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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 1673
Procedimiento Ordinario 122/2011

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 D/Dª  ISABEL SUREDA SUREDA, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 001 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

 Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000122 /2011 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª SHI LEI contra la empresa  HOLDING LILLE 2005 SL,  CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONES MANCOR 2007 SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

 A U T O

 Magistrado/a-Juez

Sr/Sra. D/Dª.  ELENA LILLO PASTOR

En PALMA DE MALLORCA, a catorce de Diciembre de dos mil doce.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- SHI LEI ha interpuesto demanda frente a  HOLDING LILLE 2005 SL,  CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONES MANCOR 2007 SL , que fué admitida a trámite, señalándose para la celebración de los actos de conciliación y juicio, por resolución de 05/10/12.

SEGUNDO.- Al acto de conciliación/juicio la parte demandante ha manifestando que desiste de la acción entablada contra CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONES MANCOR 2007 SL.

  En el día y hora señalados, se procede a llamar a las partes, una vez comprobada la constancia en autos de haberse realizado su citación en forma.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Declarada por el actor su voluntad de abandonar el proceso contra CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONES MANCOR 2007 SL y al no solicitar el demandado la continuación del procedimiento, procede tener al demandante por desistido de su demanda.

 Dispone el artículo 83.2 de la LJS, que si el actor citado en forma no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación, o del juicio, el secretario judicial en el primer caso y el juez o tribunal en el segundo, le tendrán por desistido de su demanda.

     Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo: Tener por desistido a SHI LEI de su demanda frente a  CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONES MANCOR 2007 SL, de cantidad.

 Archivar las actuaciones una vez que sea firme esta resolución.

Incorpórese el original al Libro de Autos, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.(ART. 186 Y 187 LPL)

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

EL/LA MAGISTRADO/A JUEZ  EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

 Y para que sirva de notificación en legal forma a  CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONES MANCOR 2007 SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

 Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a siete de Febrero de dos mil trece.

 EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL