Al no haberse podido practicar la notificación personal al Sra. Marina Soledad Costa, con domicilio en la Sección 1, polígono 05, núm. 8367, Can Bruno, Sant Francesc de s’Estany, se procede conforme dispone el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, a efectos de notificación a la interesada, a la publicación por edicto de la Providencia de la Alcaldía de fecha 30 de octubre de 2012, que a continuación se transcribe:
“RESOLUCIÓN DE LA ALCALDIA
ANTECEDENTES DE HECHO
ATENDIENDO que este Ayuntamiento tiene conocimiento de que la Sra. Marina Soledad Costa, la cual figura inscrita en la Sección 1, polígono 05, núm. 8367, Can Bruno, de la parroquia de Sant Francesc de s’Estany, y no reside en el mismo.
VISTO que de la consulta del vigente Padrón Municipal de Habitantes renovado a 1 de mayo de 1.996 y sus rectificaciones posteriores resulta que en el día de hoy la Sra. Marina Soledad Costa, con NIE núm. X03079670 Q de nacionalidad Argentina, aparece inscrita en la Sección 1, polígono 05, núm. 8367, Can Bruno, parroquia de Sant Francesc de s’Estany.
VISTO que solicitado informe a la Policía Local, en fecha 09 de agosto de 2012, en virtud de las potestades descritas en los arts. 69.2 de la vigente Ley 30/92 de 26 de noviembre y 165 del Reglamento de Organización y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por RD 2568/1986, de 28 de noviembre, ésta informa en fecha 19 de agosto de 2012, que la Sra. Marina Soledad Costa NO reside en el citado domicilio y que se desconoce su paradero actual.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Por todo ello, VISTO lo dispuesto en los arts. 69.1, 79.1 y 84 de la vigente Ley 30/92 de 26 de noviembre y 165.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, así como en los art. 54, 59.2 y 72 del vigente Reglamento de Población y Demarcación Territorial, modificado por R.D. 2612/1996, de 20 de diciembre y en el apartado II . I c.2) de la Resolución de 1 de abril de 1997, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamiento sobre la gestión y revisión del padrón municipal, esta ALCALDIA, acuerda:
1.- INICIAR EXPEDIENTE para regularizar la inscripción padronal de la Sra. Marina Soledad Costa, con NIE núm. X03079670 Q, en base al informe de la Policía Local que obra en el respectivo expediente.
2.- NOTIFICAR LA PRESENTE PROVIDENCIA A LA INTERESADA, poniéndole de manifiesto el expediente, al objeto de que en el plazo de 15 días y en cumplimiento de lo dispuesto en los art. 35.e, 79.1 y 84 de la vigente Ley 30/92, de 26 de noviembre, pueda alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes para acreditar suficientemente que su residencia habitual es aquella que figura como domicilio en el Padrón Municipal de Habitantes, significándole que, caso de no hacerlo, se impulsará de oficio el procedimiento tendente a que su inscripción padronal coincida con el domicilio de su residencia habitual y que este procedimiento podría resolverse en el sentido de causar baja padronal en el vigente Padrón Municipal de Habitantes y en el Censo Electoral”.
Sant Josep de sa Talaia, 08 de febrero de 2013.
LA ALCALDESA,
María Nieves Marí Marí.