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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

Núm. 2548
Procedimiento de baja de oficio del Padrón Municipal de Habitantes

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 
Al no haberse podido practicar la notificación personal al Sr. Pedro Martínez Cota, con domicilio en la Sección 2, polígono 10, núm. 2305, Can Pep d’en Recó, se procede conforme dispone el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, a efectos de notificación al interesado, a la publicación por edicto de la Providencia de la Alcaldía de fecha 29 de enero de 2013, que a continuación se transcribe:                                             
 
 
“RESOLUCIÓN DE LA ALCALDIA
 
ANTECEDENTES DE HECHO
 
VISTO el escrito presentado por la Sra. María Elena Ribas Tur, con DNI núm. 46953207 H en el que interesa sea dado de baja del Padrón Municipal de Habitantes el Sr. Pedro Martínez Cota, inscrito en el domicilio de su propiedad sito en la Sección 2, polígono 10, núm. 2305, Can Pep d’en Recó, de la parroquia de Sant Agustí des Vedrà, término de Sant Josep de sa Talaia,  por no residir en el mismo. 
 
VISTO que de la consulta del vigente Padrón Municipal de Habitantes  renovado a 1 de mayo de 1.996  y sus rectificaciones posteriores resulta que en el día de hoy el Sr. Pedro Martínez Cota, con DNI núm. 29194287 L, de nacionalidad Española, aparece inscrito en la Sección 2, polígono 10, núm. 2305, Can Pep d’en Recó, de la parroquia de Sant Agustí des Vedrà.
 
VISTO que solicitado informe a la Policía Local, en fecha 11 de septiembre de 2012, en virtud de las potestades descritas en los arts. 69.2 de la vigente Ley 30/92 de 26 de noviembre y 165 del Reglamento de Organización y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por RD 2568/1986, de 28 de noviembre, ésta informa en fecha 18 de septiembre de 2012, que el Sr. Pedro Martínez Cota NO reside en el citado domicilio y que se desconoce su paradero actual.
 
FUNDAMENTOS DE DERECHO
 
Por todo ello, VISTO lo dispuesto en los arts. 69.1, 79.1 y 84 de la vigente Ley 30/92 de 26 de noviembre y 165.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, así como en los art. 54, 59.2 y 72 del vigente Reglamento de Población y Demarcación Territorial, modificado por R.D. 2612/1996, de 20 de diciembre y en el apartado II . I c.2) de la Resolución de 1 de abril de 1997, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamiento sobre la gestión y revisión del padrón municipal, esta ALCALDIA,  acuerda:
 
1.- INICIAR EXPEDIENTE para regularizar la inscripción padronal del Sr. Pedro Martínez Cota, con DNI núm. 29194287 L, en base al informe de la Policía Local que obra en el respectivo expediente.
 
2.- NOTIFICAR LA PRESENTE PROVIDENCIA AL INTERESADO, poniéndole de manifiesto el expediente, al objeto de que en el plazo de 15 días y en cumplimiento de lo dispuesto en los art. 35.e, 79.1 y 84 de la vigente Ley 30/92, de 26 de noviembre, pueda alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes para acreditar suficientemente que su residencia habitual es aquella que figura como domicilio en el Padrón Municipal de Habitantes, significándole que, caso de no hacerlo, se impulsará de oficio el procedimiento tendente a que su inscripción padronal coincida con el domicilio de su residencia habitual y que este procedimiento podría resolverse en el sentido de causar baja padronal en el vigente Padrón Municipal de Habitantes y  en el Censo Electoral”. 
 
 
 
Sant Josep de sa Talaia, 08 de febrero de 2013.
 
LA ALCALDESA,
María Nieves Marí Marí.