Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 2151
Departamento de planeamiento y gestión urbanística. Aprobación definitiva proyecto urbanización UE 65-03 en la calle Mare de Déu de la Victòria, en Son Gotleu. PD 2004/3.
La Junta de Gobierno de Palma, en sesión de 30/01/2013, aprobó definitivamente el proyecto de gas natural canalizado en la UE 65-03, en la calle Mare de Déu de la Victòria, en Son Gotleu, mediante el siguiente acuerdo:
“La modificación del proyecto de urbanización de la UE 65-03, en la calle Mare de Déu de la Victòria, en Son Gotleu, consistente en proyecto de gas natural canalizado, redactado por el ingeniero industrial Santiago Bonnín Sánchez, de enero de 2011, con visado COEIB 129373/0001 de 1-02-11 (excepto el plano GA-02) y el plano GA-02, redactado por el ingeniero industrial Santiago Bonnín Sánchez, de 21 de noviembre de 2011, sin visado, fue aprobada inicialmente por la Junta de Gobierno el 26-09-12 y sometida a información pública de veinte días en el BOIB 162 de 1-11-12, edicto 20398, en el Diari de Balears de día 11-10-12 y en el tablón de anuncios municipal. En este plazo, que acabó el 24-11-12, no consta que se presentasen alegaciones.
El promotor aportó carta de conformidad de GESA gas de 18-01-12 y el 2-01-13 el Servicio de Control de Urbanizaciones y Infraestructuras informó que no había inconveniente a la aprovación definitiva de la aprobación de la modificación.
Vistos los artículos 41.27, 172 i 175 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de los entes locales; el 127.1.d de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local (modificada por la Ley 57/03, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local ) y el 18 del Reglamento orgánico del gobierno y de la administración del Ayuntamiento de Palma, el TAG jefe de sección que suscribe propone que la Junta de Gobierno de Palma adopte el siguiente
ACUERDO:
1. Aprobar definitivamente el proyecto de urbanización de la UE 65-03, en la calle Mare de Déu de la Victòria, en Son Gotleu, consistente en proyecto de gas natural canalizado, redactado por el ingieniero industrial Santiago Bonnín Sánchez, de enero de 2011, con visado COEIB 129373/0001 de 1-02-11 (excepto el plano GA-02) y el plano GA-02, redactado por el ingeniero industrial Santiago Bonnín Sánchez, de 21 de noviembre de 2011, sin visado, visto el trámite de información pública y vistos los informes que se adjuntan como anexo, emitidos por GESA gas el 18-01-12 y el 2-01-13 por el Servicio de Control de Urbanizaciones e Infraestructuras.
El plazo de ejecución es el previsto en el plan de etapas del plan general.
2. Publicar este acuerdo en el BOIB.
3. Notificar este acuerdo íntegro y sus anexos y condiciones al interesado , con un ejemplar del proyecto debidamente diligenciado.”
Cumpliendo el articulo 141.4 del Reglamento de planeamiento, RD 2159/78, de 23 de junio (BOE nº. 221 y 222, de 15 y 16 de septiembre), se publica para general conocimiento y a los efectos pertinentes.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción dada al mismo por la Ley 4/99, de 13 de enero. El plazo para interponerlo es de un mes, a contar desde el día siguiente al de esta publicación, no pudiendo, en este caso, interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo deberá presentarlo en el registro general de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 38, 4º, de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, a contar del día siguiente a su interposición, quedando en este caso expedita la vía contencioso-administrativa.
De no utilizar el recurso potestativo de reposición, cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el artículo anteriormente citado, y a los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, modificada por la Ley orgánica 19/03, de 23 de diciembre, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de esta publicación.
Ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se estime pertinente.
Palma, 04 de febrero de /2013
EL JEFE DE DEPARTAMENTO
p.d. Decreto de Alcaldía nº 10434, de 08 de junio de 2012
publicado en el BOIB 85 de 14-06-2012
Jaume Horrach Font