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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 2386
Responsabilidad Patrimonial. Notificación de Decreto expediente 2010/350

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Pongo en su conocimiento que el Ilm. Sr. Teniente de Alcalde de Coordinación Municipal y Turismo, por delegación del Alcalde, mediante Decreto núm. 20853 de 22 de noviembre de 2012, ha dispuesto el siguiente:

Estimar la reclamación presentada por el interesado motivado por los daños provocados en su vehículo 9105BPX como consecuencia de la caída de una rama de árbol sobre el vehículo.

Dado que han sido acreditados los hechos según el informe de la policía local, que constata la existencia de estos daños y por la rama del árbol que los produjo.

Abonar al Sr. Sergi Torró y Ferrero, con DNI 52.815.412-X; con domicilio al C/. Guillem Forteza núm. 8 3.er D – 07010 de Palma, la cantidad de TRES-CIENTOS TREINTA Y DOS EUROS CON SETENTA Y SEIS CENTIMOS (332,76€) .Según factura aportada por el interesado que acredita los daños causados a su vehículo por una rama de árbol en vía pública.

El citado importe se abonará a cargo de la Partida 02.920.00.226.10 del Presupuesto.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, con carácter potestativo, Recurso de Reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Administrativo Común, según la redacción dada al mismo por la Ley 4/99, de 13 de enero. El plazo para interponerlo es de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, no pudiendo, en este caso, interponer recurso Contencioso-Administrativo hasta que se haya resuelto el de Reposición. El Recurso de Reposición potestativo tendrá que presentarlo en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias que se refiere el artículo 38.4º, de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificada la resolución, en el término de un mes, a contar del día siguiente a su interposición, quedando en este caso expedita a la vía Contencioso-Administrativa. De no utilizar el Recurso potestativo de Reposición, ninguno interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo, conforme al establecido en el artículo anteriormente citado, y a los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciósa-Administrativa, ante el Juzgado del contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Esto sin perjuicio de cualquiera otro recurso o acción que se estime pertinente.

 

Palma, 23 de noviembre de 2012

La Jefa de servicio,
por delegación de la Secretaría General
María Pons Tomas