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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 2446
Modificación delegaciones de atribuciones de gestión y dirección - Decreto 04.02.2013

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Texto

 

MODIFICACIÓN DELEGACIONES DE ATRIBUCIONES DE GESTIÓN Y DIRECCIÓN

 La alcaldía presidencia, en fecha 4 de febrero de 2013, ha dictado la siguiente resolución:

 Primero. Modificar las delegaciones efectuadas por esta alcaldía por decreto de 28 de junio de 2012 sobre reestructuración de las delegaciones de atribuciones de gestión y dirección de materias, en la forma siguiente:

 1r. Efectuar a favor del regidor D. Miquel Perelló Román la delegación de atribuciones de gestión y dirección de Deportes, Comercio, Industria, Información y Atención a los ciudadanos y Gente mayor, con competencias sobre: fomento y promoción del deporte, instalaciones deportivas, relación y cooperación en cualquier organismo o entidad en orden a la práctica y fomento de la actividad deportiva; fomento, diseño y promoción del comercio y la industria; mercados; ferias; información y atención a los ciudadanos; gente mayor; animales de compañía; agricultura; y del núcleo de son Macià.

 

 2n. Adscribir la competencia de juventud a la delegación de Cultura y Recursos Humanos.

 Segundo. La delegación general a favor del indicado regidor referida anteriormente comportará, tanto la facultad de dirección de la materia correspondiente, como su gestión, incluida la firma de documentos de trámite, así como la facultad de impulsión de los correspondientes expedientes. Estas atribuciones se tienen que ejercer en los términos y dentro de los límites de la correspondiente delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en otro órgano o regidor. El alcance de las funciones de estas delegaciones, en conformidad con el artículo 43.b) del ROF, se circunscriben al estudio, dirección interna y gestión de la materia relacionada con el ámbito de actuación definido, incluida la firma de documentos de trámite.

 Tercero. Estas delegaciones no traerán inherentes ninguna facultad resolutoria, con excepción de las que expresamente se encuentran recogidas en resolución expresa.

 Cuarto. Estas delegaciones, en conformidad con el que dispone el artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, tendrán efecto desde el día siguiente a la fecha de notificación de este Decreto a los regidores afectados y tendrán carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de advocación de esta alcaldía.

 Quinto. Notificar esta resolución a los regidores afectados, entendiéndose aceptada la competencia delegada de forma tácita, si dentro del plazo de las 24 horas siguientes no se manifiesta nada en contra, o se hace uso de la delegación.

 Sexto. Dar cuenta al Pleno de esta resolución en la primera sesión que tenga lugar, y publicar su texto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en cumplimiento del que dispone el artículo 44.2 del texto legal antes mencionado.

 Resolución que se publica en ese BOIB en cumplimiento del dispuesto al artículo 44.2 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, RD 2568/1986, de 28 de noviembre.

 Manacor, 5 de febrero de 2013

 El alcalde,
Antoni Pastor Cabrer