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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY

Núm. 2352
Periodo de cobro voluntario de los impuestos y tasas de caracter periódico correspondiente al ejercicio 2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Josefa Gutiérrez Costa, Alcaldesa del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany, en conformidad con el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005 del 29 de Julio,

Hago Saber: Que el periodo de cobro voluntario de los impuestos y tasas de carácter periódico correspondientes al ejercicio 2013 y segundo Decreto nº 2013-0147 de 5 de febrero de 2013, son los siguientes:

Del 1 de julio al 31 de agosto del 2013

Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica

Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Carácter Urbano

Impuesto Sobre Bienes Inmuebles de Carácter Rustico

Impuesto Sobre Actividades Económicas

Tasas relacionadas con Bienes Inmuebles que comprende:

Tasa Recogida de Basuras

Tasa por Utilización del Vertedero

Tasa por Vados (Reserva de estacionamiento)

Los  recibos correspondientes a: Impuesto Sobre Actividades Económica, Impuesto Sobre Vehículos de Tracción Mecánica, Impuesto Sobre Bienes Inmuebles de Carácter Urbano y Rustico, Tasa por Recogida de Basura y Tasa por Utilización del Vertedero que estén domiciliados o se domicilien antes del 30 de Junio de 2013, tendrán un descuento del 2% en la cuota correspondiente.

Los recibos domiciliados se pasaran al cobro en la última quincena de Agosto. Los contribuyentes afectados podrán realizar los pagos en la Oficina de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento (Passeig de la Mar,16) en horario de atención al público o en las Entidades colaboradoras indicadas en el aviso de pago, en el horario de atención al publico.

Asimismo, los pagos se pueden domiciliar a través de bancos y cajas de a ahorro.

Transcurrido los plazos indicados se iniciará el procedimiento ejecutivo de apremio administrativo de conformidad con las disposiciones establecidas en el vigente Reglamento General de Recaudación, procediéndose al cobro de las cuotas que no hayan sido satisfechas con el recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso las costas que se produzcan.

Asimismo se comunica que, los padrones fiscales conteniendo las cuotas a pagar y los elementos tributarios determinantes de las mismas estarán expuestos al público en las oficinas municipales durante 30 días naturales desde quince días antes de iniciar los respectivos periodos de cobro. Durante el expresado plazo, y contra la aprobación de las respectivas matriculas y/o padrones, se podrá interponer recurso de reposición obligatorio, ante el Regidor Delegado de Economía, Hacienda y Turismo, regulado en el articulo 14.2 del Texto refundido de la Ley de Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo.”

Lo que hago publico para el general conocimiento.