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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 8 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 1793
Juicio de Faltas Nº 981/2012.

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Texto

 

D./DÑA. MARÍA NIEVES AFAN DE RIVERA JIMENEZ SECRETARIO DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 008 DE PALMA DE MALLORCA

DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el Juicio de Faltas 981/12 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

SENTENCIA Nº 322/12

En PALMA DE MALLORCA a treinta y uno de Octubre de dos mil doce.

Vistos por mí, D. TOMÁS MÉNDEZ LÓPEZ, Magistrado Juez de Refuerzo del Juzgado de Instrucción nº 8 de Palma de Mallorca y su partido, los presentes autos del Juicio de Faltas nº 981/2012 incoados por la comisión de una presunta falta de AMENAZAS, siendo denunciante, IOAN TOADER, y denunciados, PAUL TOADER y DANIEL IONEL TOADER, habiendo intervenido como acusación el Ministerio Fiscal, y en su representación Dña. Dolores Rodríguez, procedo a dictar la siguiente resolución, basándose para ello en los siguientes:

FALLO

Que debo ABSOLVER Y ABSUELVO libremente de toda responsabilidad por los hechos enjuiciados a PAUL TOADER y DANIEL IONE TOSDER, declarando de oficio las costas procesales causadas.

Contra esta Sentencia, cabe Recurso de Apelación, a interponer, en su caso, ante este Juzgado, en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación, que se formalizará y substanciará conforme a lo dispuesto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Notifíquese esta resolución en legal forma a todas las partes, líbrese una certificación para unir las actuaciones, incorporando el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de Sentencia a IOAN TOADER, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la ISLAS BALEARES, expido la presente en PALMA DE MALLORCA a 23 de Enero de 2013.

 

EL/LA SECRETARIO.