, donde ha de hacer constar el número de expediente. Horario de atención al Público para todas las OAC, todo el año: 8.30 h a 14.00 h de lunes a viernes. Horario ampliado de octubre a mayo: 8.30 h a 17 h de lunes a jueves únicamente en la OAC de Avingudes. Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h en Pza. Santa Eulàlia 9 (sólo registro).
Palma, 24 de enero de 2013
La cap de departament
P.d. Decret de batlia de l’Àrea d’Urbanisme i Habitatge núm. 22906, de 01/12/2011 (BOIB núm. 187, de 15/12/2011)
Elvira Salvá Armengod