Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE SÓLLER
Núm. 2626
Aprobación inicial de la modificación del reglamento del mercado municipal
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día cinco de febrero de 2013, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
Expediente: 1/2013 (Bienes y Servicios)
Asunto: Modificación del Reglamento del Mercado Municipal.
En vista de que el Reglamento que regula el funcionamiento del mercado municipal de provisiones de Sóller data del año 1.988 sin que, desde entonces, se haya procedido a su modificación para adaptarlo a las nuevas tendencias del sector comercial, recogiendo las modificaciones legales producidas y completando las leyes y reglamentos vigentes.
Dado que se ha de proceder a incoar el oportuno expediente para sacar a subasta los puestos de venta que actualmente se encuentran desocupados y que la mencionada modificación resulta necesaria como paso previo para establecer los criterios referentes a la actividad comercial y a la relación de los titulares de las concesiones con el Ayuntamiento.
Dados los informes favorables emitidos por parte de la Asesoría Jurídica y por parte de la Intervención y de conformidad con lo establecido en los artículos 22.2d) y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y del artículo 102 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears, esta Corporación Acuerda:
Aprobar inicialmente la modificación del Reglamento del Mercado Municipal con la redacción que figura en el expediente.
Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el tablón de anuncios de la Corporación, durante un plazo de treinta días, en los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.
Conceder audiencia a la Agrupación de Comerciantes del mercado municipal para que puedan examinar el expediente y alegar o presentar los documentos que estimen pertinentes.
Remitir el texto completo del Reglamento al Instituto Balear de la mujer, a los efectos de elaborar el informe preceptivo sobre el impacto de género (artículo 7.g de la Ley 12/2006, de 20 de septiembre).
Remitir el texto completo del Reglamento al Instituto Balear de la mujer, a los efectos de elaborar el informe preceptivo sobre el impacto de género (artículo 7.g de la Ley 12/2006, de 20 de septiembre.
Finalizado el período de exposición pública, y en caso de que no haya reclamaciones, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo provisional.
Una vez aprobado definitivamente, se procederá a la publicación íntegra del texto en el BOIB, sin que entre en vigor hasta que se haya llevado a cabo la mencionada publicación.
Sóller, 6 de febrero de 2013
El Alcalde,
Carlos Simarro Vicens