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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.2 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 2219
Ejecución de títulos judiciales 166/2012

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

D/Dª  CAROLINA COSTA ANDRES, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 002 de PALMA DE MALLORCA.

 

HAGO SABER: Que en el  PROCEDIMIENTO DE EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000166 /2012 seguido a instancia de D. VICTOR ALEJANDRO DIARA contra la entidad mercantil CESARE SL sobre RECLAMACIÓND E CANTIDAD se ha dictado  Diligencia de ordenación  de fecha 7 de enero de 2.013, e ignorando el paradero de la referida empresa, es por lo que, se acuerda la  notificación vía edictal de su PARTE DISPOSITIVA, que se relaciona:

 

“LIQUIDACIÓN DE INTERESES y TASACIÓN DE COSTAS PROCESALES  que practica el/la Secretario/a Judicial  CAROLINA COSTA ANDRES del JDO. DE LO SOCIAL N. 2, en el procedimiento   seguido a instancia de D. VICTOR ALEJANDRO DIARA  contra  la mercantil CESARE SL.

LIQUIDACIÓN DE INTERESES: 30´00 Euros

TASACIÓN DE COSTAS: 500´00 Euros

 

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

SECRETARIO/A JUDICIAL SR/SRA D/Dª  CAROLINA COSTA ANDRES

 

En PALMA DE MALLORCA, a siete de enero de dos mil trece.

Dada cuenta, se tiene por presentado escrito de fecha 15 de octubre de 2.012 a instancia de la representación legal de el ejecutante D. VICTOR ALEJANDRO DIARA, instando propuesta de liquidación de intereses y minuta de honorarios devengados en el presente procedimiento, y visto su contenido, así como de conformidad a lo dispuesto en el art 714 de la LEC,  acuerdo:

 

Dar traslado a las partes por término de DIEZ DÍAS, advirtiéndoles de la posibilidad de impugnarla, bajo apercibimiento de que de no hacerlo en el plazo indicado, se les tendrá por conformes con la/s misma/s.

 

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal”.

 

Y para que sirva de notificación a la entidad mercantil ejecutada CESARE S.L. en su condición de parte demandada en los autos de referencia, se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón de anuncios.

 

En PALMA DE MALLORCA, a veinticinco de enero de dos mil trece.

LA SECRETARIO JUDICIAL