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AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ
Núm. 2653
Exp 159-12 expediente sancionador medio ambiente
Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por supuesta infracción medioambiental y al haber intentado la notificación sin resultado positivo, por la presente notificación de la resolución se notifica a la interesada la SRA. FRANCISCA ESTHER CARBONELL THOMAS de conformidad con lo que dispone el articulo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el escrito de fecha 11 de diciembre de 2012, que trascrito dice: “De conformitat amb el que es disposa a l’article 192.2 del Reglament d’Organització, Funcionament i Règim Jurídic de les Entitats Locals, li comunico que el Sr. Batle, en data 11 de diciembre de 2012 ha dictat la següent Resolució :
ASUNTO: SOLAR CERRADO EN MALAS CONDICIONES EN LA CALLE PERE NIÇARD, 49 DE SA VINYA DE SON VERI.
Marratxí, 11 de diciembre de 2012
Puesto que, la Celadora de Medio Ambiente de este Ayuntamiento, mediante escrito de fecha 21 de agosto de 2012, informa lo siguiente:
“Informe celadora de Medio Ambiente
“Puesto que los días 9/07/12 y 10/07/12 el Área de Medio Ambiente de este Ayuntamiento intentó informar al propietario de un solar situado en la calle de Pere Niçard, 49 de la urbanización de Sa Vinya de Son Verí, con referencia catastral 6357210DD7865N0001FS, de las deficiencias que presenta.
Realizada visita de inspección a fecha de hoy, tengo a bien informar lo siguiente:
-Descripción de la deficiencia: solar cerrado ubicado en suelo urbano que se encuentra en malas condiciones de higiene y salubridad debido principalmente a la presencia de abundante vegetación seca.
-Medidas necesarias para subsanar las deficiencias: tal como establece el artículo 18 de la Ordenanza Municipal de Protección del Medio Ambiente, de 2 de septiembre de 2006, “Los propietarios de solares tendrán que mantenerlos en óptimas condiciones de higiene y salubridad. Asimismo tendrán que estar cerrados o vallados con una altura mínima de 1,80 metros y en cumplimiento de la normativa urbanística de aplicación vigente”.”
Lo que emito para que conste y produzca los efectos que se consideren oportunos”.
Visto el artículo 18 de la Ordenanza municipal de Medio Ambiente, esta Alcaldía en uso a las atribuciones que le confiere la normativa vigente tiene a bien dictar la siguiente:
RESOLUCIÓN
1º Ordenar a la SRA. FRANCISCA ESTHER CARBONELL THOMAS propietario del solar situado en la calle Pere Niçard, 49 de Sa Vinya de Son Verí a la limpieza de abundante vegetación seca.
2º Conceder a la SRA. FRANCISCA ESTHER CARBONELL THOMAS un plazo de 30 días (treinta) para llevar a cabo la citada limpieza.
3º Advertir a la SRA. FRANCISCA ESTHER CARBONELL THOMAS, transcurrido el citado plazo, si no he ejecutado la orden de ejecución trascrita en el parágrafo 1º que encabeza esta Resolución, se procederá a la incoación del expediente sancionador, en la resolución del cual además de la imposición de la multa que sea procedente, si procede, se concederá un último e improrrogable plazo para la ejecución ordenada, que, si no se cumple se realizará por el mismo Ayuntamiento, a costa de la SRA. FRANCISCA ESTHER CARBONELL THOMAS a través del procedimiento de ejecución subsidiaria regulado por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Lo que le comunico para su conocimiento y efectos.-
Lo manda y firma el Alcalde Sr. Tomeu Oliver Palou.- Doy fe.”
Marratxí, 4 de febrer de 2013
El Alcalde,
Tomeu Oliver Palou