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AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA
Núm. 2498
Decreto de inicio del expediente sancionador 91MA12, por infracción de la Ordenanza de medidas para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana en el espacio público de Capdepera
Al no haber sido posible notificar el decreto de inicio del expediente sancionador 91MA12, a la Sra. (datos personales ocultos), como presunta responsable de infringir la Ordenanza de medidas para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana en el espacio público de Capdepera, y de acuerdo con lo establecido en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de abril, y a efectos de notificación se publica el decreto de inicio de fecha 22 de noviembre de 2012.
DECRETO DE INICIO
Vista la denuncia efectuada por la Policia Local de fecha 6 de noviembre de 2012 en la que se identifica a la Sra. (datos personales ocultos)por realizar una quema controlada dentro de zona urbana, C/ Ramón Franco, 2, sin la correspondiente autorización.
Considerando lo que dispone el art. 296.2 de la Ordenanza de medidas para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana en el espacio público de Capdepera cita que, en casos extraordinarios, por razón de cantidad, esfuerzo, accesibilidad, u otra actuación especial, se podrá autorizar el uso del fuego para quemar residuos vegetales, por la que se deberá solicitar el correspondiente permiso del Ayuntamiento, si se trata de suelo urbano.
Considerando el art. 298.1. h) de la Ordenanza de medidas para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana en el espacio público de Capdepera, son infracciones leves las que no estén tipificadas como graves o muy graves, y se pueden sancionar con una multa de 60 a 750 €, tal como indica el art. 299.1.1) de la citada Ordenanza.
El presunto responsable podrá reconocer voluntariamente su responsabilidad antes de la resolución y, si cabe, efectuar el pago de la sanción pecuniaria que corresponda, con los efectos previstos en los art. 10 y 11 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, que regula el procedimiento a seguir en el ejercicio de la potestad sancionadora en la CAIB. El art. 318.2 de la Ordenanza de medidas para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana en el espacio público de Capdepera indica que los presuntos infractores pueden reconocer su responsabilidad mediante el pago de las sanciones de multa con una reducción del veinte por ciento del importe de la sanción que aparezca en la propuesta de resolución.
Por las competencias que el art. 21.1.n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, me ha sido conferidas
DECRETO
Primero: La incoación del expediente sancionador a la Sra. (datos personales ocultos), como presunta responsable de los hechos que se señalan en el presente Decreto.
Segundo: Nombrar Instructor del expediente el Sr. Alberto Llull Ginard, concejal de este Ayuntamiento y como secretario del expediente el Sr. (datos personales ocultos), técnico auxiliar de Medio Ambiente, de conformidad con lo que dispone el art. 8.1 del decreto 14/1994, de 10 de febrero, que regula el procedimiento a seguir en el ejercicio de la potestad sancionadora de la CAIB, advirtiéndole que podrá formular recusación contra las personas designadas, en la forma que prevén los artículos 182 y 184 del RD 2568/86, por el que se aprobó el reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales y los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Tercero: Conceder un plazo de 15 días, contados desde el día siguiente de haber recibido la notificación de este Decreto, para formular alegaciones.
Cuarto: Ordenar que se de cuenta ante el Pleno del presente Decreto en la próxima sesión ordinaria que se celebre a partir de esta fecha, y que se notifique a los interesados indicándoles los recursos que se podrán interponer.
En Capdepera, 4 de febrero de 2013
El Alcalde
Rafel Fernández Mallol