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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES
Núm. 2293
Notificación del requerimiento de subsanación de deficiencias en relación al expediente 779/2012 correspondiente a la solicitud de subvención presentada por el Sr. Ruben Guzman Ruiz para los desplazamientos de los deportistas entre las islas de la comunidad autónoma
Notificación del requerimiento de subsanación de deficiencias en relación al expediente 779/2012 correspondiente a la solicitud de subvención presentada por el Sr. Ruben Guzman Ruiz para los desplazamientos de los deportistas entre las islas de la comunidad autónoma
Dado que no ha sido posible notificar el requerimiento de subsanación de deficiencias sobre el expediente 779/2012, relativo a la solicitud de subvención para desplazamientos entre las islas de la comunidad autónoma para asistir a las competiciones oficiales de los diferentes calendarios federativos, presentada el día 2 de octubre de 2012 por el Sr. Ruben Guzman Ruiz con NIF 43706249Q, correspondiente a la convocatoria publicada mediante la Resolución del consejero de Turismo y Deportes de día 21 de diciembre de 2011 (BOIB núm. 194, del 29/12/2011), en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se procede a su notificación y se hace constar que:
El 16 de octubre de 2012 la Jefe de Sección III dictó el siguiente requerimiento de subsanación de deficiencias:
“Revisada la solicitud de subvención presentada en el Registro de la Consejería de Turismo y Deportes el día 2 de octubre de 2012, número de registro de entrada 16927/2012, en relación a la Resolución del consejero de Turismo y Deportes de día 21 de diciembre de 2011 por la que se convocan ayudas a los deportistas y a los clubes deportivos de las Illes Balears para facilitarles los desplazamientos para asistir a las competiciones oficiales de los diferentes calendarios federativos (BOIB núm.: 194, del 29/12/2011), se han detectado las deficiencias de documentación que se señalan a continuación:
Por lo que le requerimos para que en el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día de recepción de este escrito, subsane las deficiencias.
Según dispone el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero) en el caso de que en el plazo de 10 días no presente la documentación requerida, se considerará que desiste de su petición, previa resolución correspondiente que se dictará en los términos previstos en el articulo 42 de la citada Ley.”
Palma, 4 de febrero de 2013
Director General de Deportes
Javier Morente López