Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE EIVISSA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA
Núm. 2327
Procedimiento Ordinario 1006/2012
D/Dª TERESA MARIA BALLESTER MANRESA, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 001 de IBIZA/EIVISSA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001006 /2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª ESTHER MARTINEZ MARTINEZ contra la empresa VIVIR OLIMPICAMENTE LA SUERTE, SL, ESENCIAL ABLIB IBIZA, SL, y VICENTE VAQUER ADSUARA sobre ORDINARIO, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
“PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
- Admitir a trámite la demanda presentada y en consecuencia:
- Citar a las partes para que comparezcan el día DOS de JULIO de 2013 a las DIEZ CUARENTA Y CINCO HORAS en GASPAR PUIG, 1 - Sala 002 para la celebración del acto de juicio y/o conciliación.
- Se advierte a la parte demandante, que en caso de no comparecer al señalamiento sin alegar justa causa que motive la suspensión de los actos de conciliación y juicio, se le tendrá por desistida de su demanda; advirtiendo igualmente a la parte demandada que su incomparecencia a los referidos actos no impedirá su celebración, continuando éstos sin necesidad de declarar su rebeldía.
- Respecto a los otrosíes solicitados a los efectos previstos en el artículo 81.4 de la LJS, se ha dado cuenta al juez con carácter previo, y se ha acordado por resolución de esta fecha, mandar que se practiquen las siguientes diligencias:
- Cítese al representante legal de la empresa demandada para la prueba de confesión judicial, con el apercibimiento de que en caso de no comparecer se le podrá tener por confeso en sentencia.
- Requiérase a la empresa demandada a fin de que aporte al acto del juicio los documentos a que hace referencia la demanda en su Otrosi Digo Segundo.
- Ofíciese a la Inspección de Trabajo a fin de que aporte copia de la resolución que puso fin a la denuncia formulada por la actora.
Sin que esto signifique la admisión de la prueba propuesta por el actor, ya que éste deberá proponerla y en su caso, el/la juez admitirla en el acto de juicio, art. 87 de la LPL
- Antes de la notificación de esta resolución a las partes paso a dar cuenta a SSª del señalamiento efectuado por el/la Sr/a Secretario/a Judicial Encargado/a de la Agenda Programada de Señalamientos.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL. FIRMADA Y RUBRICADA”
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificacion a los demandados VOLS, SL. ESENCIAL ADLIB IBIZA, SL, y VICENTE VAQUER ADSUARA expido el presente en IBIZA/EIVISSA, a cuatro de Febrero de dos mil trece.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL