Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 2150
Departamento de planeamiento y gestión urbanística. Aprobación definitiva modificación proyecto de urbanización del SUP 51-01, Son Ferragut, consistente en proyecto de adecuación del paso a nivel del ferrocarril de Sóller. PD 1995/20.
La Junta de Gobierno de Palma, en sesión de 30/01/2013, aprobó definitivamente la modificación del proyecto de urbanización del SUP 51-01, Son Ferragut, presentada por Don Félix Estelrich Florit, en representación no acreditada de la Junta de Compensación, mediante el siguiente acuerdo:
“La modificación del proyecto de urbanización del SUP 51-01, Son Ferragut, consistente en el proyecto de adecuación del paso a nivel del ferrocarril de Sóller, en el cruce del camí de Son Hugo y la calle Tomás de Villanueva Cortés, redactada por el ingeniero de caminos Gabriel Bestard Socias, de mayo de 2012, aportada por D. Félix Estelrich Florit, en representación no acreditada de la Junta de Compensación del SUP 51-01, Son Ferragut, fue aprobada inicialmente por la Junta de Gobierno el 21-11-12 y sometida a información pública de veinte días en el BOIB 182 de 6-12-12, edicto 23245, en el diario El Mundo-El Día de Baleares de día 3-12-12 y en el tablón de anuncios municipal. En este plazo, que acabó el 3-01-13, no consta que se presentaran alegaciones.
Se han emitido: informe del 15-06-2012 del Departamento de Movilidad; resolución de 16-08-12 del director general de Transportes de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio del Govern de las Illes Balears y informe de 11-09-12 del Servicio de Control de Urbanizaciones e Infraestructuras, con condiciones para la ejecución de las obras.
Vistos los informes emitidos que conforman el expediente y los artículos 41.27, 172 i 175 del Reglamento de organización, funcionamento y régimen jurídico de los entes locales; el 127.1.d de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local ( modificada por la Ley 57/03, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local ) y el 18 del Reglamento orgánico del gobierno y de la administración del ayuntamiento de Palma, el TAG jefe de sección que suscribe propone que la Junta de Gobierno de Palma adopte el siguiente
ACUERDO:
1. Aprobar definitivamente la modificación del proyecto de urbanización del SUP 51-01, Son Ferragut, consistente en el proyecto de adecuación del paso a nivel del ferrocarril de Sóller, en el cruce del camí de Son Hugo y la calle Tomás de Villanueva Cortés, redactada por el ingeniero de caminos Gabriel Bestard Socias, de mayo de 2012, aportada por D. Félix Estelrich Florit, en representación no acreditada de la Junta de Compensación del SUP 51-01, Son Ferragut, visto el trámite de información pública y vistos el informe del 15-06-2012 del Departamento de Movilidad; la resolución de 16-08-12 del director general de Transportes de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio del Govern de les Illes Balears y el informe de 11-09-12 del Servicio de Control de Urbanizaciones e Infraestructuras, con condiciones para la ejecución de las obras, que se adjuntan como anejo.
El plazo de ejecución es el previsto en el plan de etapas del plan parcial.
2. Publicar este acuerdo en el BOIB.
3. Condicionar el inicio de las obras al cumplimiento del punto 4 del informe de 11-09-12.
4. Advertir que el incumplimiento de cualquiera de estas condiciones facultará al Ayuntamiento para subrogarse en la ejecución o expropiar los terrenos, en los términos del artículo 13.3 de la Ley 10/90, de 23 de octubre, de disciplina urbanística de las Illes Balears.
5. Notificar este acuerdo íntegro y sus anejos y condiciones al interesado, con un ejemplar del proyecto debidamente diligenciado.”.
Cumpliendo el articulo 141.4 del Reglamento de planeamiento, RD 2159/78, de 23 de junio (BOE nº. 221 y 222, de 15 y 16 de septiembre), se publica para general conocimiento y a los efectos pertinentes.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción dada al mismo por la Ley 4/99, de 13 de enero. El plazo para interponerlo es de un mes, a contar desde el día siguiente al de esta publicación, no pudiendo, en este caso, interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo deberá presentarlo en el registro general de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 38, 4º, de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, a contar del día siguiente a su interposición, quedando en este caso expedita la vía contencioso-administrativa.
De no utilizar el recurso potestativo de reposición, cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el artículo anteriormente citado, y a los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, modificada por la Ley orgánica 19/03, de 23 de diciembre, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de esta publicación. Ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se estime pertinente.
Palma, 04 de febrero de 2013
EL JEFE DE DEPARTAMENTO
p.d. Decreto de Alcaldía nº 10434, de 08 de junio de 2012
publicado en el BOIB 85 de 14-06-2012
Jaume Horrach Font