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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA

Núm. 2199
Publicación del decreto de resolución del expediente sancionador de medio ambiente 32MA12 por infracción de la Ley 50/1999, sobre el régimen jurídico para la tenencia de animales potencialmente peligrosos

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Texto

Al no haber sido posible notificar el decreto de resolución del expediente sancionador 32MA12, al Sr. (datos personales ocultos), como presunto responsable de infringir la Ley 50/1999, sobre el régimen jurídico para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, y de acuerdo con lo establecido en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de abril, y a efectos de notificación se publica el decreto de resolución de fecha 4 de diciembre de 2012.

 

 DECRETO DE RESOLUCIÓN

Por el decreto de Alcaldía de fecha 3 de mayo de 2012, se decretaba la incoación de expediente sancionador al Sr. (datos personales ocultos), como presunto responsable de la infracción de la Ley 50/1999, sobre el régimen jurídico para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

Dicha notificación del decreto antes indicado, con registro de salida nº 2683 y fecha 8-5-12, fue recibido por el Sr. (datos personales ocultos)día 31-05-12, y que durante el plazo para la presentación de alegaciones, el interesado no ha presentado ninguna.

Considerando la propuesta de resolución del instructor del expediente de fecha 2 de agosto de 2012, en la cual se propone imponer una sanción de 2.404,06 €, al Sr. (datos personales ocultos), como presunto responsable de la infracción de la Ley 50/1999, sobre el régimen jurídico para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

Visto que no ha sido posible la notificación de la propuesta de resolución, registro de salida nº 4542 y fecha 6-08-12, y dirigida al Sr. (datos personales ocultos), ha sido publicada en el BOIB nº 155 de 23-10-12, y que durante el plazo para presentar alegaciones establecido en la propuesta no ha presentado ninguna.

Considerando lo que dispone el art. 3 de la Ley 50/1999, sobre el régimen jurídico para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, la tenencia de cualquier animal clasificado como potencialmente peligroso al amparo de esta Ley requerirá la previa obtención de una licencia administrativa, que será entregada por el Ayuntamiento del municipio de residencia del solicitante.

Visto el art. 13.1.b) de la Ley 50/1999, se considera infracciones muy graves tener perros o animales potencialmente peligrosos sin licencia, y se puede sancionar con una multa de 2.404,06 a 15.025,30 €, tal como indica el art. 13.5 de la citada Ley.

Considerando el art. 13.2 de la mencionada Ley, las infracciones podrán llevar aparejadas como sanciones accesorias la confiscación, decomiso o sacrificio de animales potencialmente peligrosos entre otras.

Por las competencias que me han sido conferidas por el art. 21.1.n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local

 

 HE RESUELTO

Primero: Imponer al Sr. (datos personales ocultos), la sanción de 2.404,06 €, como responsable de la infracción de la Ley 50/1999, sobre el régimen jurídico para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, por no disponer de licencia administrativa para la tenencia de perros catalogados como potencialmente peligrosos.

Segundo: Informar que el pago de la sanción se realizará mediante una liquidación que próximamente recibirá en su domicilio. En ésta se le comunicará el plazo, forma y lugar de pago.

 

Tercero: Ordenar que se de cuenta ante el Pleno del presente decreto en la siguiente sesión ordinaria que se celebre a partir de esta fecha, y que se notifique a los interesados con indicación de los recursos que se podrán interponer.

 

 En Capdepera, 4 de febrero de 2013

El Alcalde
Rafel Fernández Mallol