Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA

Núm. 2292
Publicación del decreto d'inici de l'expediente sancionador de medio ambiente 92MA12, por infracción de la Ordenanza de medidas para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana en el espacio público de Capdepera

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Al no haber sido posible notificar el decreto de inicio del expediente sancionador 92MA12, al Sr. (datos personales ocultos), como presunto responsable de la infracción de la Ordenanza de medidas para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana en el espacio público de Capdepera, y acuerdo con lo que establece el art. 59,4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de abril, y a efectos de notificación, se publica el Decreto de inicio de fecha 4 de diciembre de 2012.

 DECRETO DE INICIO

Vista la denuncia efectuada por la Policía Local en fecha 23 de noviembre de 2012, en la que se identificó al Sr. (datos personales ocultos)por realizar una quema sin autorización en el solar situado en la C/ Vía de la Costa, 16 de Costa de Canyamel.

Considerando el art. 296.2 de la Ordenanza de medidas para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana en el espacio público de Capdepera “en casos extraordinarios, por razón de cantidad, esfuerzo, accesibilidad, o otra actuación especial, se podrá autorizar el uso del fuego para quemar residuos vegetales, por lo que se deberá solicitar el correspondiente permiso al Ayuntamiento, si se trata de suelo urbano”.

Considerando el art. 298 h) de la Ordenanza de medidas para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana en el espacio público de Capdepera, son infracciones graves realizar quemas sin la correspondiente autorización, y se puede sancionar con una multa de 750,01 hasta 1.500 €, tal como indica el art. 299.2) de la citada Ordenanza.

El presunto responsable podrá reconocer voluntariamente su responsabilidad antes de la resolución y , si cabe, efectuar el pago de la sanción pecuniaria que corresponda, con los efectos previstos en los art. 10 y 11 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, que regula el procedimiento a seguir en el ejercicio de la potestad sancionadora en la CAIB. El art. 318.2 de la Ordenanza de medidas para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana en el espacio público de Capdepera indica que los presupuestos infractores pueden reconocer su responsabilidad mediante el pago de las sanciones de multa con una reducción del veinte por ciento del importe de la sanción que aparezca en la propuesta de resolución.

Por las competencias que me han sido conferidas por el art. 21.1.n) de la Ley 1/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local

 DECRETO

Primero: La incoación de expediente sancionador al Sr. (datos personales ocultos), como presunto responsable de los hechos que se señalan en el presente Decreto.

Segundo: Nombrar Instructor del expediente el Sr. Alberto Llull Ginard, concejal de este Ayuntamiento y como secretario del expediente el Sr. (datos personales ocultos), técnico auxiliar de Medio Ambiente, de conformidad con lo que dispone el art. 8.1 del decreto 14/1994, de 10 de febrero, que regula el procedimiento a seguir en el ejercicio de la potestad sancionadora de la CAIB, advirtiéndole que podrá formular recusación contra las personas designadas, en la forma que prevén los artículos 182 y 184 del RD 2568/86, por el que se aprobó el reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales y los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Tercero: Conceder un plazo de 15 días, contados desde el día siguiente de haber recibido la notificación de este Decreto, para formular alegaciones.

 

 

 

Cuarto: Ordenar que se de cuenta ante el Pleno del presente decreto en la siguiente sesión ordinaria que se celebre a partir de esta fecha, y que se notifique a los interesados con indicación de los recursos que podrán interponer.

 

 En Capdepera, 4 de febrero de 2013

El Alcalde
Rafel Fernández Mallol